El Constitucional abre el debate que puede cambiar la correlación de fuerzas en el tribunal
El pleno examina el martes la abstención de la presidenta para juzgar la prórroga de su mandato
El Pleno del Tribunal Constitucional decide mañana si acepta las abstenciones de la presidenta María Emilia Casas y el vicepresidente Guillermo Jiménez para no tener que pronunciarse sobre el recurso de inconstitucionalidad del PP contra la reforma de la ley del Tribunal. Casas y Jiménez optaron por abstenerse, ya que el recurso del PP impugna la prórroga de sus respectivos mandatos hasta su renovación. Si Casas y Jiménez quedan apartados, el mismo Pleno, presidido por el conservador Vicente Conde, juzgará un recurso del PP que puede cambiar la actual correlación de fuerzas en el Tribunal.
La presidenta María Emilia Casas y el vicepresidente Guillermo Jiménez esperarán fuera del Pleno la decisión sobre sus respectivas abstenciones, que serán examinadas por los 10 magistrados restantes presididos por el de más edad entre los más antiguos: el conservador Vicente Conde Martín de Hijas. Si, como parece previsible, se aceptan ambas abstenciones, ese mismo Pleno de 10 magistrados y presidido por Conde, examinará a continuación la admisión a trámite del recurso del PP contra la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC). En su caso más adelante vería el fondo de la cuestión: la prórroga del mandato de Casas, que podría depender del voto de calidad del conservador Vicente Conde, en caso de empate.
En su recurso de inconstitucionalidad, el PP impugna en primer término el artículo 16.3 de la recién aprobada reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), que dice: "Si el mandato de tres años para el que fueron designados presidente y vicepresidente no coincidiera con la renovación del Tribunal Constitucional, tal mandato quedará prorrogado hasta que finalice el momento en que dicha renovación se produzca y tomen posesión los nuevos magistrados".
Esta norma fue introducida formalmente para resolver la laguna legal de qué hacer cuando el mandato de tres años de un presidente expira antes de que concluyan sus nueve años como magistrado. En los casos de los presidentes Francisco Tomás y Valiente y Álvaro Rodríguez Bereijo los magistrados acordaron prorrogar sus respectivos mandatos. Pero eran otros tiempos y otros magistrados. En la reciente reforma de la LOTC, la prórroga del mandato de la presidenta María Emilia Casas, cuyo mandato terminó en junio, trataba en realidad de blindarla de un previsible ataque de los conservadores para descabalgarla de la presidencia.
A cara de perro
Tras la expulsión del catedrático Pablo Pérez Tremps del Pleno que debe juzgar el Estatuto catalán, las relaciones entre los sectores conservador y progresista discurren a cara de perro con un solo objetivo: conseguir la mayoría y hacerse con el poder. La actual relación de fuerzas es de seis magistrados conservadores y otros seis progresistas. En caso de empate, estos últimos cuentan, en teoría, con el voto de calidad de la presidenta, María Emilia Casas. Pero la diferencia es tan exigua que durante el último año el tribunal parece entregado a resolver un videojuego de estrategia: cómo alterar la mayoría forzando abstenciones, exigiendo recusaciones e incluso tratando de cambiar a la presidenta. Todo vale.
Por eso, la enmienda introducida a última hora en la LOTC trataba de evitar que el sector conservador intentase el asalto a la presidencia para poner a un conservador en el sillón de Casas. Con la llave del Constitucional, los magistrados afines al PP podrían en teoría liquidar en unos meses no sólo el Estatuto catalán, sino también las leyes más trascendentales de la legislatura de Zapatero, contra las que el PP ha interpuesto 21 recursos de inconstitucionalidad.
La alarma se vio justificada el pasado julio, cuando los dos magistrados más belicosos del Tribunal, Roberto García-Calvo y Jorge Rodríguez Zapata, exigieron la dimisión de Casas por entender que la reforma de la LOTC, hacia la que expresaron su más "profunda discrepancia", no ofrecía "cobertura" para prorrogar el mandadato de la presidenta y del vicepresidente.
García Calvo y Rodríguez-Zapata defendieron su escrito ante el Pleno, pero se quedaron solos. Los otros 10 magistrados expresaron su opinión de que dicho escrito no debía ser "tomado en consideración", a fin de "no prejuzgar" un posible recurso de inconstitucionalidad que pudiera llegarles contra la reforma de la LOTC. Por entonces, el PP aún no había recurrido esta reforma de la ley.
Un posible contraataque
Si diez magistrados no tomaron en consideración una carta de Roberto García-Calvo y Jorge Rodríguez-Zapata exigiendo la dimisión de la presidenta Casas para "no prejuzgar" la constitucionalidad de la LOTC y no contaminarse en un debate sobre las discrepancias con la reforma, ¿no quedaron contaminados García-Calvo y Rodríguez-Zapata por las expresiones vertidas en esa carta?
Expertos en Derecho Constitucional entienden que expresar la más "profunda discrepancia" con una ley, entender que la misma "deslegitima" a la presidenta y al vicepresidente; que la "irregularidad" de no haberles renovado al término de su mandato se "acrecienta" por la permanencia de ambos en sus cargos, y que la reforma de la LOTC "no ofrece cobertura para ello", son expresiones que prejuzgan la norma cuestionada y podrían apartar a los dos magistrados del enjuiciamiento de la ley si llegase a apreciarse falta de imparcialidad.
Según esas fuentes, los propios magistrados firmantes de la carta deberían haberse abstenido de formar parte del Pleno que ha de examinar la abstención de María Emilia Casas y Guillermo Jiménez, sobre todo después de haberle exigido la dimisión a la presidenta.
Sin embargo, la abstención de García-Calvo y de Rodríguez Zapata parece haber quedado descartada, al no haberla anunciado con la antelación suficiente. Según las fuentes consultadas, con mayor motivo deberían abstenerse de la admisión a trámite del recurso del PP contra la LOTC y sobre todo, de enjuiciar la constitucionalidad de una reforma sobre la que ya han expresado por escrito su más "profunda discrepancia".
No obstante, otras fuentes apuntan que alguna de las partes del recurso, entre las que señaladamente se encuentra el Gobierno, podría recusar a ambos magistrados en el caso de que estimar que están privados de la imparcialidad necesaria para el ejercicio de sus funciones.
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