Banqueros que roban comida y otros despidos procedentes
Un ‘trader’ millonario pierde su trabajo en la City de Londres por hurtar en la cantina. Altos ejecutivos españoles también han sido castigados por infracciones más o menos nimias
Paras Shah era uno de los traders más importantes —y mejor pagados— de Londres. A sus 31 años, llevaba tres años en Citigroup, donde encabezaba el departamento de deuda soberana para Europa, Oriente Próximo y África. Antes había trabajado siete años en HSBC. Hasta que el mes pasado fue despedido fulminantemente. ¿El motivo? Robar en la cantina de las oficinas que el banco estadounidense tiene en la capital británica, según desveló el Financial Times la semana pasada, que se preguntaba con ironía si un sándwich mandó al paro a una persona que cobraba al año más de un millón de libras (1,2 millones de euros). Y si, en ese caso, sería el más caro de la historia.
Sorprende que un ejecutivo con sueldo desorbitante acabe su carrera por algo tan nimio como repetir postre sin pasar por caja. Pero no es algo excepcional. El diario británico recordaba el caso de un banquero que en 2016 perdió su puesto en la filial londinense del banco japonés Mizuho por robar un accesorio de la bicicleta de un compañero valorado en seis euros. O el de un ejecutivo de BlackRock que tuvo que abandonar toda actividad financiera en el Reino Unido después de desvelarse que cada mañana se colaba en el tren que le llevaba a su trabajo en la City londinense. Olvidarse de comprar el billete cada mañana durante años no solo le hizo perder su empleo. También tuvo que pagar una multa de más de 50.000 euros.
Pero no solo ejecutivos anglosajones caen en la desgracia por delitos aparentemente menores. Abogados laboralistas españoles con largos años de experiencia recuerdan casos similares: desde el alto directivo con sueldazo que engañaba a su empresa presentando tickets de gasolina por duplicado, hasta el que aprovechaba cada día la salida del director financiero para coger 150 euros de la caja.
Los abogados consultados insisten en una idea: el derecho laboral español establece que la pérdida de la confianza es uno de los motivos de rescisión de contrato más contundentes. “La confianza es un elemento fundamental de la relación laboral. Es el despido más drástico, en el que no entran consideraciones como la antigüedad o la trayectoria profesional”, explica Íñigo Sagardoy.
Ignacio Sampere, de BDO Abogados, recuerda un caso reciente de un director general de una multinacional con alta retribución que duplicaba sus gastos de gasolina, aportando como prueba de kilometraje los comprobantes de la compra y de la tarjeta. “El quebranto que esto suponía para la empresa era ridículo en relación con su sueldo. Pero el despido fue declarado procedente porque el engañar a tu empresa es una transgresión de la buena fe contractual. Una compañía funciona siempre y cuando haya confianza. No se puede tener un guardia civil detrás de cada empleado”, explica este especialista en el área legal de la red internacional BDO.
Más grave fue el caso del director de Recursos Humanos de una empresa del País Vasco. Tras detectar un descuadre en caja a lo largo de 2009 y 2010, la empresa decidió colocar una cámara en el despacho del sospechoso. “Así las cosas, se capta en vídeo cómo usted, los días 18, 19, 20 y 21 de enero de 2010 retira sin permiso dinero de la caja, en todas las ocasiones escasos segundos después de que [el director financiero] abandonara la empresa a la hora de la comida. Esos días se constatan faltantes o quebrantos de moneda por valor de 250, 150, 150, 150 euros, respectivamente”, aseguraba la carta con la que se le comunicó el despido.
Porque si la confianza es importante en cualquier trabajador, más aún lo es entre los altos directivos de una empresa. “Se trata de una relación laboral de carácter especial, en la que los empleados tienen una responsabilidad muy amplia, solo por debajo del Consejo de Administración”, explica Román Gil, socio de Sagardoy Abogados.
El abogado Esteban Ceca también ha visto en su larga trayectoria profesional casos tan extremos como el del alto ejecutivo de banca que se quedaba unos días las inversiones de sus clientes para disponer de sus fondos o el de una empleada de supermercado que se llevó a casa una barra de labios caducada. El banquero y la dependienta —pese al muy distinto calibre de sus faltas— sufrieron un mismo castigo: el paro. “La jurisprudencia sigue siendo exacta desde hace 80 años. No se mira la cuantía de lo defraudado, sino la transgresión de la buena fe”, concluye Ceca.
El dilema de la panceta y los saladitos
El abogado Íñigo Sagardoy recuerda una sentencia que en los años ochenta consideró procedente el despido de un conductor de autobús que había permitido que un familiar se subiera sin pagar. “Se trata de una doctrina consolidada que engloba la pérdida de confianza. El Tribunal Supremo entendió entonces que se había transgredido la buena fe. El problema es que la buena fe es muy difícil de graduar”, asegura.
Algo parecido estimó en 2014 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que dictaminó como procedente el despido de una dependienta que se iba a casa con un paquete con 685 gramos de panceta. El tribunal lo consideró una infracción muy grave en la que se transgredió la buena fe contractual.
“No se valora el cuánto. Da igual que sea un euro o un millón”, asegura Ignacio Sampere, que explica que en este tipo de despidos es indiferente un hurto millonario o de una escasa cuantía: basta con que se pueda demostrar que la confianza de la empresa hacia el trabajador haya quedado gravemente dañada para que el despido sea procedente.
Pero esta norma tiene límites. Mercadona despidió en 2016 a dos trabajadoras de un supermercado por comerse un tentempié. “Un saladito que se iba a tirar”, según dijeron ellas. Tras cinco días de protesta frente al establecimiento de Jerez de la Frontera, llegaron a un acuerdo con la empresa para considerar el despido como improcedente.
“Los tribunales pueden considerar más grave que un trabajador coja unos folios de su oficina a que esté varios días sin acudir a su trabajo sin justificación. Es una doctrina discutible, pero es muy difícil trazar la raya de qué se considera transgresión de la confianza”, concluye Román Gil.
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