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Un joven acusado de doble asesinato podría quedar en libertad por un olvido judicial

Un joven de La Seu d"Urgell acusado de un doble asesinato podría quedar en libertad en los próximos días al expirar el periodo máximo de dos años de cárcel que prevé la ley en este caso sin que se le haya juzgado ni se haya prorrogado su encarcelamiento. Fuentes judiciales explicaron ayer que, al parecer, la Audiencia de Lleida olvidó prorrogar la situación de prisión preventiva en que se encuentra el acusado y que por ello el tribunal podría verse ahora obligado a decretar la libertad. El joven Albert Duran Carballeira está ingresado en el Centro Penitenciario Ponent de Lleida desde el mes de septiembre de 1996, cuando le detuvieron en Andorra acusado de haber participado en el asesinato de dos argelinos en un hotel de La Seu. Duran siempre ha negado la autoría del crimen, aunque reconoció que la noche de los hechos estuvo con las víctimas. El fiscal ya ha formulado escrito de acusación contra él y solicita penas que suman 45 años de cárcel. La semana pasada su abogado pidió a la Audiencia de Lleida que fuese puesto en libertad. Por su parte, la fiscalía ha enviado un informe en el que se opone a la excarcelación del joven ya que, según este escrito, el retraso en las actuaciones ha sido ajeno a la Administración de justicia. El fiscal alega que el caso quedó paralizado temporalmente porque el Gobierno andorrano anunció que no permitiría que los policías que detuvieron a Duran Carballeira se desplazasen a Lleida cuando se celebrase el juicio del caso y que, por tanto, este periodo no debía contabilizarse en la prisión preventiva. El Código Penal prevé diferentes plazos para la prisión preventiva y la posibilidad de prorrogarla en función de la pena en abstracto que pueda imponerse por el delito imputado. En el caso de Duran Carballeira el plazo es de dos años, pero el tribunal que le ha de juzgar puede prorrogarlo por igual periodo después de realizar una breve vista y escuchar al acusado. Ése es el trámite que, según fuentes judiciales, ha obviado la Audiencia de Lleida, y en el que se fundamenta la petición de la defensa. Las mismas fuentes explicaron que la tesis del fiscal tiene pocas probabilidades de prosperar, porque ese plazo máximo de prisión preventiva sólo se interrumpe por dilaciones motivadas por el acusado, y no por las ajenas a él.

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