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Tribuna:Las elecciones y la reforma Suárez / 7
Tribuna
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Otras modalidades de la representación proporcional

Además de las modalidades de la RP expuestas en torno a los problemas básicos de cómo repartir los escaños entre las distintas listas concurrentes y de cómo distribuirlos en el interior de cada lista, existen otras dos que ofrecen ciertas peculiaridades de interés: la integral y el voto único transferible.La RP integral

Dada la esencia de la RP, parece evidente que cuanto mayor sea el número de escaños a cubrir en cada circunscripción, mayor y más exacta será la proporcionalidad. Así, mientras la proporcionalidad alcanzable en la atribución de dos actas de diputado es escasamente apreciable, la máxima posible se obtiene si se considera a todo el país como circunscripción única. Se aplica entonces el método del cociente nacional, más arriba examinado, dividiendo el total de los sufragios expresados por el total de escaños a proveer. Las listas son también listas nacionales y conseguirán tantos diputados como veces esté contenido el cociente nacional en el número de votos logrado por cada lista nacional. Para la distribución de los restos se aplica la fórmula del mayor resto. La representación proporcional integral rige hoy en Israel y en Holanda.

El recurso al Colegio electoral único se utiliza también en otros países para la distribución de restos. Es decir, en lugar de repartirse en cada circunscripción los restos no aprovechados de cada partido, se transmiten a un centro único. En él se suman todos los restos obtenidos en todo el país por el partido A, todos los obtenidos por el partido B, todos los obtenidos por el partido C, etc. Se acude entonces a la fórmula del número uniforme, previamente fijado por la ley, y se atribuyen a cada partido tantos diputados como veces esté comprendido dicho número uniforme en la cifra que arroje la suma de todos sus restos. Para la distribución de estos restos los partidos presentan, junto a las listas de cada circunscripción, listas nacionales. Este procedimiento, con alguna variante, fue puesto en práctica en, Alemania durante la República de Weimar y se denominó sistema automático de Baden, lugar de su origen desde donde se extendió por toda Alemania. Para la distribución de restos, se aplica en Italia.

El voto único transferible

Es un tipo de representación proporcional que excluye el escrutinio de lista. Fue ideado casi simultáneamente por un político danés, C. C. G. Andrae, y un abogado londinense, Thomas Hare. De ahí que frecuentemente se le designe como sistema de Andrae-Hare. Sus presupuestos básicos son los siguientes: en circunscripciones pluripersonales, en las que, por tanto, han de elegirse varios diputados, cada elector tiene un solo voto y puede votar, consecuentemente, por un único candidato, pero se le pide que en la papeleta indique un orden de preferencia con respecto a los otros candidatos. Desde esta perspectiva, el voto único transferible se asemeja al voto alternativo o preferencial, del que como modalidad del sistema mayoritario nos ocupamos más arriba. Su mecánica, sin embargo, es distinta.

Se comienza, como en todo RP, por obtener el cociente electoral dividiendo el número de sufragios expresados por el número de escaños a cubrir, aumentando de una unidad y sumando una nueva unidad al resultado (cuota de Droop).

Supongamos, siguiendo el ejemplo de Cotteret y Emeri, una circunscripción en que deban elegirse tres diputados, se presentan cuatro candidatos y se emiten 100 votos. El cociente electoral será, en este caso, 16.

Los candidatos obtienen los votos siguientes:

Areilza, con sus 33 votos, resulta elegido. Le sobran, sin embargo, 7 votos, cantidad que sobrepasa el cociente electoral. Se toman, entonces, las 33 papeletas en que Areilza aparece en primer lugar, es decir, como primera preferencia, y las segundas preferencias que en ellas figuran son transferidas a los otros tres candidatos. Satrústegui aparece 20 veces como segunda preferencia; Tierno, 7 veces, y Fraga, 6 veces. En vez de sumar tales votos o segundas preferencias a los que ya tenían estos candidatos, se establece matemáticamente una proporción para repartir los 7 votos excedentarios de Areilza basada en la proporción de las segundas preferencias obtenidas. Tal proporción determina la atribución de los siguientes votos:

Satrústegui 24+4=28

Tierno Galván 23+2=25

Fraga 20+1=21

(7 votos excedentarios de Areilza)

Satrústegui, que ahora supera el cociente electoral, queda elegido.

