La Fiscalía se querella contra Otegi por gritar "viva ETA" durante un mitin en Francia
El portavoz de Batasuna concluyó con ese grito un acto en la localidad francesa de San Juan de Luz
La Fiscalía del Tribunal Supremo ha presentado una querella contra el portavoz de Batasuna, Arnaldo Otegi, por las palabras que pronunció en un acto en la localidad francesa de San Juan de Luz y que concluyó con la frase "viva ETA".
El fiscal dirige la querella al Supremo, al ser el tribunal competente ya que Otegi es miembro del Parlamento Vasco, y recuerda que la jurisdicción española puede conocer los hechos cometidos por españoles fuera del territorio nacional en delitos como el terrorismo.
La querella relata que el 31 de marzo de 2002 se celebró una manifestación organizada por Batasuna, entre las localidades francesas de Cibourne y San Juan de Luz, en la que participó el portavoz de esta formación, junto al coordinador de la Mesa Nacional Joseba Permach y el eurodiputado Koldo Gorostiaga, entre otros.
Explica que la marcha estaba encabezada por una pancarta con el lema "Herri bat gira" ("Somos un pueblo"), que llevaban los mencionados y el portavoz francés Xabi Larralde, mientras que los participantes portaban ikurriñas y fotos de presos de ETA.
Durante el mitin que se celebró en San Juan de Luz, Otegi defendió que la mayoría de la población del País Vasco está a favor de la autodeterminación y "anunció propuestas para el mes de abril, las que podían suponer medidas represivas contra la organización, como la prohibición y la cárcel".
El escrito de la Fiscalía añade que Otegi concluyó su intervención con la frase "Gora Euskadi Ta Askatasuna" ("Viva ETA") y que, a continuación, dos encapuchados lanzaron desde la parte alta del frontón, donde se celebrara el acto, cientos de papeles, en euskera, con el logotipo de ETA, y con el contenido de un comunicado en el que la banda anunciaba que seguirá matando.
El fiscal asegura que Otegi pudo cometer un delito recogido en el artículo 578, que señala que el enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de delitos de terrorismo o de quienes hayan participado en su ejecución o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares, se castigará con la pena de prisión de 1 a 2 años.
Además, este artículo establece que el juez puede acordar en la sentencia medidas como la prohibición de volver al lugar donde se comete el delito.
En la querella, el fiscal pide al juez del Supremo que se encargue de instruirla, que dirija el procedimiento contra Otegi por este delito de terrorismo y acuerde su libertad provisional, aunque con la obligación de comparecer siempre que fuera llamado o los días 1 o 15 de cada mes.
Concluye que, en el caso de que se tramite como sumario, se dicte auto de procesamiento contra el portavoz de Batasuna.
Un "claro delito de apología del terrorismo"
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