Señores senadores / 1
Acaban de empezar ustedes a discutir el proyecto de ley de Cultura Física y Deportes. Permítanme que sobre ello les haga, como libre ciudadano español, algunas consideraciones.El proyecto inicial, tras las serias modificaciones de las enmiendas de la Comisión y del Pleno del Congreso, no es fácilmente reconocible. Sin embargo, como suele suceder cuando no se aceptan enmiendas a la totalidad, los defectos fundamentales del proyecto subsisten. El principal de todos es su concepción global; la falta de adaptación en su concepción del deporte -y más en concreto, la educación física- a la sociedad de hoy. Pero como este tipo de consideraciones a nivel conceptual, filosóficas si se quiere, son muy difíciles de probar, y en todo caso exigen largos y lógicos argumentos, dejémoslas hoy de lado. Vayamos a otro grano: el detalle concreto (no porque éste sea más importante que el anterior, sino simplemente porque es más alcanzable en una breve consideración como la que pretendo). Me voy a ceñir, sobre todo, a algunos temas referentes a la educación física.
Esta no es tratada, desde luego, con la seriedad y concreción que un tema tan trascendental requería en una ley que se titula de «Cultura Física y Deportes». Solamente se le dedica un artículo, en el que se emiten enunciaciones generales a cerca de la obligatoriedad de la educación física en los distintos niveles escolares y acerca de las competencias ministeriales. No son respaldadas estas enunciaciones, ni en este artículo ni en otros del proyecto, por ningún tipo de organización docente. No hay cosa más cómoda que proclamar simples principios sin dar soluciones para que pueda hacerse viable su cumplimiento. En la disposición transitoria tercera, cuando se debería concretar de forma clara los sistemas de adecuación a la nueva ley de las muchas situaciones irregulares y conflictivas vigentes en la práctica de la educación física española, se alude (¡elude!) sólo a la futura regulación de tales situaciones por parte de los ministerios implicados. De nuevo, balones fuera. Es inconcebible que tema de tanta urgencia clarificadora como es la educación física en España se trate con tanta superficialidad e inhibición. La referencia que en el anteriormente citado artículo 6.º se hace al profesorado de educación física constituye una simple alusión a las dos leyes anteriores de Educación Física ( 1961) y General de Educación y Financiación de la reforma educativa (1970); supone, incluso, un retroceso con respecto a ellas por la menor claridad de sus conceptos. Hay una simple novedad, el párrafo segundo del citado artículo 6.º, que dice textualmente: «Las enseñanzas que se imparten en los institutos nacionales de educación física, en cuanto centros de enseñanza superior para la formación, especialización y perfeccionamiento de profesores de educación física, tendrán el nivel que corresponde al primero y al segundo ciclo de la educación universitaria.»
A una visión superficial del tema, a una consideración desde fuera, con el desconocimiento de lo que significa la educación física, no ya en el contexto de la educación general, sino como uno de los modos básicos de educar a la persona, a una consideración ignorante de la evolución estructural y académica de la educación física en el mundo, esta valoración de los centros de profesorado de la educación física puede parecer digna. Constituye, sin embargo, verdadera miseria. Ni siquiera supone continuación del ritmo de progreso que jalones legislativos anteriores (las dos citadas leyes) habían ya iniciado. Tras la elevación por la ley general de Educación del Instituto Nacional de Educación Física -hoy institutos nacionales- al «rango de Instituto Universitario», no quedaba ya otro paso -en realidad, simple eliminación de la pega técnica que suponía el carácter de especialización e investigación posgraduada de los institutos universitarios- que la introducción concreta, sencilla, castellana, de la «licenciatura» en los estudios de Educación Física. El segundo ciclo universitario supone una equivalencia a ella; pero de atormentadas equivalencias está llena la legislación educativa, sin otros resultados que conflictos gremiales. En España, el profesor de Educación Física, subestimado a nivel pedagógico por muy dispares razones de ignorancia social, no tiene otro camino real de recuperación de prestigio que una sólida y exigente formación profesional -y eso ya existe desde su creación en los INEF- y, sobre todo, un reconocimiento del status social, solamente alcanzable mediante la licenciatura.
No es de este lugar, por la necesaria brevedad a que obliga el respeto a los lectores, entrar en argumentos intrínsecos acerca del profundo contenido educativo de la llamada educación física, la cual, en muchas de sus últimas evoluciones. por ejemplo en la línea de la motricidad, de la expresión dinámica, etcétera, ha sido descubierta como gran hallazgo y tomada por otros profesionales sin coherente formación para impartirla. El tradicionalmente llamado «profesor de Educación Física» es la persona que, en los actuales institutos que imparten su formación, se prepara para esta trascendental conducta educativa, que probablemente está llamada a jugar, en un próximo futuro, un papel básico en la evolución de los sistemas educativos en general. Omito, insisto, docenas de argumentos por respeto a la brevedad; pero ruego a ustedes, señores senadores, que es a quienes corresponde la última reflexión legislativa, que, si dudan, investiguen con esfuerzo antes de opinar y votar.
