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Así puedes fichar en el trabajo desde cualquier lugar

Existen soluciones fáciles de aplicar para que la nueva regulación no se convierta en un dolor de cabeza para los empleados y las pequeñas empresas

Así puedes fichar en el trabajo desde cualquier lugar

Claves para cumplir con el control horario

Fichar o no fichar? El dilema ya ha dejado de existir. Desde el 12 de mayo, todas las empresas (desde las grandes hasta las más pequeñas) están obligadas a registrar la jornada laboral de sus empleados. El objetivo de esta nueva medida es meter en cintura la relación de las horas realizadas por cada colaborador y luchar así contra los abusos, bajos salarios y la precariedad laboral que sufren los trabajadores. El tema es crucial.

En España, casi la mitad de las horas extras que se hacen a la semana no son compensadas de ninguna manera y el 35% de las denuncias recibidas por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social están relacionadas con el tiempo dedicado a la compañía.

Pero cumplir con esta nueva obligación no ha sido una tarea sencilla. Las dudas sobre quién, cómo, cuándo y dónde fichar aún pululan en el aire. Sobre todo hay una gran incertidumbre entre aquellos micronegocios en donde persiste una alta rotación de personal, horarios flexibles y teletrabajo.

Descubre cuánto sabes de la nueva norma

Todos aquellos que aún tengan dudas sobre a quién afecta la nueva normativa pueden ponerse a prueba con las siguientes afirmaciones.   

Las opciones son diversas. En el mercado existen soluciones que permiten llevar un control horario con una simple aplicación en el móvil, en la tableta o el PC, comenta Vicente de Castro, responsable de la oferta de TI para pymes en Telefónica Empresas. “Casi todas ellas se pagan mediante una cuota mensual y se puede empezar a utilizarlas de forma inmediata. Incluso es posible usar un solo dispositivo para varios empleados”, resalta.

Para estos casos, la respuesta siempre está en la tecnología. “Existen herramientas asequibles que aseguran el registro de la jornada diaria, pues cuentan con un sistema de geolocalización y se sabe dónde está ubicada la persona”, dice De Castro, de Telefónica Empresas.

Las sanciones van desde las leves (de 60 a 625 euros) hasta las graves (de 625 a 6.250 euros) y muy graves (de 6.250 a 187.515 euros). El monto de la infracción dependerá de que se produzcan irregularidades tales como la ausencia de un registro de control, no declarar las horas extraordinarias, así como retrasar o no remunerar el tiempo de trabajo extra.

“En un primer balance, que necesariamente es provisional por el poco tiempo transcurrido, podemos decir que la norma se está cumpliendo, pese a que entraña nuevas cargas y costes económicos para las empresas y aún persisten numerosas incertidumbres relacionadas con su cumplimiento”, dicen desde la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (Cepyme).

 

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