El fiscal jefe de Tráfico: “Actuaremos contra los causantes de los puntos negros de las carreteras con el Código Penal”

Bartolomé Vargas anuncia que se analizarán si la siniestralidad de ciertos tramos se debe al azar o a fallos en la construcción

Bartolomé Vargas, fiscal jefe de seguridad vial.PACO PUENTES (EL PAÍS)

Bartolomé Vargas (Córdoba, 71 años) es desde 2007 el jefe de los 80 fiscales especializados en seguridad vial que hay en España. La semana pasada sorprendió con un llamamiento para que la gente que pueda hacerlo sin infringir la norma tome la matrícula y, si es posible, grabe “las locuras” de los conductores temerarios y las aporten a las fue...

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Bartolomé Vargas (Córdoba, 71 años) es desde 2007 el jefe de los 80 fiscales especializados en seguridad vial que hay en España. La semana pasada sorprendió con un llamamiento para que la gente que pueda hacerlo sin infringir la norma tome la matrícula y, si es posible, grabe “las locuras” de los conductores temerarios y las aporten a las fuerzas de seguridad. “Son delincuentes al volante y hay que quitarlos de la carretera”, enfatiza.

Pasado el verano, Vargas anunciará una medida de calado. Se van a investigar los puntos negros en los que más accidentes se produzcan y determinar si la siniestralidad se debe al azar o a un fallo en la construcción de la carretera. En este caso, cabe indagar desde los ingenieros hasta los responsables de la constructora, e incluso a la Administración. Asegura que lo permite el artículo 385.2 del Código Penal, que castiga con penas de prisión y multa a quienes incumplen la obligación legal de conservar las carreteras y garantizar y restablecer la seguridad de la circulación.

Pregunta. Ha pedido la colaboración ciudadana frente al incremento de conductores temerarios. ¿Tan grave es la situación?

Respuesta. Nos preocupa su aumento. Esto, unido a los 90 millones de desplazamientos que se prevén estos meses, nos sitúa ante un verano que puede ser trágico. Y de ahí que hayamos adoptado una serie de medidas; entre ellas, un llamamiento directo a la ciudadanía, a conductores y demás ocupantes, para que colaboren. El tráfico debe unirnos ante los peligros que generen los desaprensivos.

P. Pero si se percata el conductor infractor puede generar tensiones en la carretera

R. Eso debe hacerlo el copiloto o los otros ocupantes, con discreción. El conductor no debe hacer nada. Es el copiloto, que tiene una función de ayuda al conductor, el que debe coger el móvil y grabar la infracción. Los copilotos deben estar atentos a la conducción y en cuanto vean una situación de riesgo, comunicarlo a las policías de tráfico. Es un acto altruista. No se trata de chivarse, los conductores deben estar unidos en el respeto a las normas. Es una especie de unión entre conductores para autoprotegerse y que no nos pase nada a nadie. Es solidaridad.

P. ¿Por qué se ha producido ese incremento de conductores temerarios?

R. Es difícil de evaluar. Detectamos estas conducciones, adelantamientos indebidos, velocidades de más de 200 kilómetros por hora…, incluso antes de la pandemia. Y siguen en aumento. Son conductores irresponsables. No es tan simple hacer un diagnóstico. Puede ser una especie de liberación mal entendida, porque es un camino hacia la muerte, la propia y la de los acompañantes. En el primer trimestre de 2020 ya notamos una progresión en la curva de siniestralidad, conductores que combinan exceso de velocidad, alcohol, drogas, desconsideración y actos de exhibición como si la carretera fuera de ellos.

P. Ha pedido usted más controles de velocidad, alcohol y drogas (ralentizados durante la pandemia) y que los infractores acaben en el juzgado y no solo con una sanción económica y pérdida de seis puntos en la vía administrativa.

R. Esos controles salvan vidas. Siempre ha habido más sanciones administrativas que penales. Pero por vez primera, en 2020, durante la pandemia, ha habido más sanciones penales que administrativas.

P. En el oficio que acaba de enviar a todos los agentes se dice que solo un 0,38% de las sanciones por droga acaban ante el juez. ¿Por qué es tan bajo el porcentaje?

R. Por conducir bajo los efectos de drogas es muy escasa la derivación penal, es decir, se levantan muy pocos atestados con destino al juez. Hay 38.000 condenas en 2020 por alcohol; en cambio por drogas muy pocas. Se cuentan con los dedos de una mano: solo 30 o 40.

P. ¿Por qué?

R. No se levantan atestados. En alcohol hay una tasa objetiva a partir de la cual hay sanción. Si se pasa de 0,60 miligramos por litro de aire espirado alcohol en sangre es delito, y por debajo de 0,60 también puede haber delitos si hay signos de afectación de la bebida en la conducción. En las drogas, en cambio, no hay una tasa objetivada que diga: a partir de una cuantía, es delito. Las mediciones sobre cantidad de droga tomada por un conductor no son tan fiables, por eso hay que probar y analizar los signos de influencia del tóxico en el organismo.

P. ¿Cómo se hace?

R. Pues con analíticas de laboratorio. Hay que ir a los signos que presenta el conductor. Mandé un oficio a las policías el 18 de julio 2019 indicando en qué casos había que levantar atestados de índole penal. La pupilometría [estudio de los factores que afectan a la respuesta de las pupilas], por ejemplo, es un dato que expresa con cierta certeza la influencia de la droga en el organismo. Pero el contenido de ese oficio no se ha aplicado en toda su dimensión.