Pero hay otros argumentos extrínsecos, simplemente comparativos, pero contundentes, vergonzosos para nuestras pretensiones de modernidad educativa. No sé qué prejuicios han podido inducir a los redactores del proyecto, y después a sus consultores y decisores, para escatimar a los responsables pedagógicos de la llamada Educación Física el acceso directo a la licenciatura. Racionalizaciones solemnes las ha habido abundantes, pero debajo de ellas no se comprende sino una falta de creatividad, de imaginación, un encerramiento en viejos estereotipos académicos o secretas resistencias psicológicas.
Perdónenme que reitere, puesto que ya lo he hecho en recientes ocasiones, el recuerdo de países donde ya hay licenciados y doctores en educación física, en algunos desde comienzos de siglo. No sólo en las grandes áreas culturales del este europeo y asiático, donde estos estudios, sin excepción se imparten en facultades de educación física o institutos superiores o academias de educación física con varias facultades dependientes de ellas. Tampoco voy a detenerme en otra gran área cultural, como es Norteamérica (Canadá y Estados Unidos). Solamente en esta última nación hay noventa universidades en las que, mediante los estudios de educación física, se accede al doctorado. Dejando otros muchos ejemplos, enunciaré simplemente algunos países muy cercanos, por nivel cultural o por afinidad, en los que los estudios de educación física se culminan con el doctorado o, al menos, con la licenciatura: recordamos, entre otros, a México, Chile, Cuba, Venezuela, Colombia. Portugal, Alemania Federal, Suiza, Bélgica, Holanda, Luxemburgo, Túnez, Argelia, etcétera. Y no es la lista en sí lo más significativo, sino la tendencia general de acceso a estos estudios en los más variados países, tendencia ya prácticamente universal; últimamente se están incorporando al nivel universitario de la educación física países del Africa negra.
Es sabido en el ámbito de la educación física que a los redactores del proyecto de ley y a algunos consultores influyó mucho el caso de Francia, país no sólo del Mercado Común, al que aspira España, sino un poco mirador y modelo en muchos aspectos sociales y político-educativos para España. ¿Cómo están en Francia? Era la pregunta preferente. Allí están los CREPS (Centros Regionales de Educación Física y Deportes), está el ENSEP (Escuela Normal Superior de Educación Física) y, por otra parte, el INS (Instituto Nacional del Deporte), con otros cometidos de mero perfeccionamiento técnico-deportivo. ¿Hay facultades de educación física? Se respondía: no. En efecto, no había facultades. Pero en la fusión del ENSEP y el INS (unión que hizo felices a los responsables franceses mientras que nuestro actual proyecto de ley marcha en dirección contraria hacia la disgregación entre la formación técnico-deportiva y la educación física, síntesis aquí conseguida desde la creación de los INEF, es decir, se camina al revés que en los demás países, en dirección contraria a la historia) se establecía hace cinco años una posibilidad de acceso directo al doctorado en filosofía, con mención «educación física», mediante estudios e investigaciones específicas de educación física. Pero todos estos avances más o menos sutiles no fueron tenidos en cuenta por los redactores del proyecto. Sencillamente, en Francia no hay facultades de educación física. Era argumento contundente.
Pero resulta que hace tres años, en Francia, con su rigidez centralista, con su napoleonismo universitario, con su bunkerismo académico, tiene lugar una profunda reforma educacional que va desde la enseñanza preescolar hasta la universidad. A nivel universitario, que es el que aquí nos atañe, en las academias regionales -no hace al caso recordar su significación estructural y organizativa- desaparecen todas las facultades universitarias y se estructuran todos los estudios en «unidades» más o menos equivalentes a las clásicas facultades, pero con distinta organización,académica, llamadas UER (Unidades de Enseñanza e Investigación). Así pasan a constituirse en tales unidades UER las clásicas facultades de Derecho, Filosofía, Ciencias, Económicas, Políticas, etcétera. Sólo siguen denominándose facultades, por razones mayormente nostálgicas, algunas de Medicina. Pues bien, en diecinueve de las veintiséis academias regionales que existen en Francia, se han creado UER (es decir, Unidades de Enseñanza e Investigación) de educación física, en las que, mediante cuatro años de estudios, se obtiene la licenciatura en educación física. Es decir, la reforma educativa francesa ha producido diecinueve instituciones universitarias (antiguas facultades) de educación física. Aparte de ellas, está el INSEP (Instituto Nacional de Deporte y Educación Física), con licenciatura (cuatro años) y doctorado (dos más y tesis doctoral).
Cómo hayan resuelto los múltiples problemas de profesorado, de organización de nuevos estudios, de incorporación de técnicos deportivos a las cátedras en estos veinte centros netamente universitarios, es ya simple cuestión de capacidad creativa, de imaginación, de realismo y de ausencia de prejuicios. ¿En España somos impotentes para crear tal tipo de instituciones? Y si se acude al ejemplo de la conflictividad que produjo la creación de la facultad de Ciencias de la Información -a la que se alude reiteradamente-, ¿por qué se ignora la evidente realidad académica de máxima exigencia en estudios y reconocido prestigio internacional de los INEF? No se trata aquí de crear una facultad ex nihilo, sino sencillamente de reconocer administrativamente una sólida entidad académica. Esta ignorancia de lo que ya existe es quizá el punto más oscuro y extraño en la conducta de redactores y responsables del presente proyecto de ley.
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