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El PSOE propone un régimen provisional para Euskadi

Tres miembros del PSOE, de Euskadi, Txiki Benegas, secretario general del partido, Juan Iglesias, presidente, y José Antonio Maturana, secretario político, se reunieron ayer tarde con el actual presidente del Gobierno Vasco en el exilio, Jesús María Leizaola, en la sede del citado Gobierno en Bayona.

En el transcurso de la reunión los representantes del PSOE de Euskadi hicieron entrega a Leizaola del borrador de un proyecto de régimen transitorio para Euskadi. El proyecto, que consta de diez artículos, transfiere a órganos representativos propios, determinadas facultades de autogobierno, al tiempo que sientan las bases para la elaboración y aprobación definitiva del Estatuto de Autonomía para Euskadi. Como organismos representativos se crea la Diputación General Provisional del País Vasco y las cuatro diputaciones forales provinciales de Alava, Guipúzcoa, Navarra y Vizcaya. Las diputaciones provinciales se compondrán de consejo y pleno. El consejo, integrado por los diputados y senadores provinciales elegidos en las pasadas elecciones elaborará y propondrá al pleno para su aprobación las normas internas de funcionamiento de cada diputación provincial. El pleno quedará constituido por el consejo más un número de personas equivalente al doble del mismo, que serán designados por las formaciones políticas concurrentes, a las pasadas elecciones y según el resultado de las mismas. Asimismo, las diputaciones provinciales se constituirán en el plazo de diez días contados a partir de la fecha de entrada en vigor del decreto sustituyendo a todos los efectos y competencias a las actuales diputaciones.Por su parte, la Diputación General Provisional del País Vasco, que se constituirá en el plazo de veinte días, asimismo a partir de la fecha de entrada en vigor del decreto, estará compuesta por los consejos de las diputaciones provinciales correspondiendo a la misma el establecimiento de sus normas internas de funcionamiento, la designación de los órganos ejecutivos y la creación de servicios para el ejercicio de sus funciones.

Dichas funciones son las siguientes: a) Elaboración del estatuto de autonomía de Euskadi. b) Facultad de resolver mediante decreto aquellas cuestiones que afecten exclusivamente al País Vasco. c) Intervenir, siempre que lo consideren necesario, en las cuestiones relacionadas en el orden público. d) Ser consultadas por el Gobierno, las delegaciones provinciales y demás dependencias ministeriales en el País Vasco, en todas aquellas cuestiones que afecten especialmente a este último y emitir dictamen sobre las mismas. e) Ejercer funciones de control e inspección sobre los órganos de la Administración local. f) Establecer, conjuntamente con el Gobierno, los órganos Mixtos necesarios para la resolución de aquellas cuestiones no contempladas en el decreto-ley. g) Recabar de las diputaciones provinciales y del Gobierno los medios personales y materiales necesarios para el funcionamiento de la Diputación General Provisional del País Vasco.

Como decreto-ley, los artículos entrarán en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado quedando derogadas con la entrada en vigor del estatuto de autonomía para Euskadi.

A la salida de la reunión, la impresión era de optimismo entre los miembros del PSOE, al tiempo que Leizaola se mostraba más lacónico: «Una sesión de trabajo siempre es positiva». El mismo Leizaola, ante la pregunta de cuándo volverá a Euskadi-sur, contestó: «Si se trata de dar una fecha exacta, hoy por hoy es imposible, si se trata de hacer predicciones puede decirse que no tardaré mucho en volver a Euskadi-sur; seguramente no más de tres meses.»

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