Queda aún un puesto por cubrir. Como ninguno de los dos candidatos restantes ha alcanzado el cociente electoral, se procede a eliminar al candidato que menos votos haya obtenido, es decir, Fraga, y a extraer de sus papeletas las segundas preferencias que en ellas consten y esta vez se suman a los votos con que ya cuentan los otros candidatos; en nuestro caso, solamente a Tierno Galván, único que queda después de la eliminación de Fraga. Basta con que Tierno aparezca dos veces como segunda preferencia para resultar elegido, ya que tendría 27 votos, superando así el cociente electoral.

De haber sido el ejemplo más complicado y mayor el número de candidatos a elegir, habría que haber hecho más recuentos y «transferencias». Para realizar éstas, pueden seguirse indistintamente dos métodos: o bien distribuir proporcionalmente entre los candidatos aún no elegidos los votos que sobren a los candidatos que vayan resultando electos o bien ir eliminando, sucesivamente, a los candidatos que tengan menor número de votos y proceder a repartir las segundas y ulteriores preferencias.

Los defensores de la RP alegan en su favor los siguientes argumentos: 1º Es un sistema electoral justo, pues da a cada uno lo que le corresponde y es plenamente conforme al principio democrático, al permitir una representación que refleja debidamente los diversos sectores de opinión existentes. 2º Eleva el tono y la altura de la contienda electoral, pues hace que se vote por las ideas que cada partido abandera en lugar de por las personas de los candidatos. Es un «escrutinio de ideas» y no un «escrutinio de hombres», por lo que la elección escapa a las mezquindades y menudencias de una lucha localista y proporciona al elegido el carácter de auténtico representante de la nación. 3º Finalmente, es un sistema electoral honesto en el doble sentido de que por una parte las posibilidades de fraude, dada la amplitud de las circunscripciones y su propia mecánica, son escasas; y, por otro lado, excluye los compromisos más o menos vergonzantes y permite, por tanto, a los elegidos mantener los principios que han defendido durante su campaña (cfr. Pérez Serrano, Tratado de Derecho Político, pág. 362. y Cotteret. op. cit., pág. 71).

Los inconvenientes de la RP que sus detractores destacan pueden sintetizarse de la siguiente manera: 1º Fomenta el alejamiento de los electores de la política. rompiendo los lazos entre electores y elegidos como consecuencia del control que ejercen los partidos sobre el proceso electoral, especialmente en la selección de los candidatos y en la confección de las listas, tareas llevadas a cabo, al margen de los ciudadanos, por la alta burocracia del partido atendiendo frecuentemente a criterios de puro favoritismo. 2º Pulveriza la voluntad del electorado al propiciar la aparición de multitud de partidos, favoreciendo o agudizando al mismo tiempo el carácter conflictual de las sociedades políticas. 3º Dificulta el establecimiento de gobiernos estables cuya formación es tanto más difícil cuanto que el Parlamento aparece fraccionado por la existencia de muchos partidos con intereses y objetivos heterogéneos (cfr. Loewenstein, Teoría de la Constitución, Barcelona, 1964, pág. 341).

En todos estos argumentos hay una parte de verdad. Pero debe tenerse en cuenta que el principal de sus inconvenientes -la disgregación de partidos- es frecuentemente anterior a la instauración de la RP y surge igualmente en países que aplican otros sistemas electorales. Por otra parte, no puede estimarse como argumento general válido el de la inestabilidad gubernamental que origina. Hay muchos países, fieles a la RP y con gobiernos estables, tanto más estables, al margen de las meras crisis ministeriales, cuanto que la RP impide, por su propia naturaleza, los cambios bruscos en la renovación de los Parlamentos y de los Gobiernos y en ocasiones favorece la creación de alianzas o coaliciones durables. Asociar cambios ministeriales frecuentes con inestabilidad gubernamental no siempre es correcto cuando son los mismos partidos los que gobiernan. Pero incluso en países como Holanda, Noruega, Suecia o Suiza. la RP no ha provocado inestabilidad gubernamental alguna, sino más bien todo lo contrario.

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