P. ¿Ha pedido usted a los agentes que graben esos signos?

R. Sí, pueden grabar en el tema de drogas; en alcohol no es necesario, basta con el resultado del test. Pero es cierto que en ese aspecto hay mucha impunidad. La vía administrativa se traduce en pérdida de puntos, multas, pero no hay pena. Lo que vamos a hacer es establecer una mayor coordinación con los agentes de tráfico para que haya más persecución penal.

Estado de las carreteras

P. Pese al descenso de la movilidad durante la pandemia, se han registrado muchas muertes. ¿Puede tener influencia en esto el estado de las carreteras?

R. Tenemos pendiente un dictamen para los fiscales delegados de Tráfico y un oficio para las policías sobre la aplicación de un artículo del Código Penal que apenas nunca se ha aplicado, el 385.2, relativo a quienes crean graves riesgos a la circulación por no restablecer la seguridad de la vía. Hablamos de esos segmentos de la carretera que están en condiciones irregulares y en los que se reiteran accidentes graves. No obstante, es un delito muy complejo de investigar para individualizar la responsabilidad.

P. Es decir, que si hay un punto negro y no se hace nada, la Fiscalía actuará penalmente. ¿Pero contra quién?

R. La dificultad está en dar con la persona responsable. Es un delito de complejidad jurídica y probatoria. Hay que dar con el responsable de la construcción o conservación de esa vía.

P. ¿Se refiere a los ingenieros que trazan la carretera?

R. No solo los ingenieros, detrás de ellos están las empresas, los directivos. Hay distintos escalones de responsabilidad. Podemos actuar penalmente, pero hay que individualizar la responsabilidad y luego ver la exigibilidad penal de su conducta. Si se trata de una carretera en mal estado y no hay dinero ni presupuesto para arreglarla, poco se puede hacer. Es un tema complejo y requiere un estudio jurídico, que estará listo en septiembre u octubre.

P. ¿Le va a decir a los agentes que, cuando vean un punto negro con muchos accidentes, levanten un atestado y lo envíen al juez para depurar responsabilidades entre quienes lo han creado?

R. Sí, les diremos en qué casos sería susceptible de hacerlo. La policía tendrá que investigar. El artículo alude al que cree graves riesgos para la circulación y no restablezca la seguridad de la vía teniendo obligación de hacerlo. Es un artículo muy novedoso que no se ha aplicado, quizás por su complejidad o porque no hay suficiente conciencia de la importancia del estado de las carreteras en la siniestralidad.

P. Y si el Estado o la Comunidad Autónoma no aportan el dinero, ¿quién es el culpable?

R. Claro, depende también de que haya presupuesto. Aquí no vale la responsabilidad penal de la persona jurídica. Nos referimos a funcionarios, ingenieros, directivos de empresas… No olvidemos que, por ejemplo, el ingeniero sigue órdenes de los directivos de su empresa.

P. ¿En qué casos se podría levantar un atestado?

R. Hay que saber quién es el responsable.

P. Pero los puntos negros están ahí...

R. Sí, están ahí, pero no todos los puntos negros son susceptibles de una investigación penal. Estamos al tanto de ellos, y sabemos que un tercio de la siniestralidad se debe al mal estado de las carreteras, pero no solo en España, ocurre en toda Europa. Nos falta rematar ese estudio jurídico, que está prácticamente hecho, y una vez que se termine veremos cómo se articula.

Ciudades sostenibles

P. Ha dicho usted que la Fiscalía de tráfico quiere ayudar a hacer ciudades sostenibles desde el punto de vista viario. ¿Qué puede hacer la Fiscalía en ese sentido?

R. La seguridad vial es la otra cara de la misma moneda en la movilidad sostenible. Para que sean viables estas ciudades, todos, incluidos los conductores, han de cumplir las normas que se hagan, y donde automovilistas, patinadores y peatones, todos, asuman sus responsabilidades.

P. ¿Es equiparable un patín a un vehículo de motor?

R. No. Pero un patinador puede atropellar a un peatón porque circula bajo los efectos del alcohol y claro que puede cometer un delito imprudente y ser objeto de controles. Envié un oficio a los agentes con indicaciones para que los patinadores respeten las normas. Y si producen lesiones o el fallecimiento de un peatón, hay que levantar un atestado y pueden ser autores de un delito de homicidio imprudente o la calificación que corresponda.

P. Se quejan las fuerzas de seguridad de que hay programas en Internet a través de los cuales los conductores se avisan sobre la ubicación de los controles para torpedearlos. ¿Es delito eso?

R. No es delito. Lo que la fiscalía sí ha expuesto en documentos es que estamos estudiando convertir esos comportamientos en una infracción administrativa, dado que perturban los controles de alcohol y droga. Se avisa del control y los que llegan van sobrios y otros utilizan vías distintas.

P. Pero, ¿qué van a hacer los agentes? ¿Requisar el teléfono al conductor para ver si lleva un programa de avisos de ese tipo? Porque dice usted que se va a intentar actuar desde una perspectiva administrativa. Para mirar un teléfono es imprescindible una autorización judicial previa.

R. Lo cierto es que ahora mismo esa conducta no está tipificada y no se puede hacer mucho.

P. ¿Qué hace la Fiscalía por las víctimas de accidentes?

R. Los fiscales tenemos el despacho abierto para ellas. Necesitan ser escuchadas. Y una de nuestras prioridades es que cobren cuanto antes la indemnización sin esperar a que acabe el proceso judicial y dispongan de medios para, entre otras cosas, ser atendidas psicológicamente tras la pérdida de un allegado.


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