La justicia anula el plan de carriles bus, taxi y bici de Valladolid y ordena devolver las multas

El Tribunal Superior de Castilla y León, con sede en esa ciudad, muestra en su sentencia un detallado conocimiento del “colapso circulatorio” que ha creado la medida

Un vehículo circula por una calle de Valladolid.EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado el plan del Ayuntamiento de Valladolid para regular el tráfico con carriles bici, taxi y bus y ordena devolver, “sin excusa ni dilación alguna”, todas las multas que se hayan impuesto desde que se puso en marcha el plan, que afectaba a 23 calles del centro y que, según la sentencia, ha causado un “colapso circulatorio (...) notorio para cualquier vecino de las zonas afectadas”. El tribunal, con sede en Valladolid, muestra un preciso conocimiento de los problemas de tránsito que ha causado la normativa anulada, al extremo de afirmar...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado el plan del Ayuntamiento de Valladolid para regular el tráfico con carriles bici, taxi y bus y ordena devolver, “sin excusa ni dilación alguna”, todas las multas que se hayan impuesto desde que se puso en marcha el plan, que afectaba a 23 calles del centro y que, según la sentencia, ha causado un “colapso circulatorio (...) notorio para cualquier vecino de las zonas afectadas”. El tribunal, con sede en Valladolid, muestra un preciso conocimiento de los problemas de tránsito que ha causado la normativa anulada, al extremo de afirmar: “Puede afirmarse que existe un antes y un después de la implantación de las tres medidas controvertidas”. Pero la anulación no tiene nada que ver con el tráfico, sino con un debate jurídico, ya que los jueces consideran que dicha normativa debió ser aprobada mediante ordenanza municipal y no por decreto de concejalía.

El plan fue aprobado en noviembre de 2020 mediante un decreto del concejal de Seguridad y Movilidad de Valladolid, cuyo alcalde es el socialista Óscar Puente desde 2015. La normativa, que había entrado en vigor en abril del año pasado, fue recurrida por el Grupo Municipal del PP, a quien ya dio la razón el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de la capital. La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ ratifica ahora la anulación de una normativa que afectaba a 23 de las 1.800 calles de la capital regional.

La sentencia del TSJ, que puede ser recurrida, advierte de las “evidentes consecuencias” de su propia decisión. No solo obliga a levantar la peatonalización de algunas calles y a eliminar los carriles de bus, taxi y bici y a devolver las multas; también abre la vía para que cualquier afectado pueda reclamar indemnizaciones al Ayuntamiento. “La falta de estudio económico sosegado y la consustancial falta de audiencia a las empresas y vecinos, usuarios de esas vías y, por tanto, afectados puede sustentar, incuestionablemente, las oportunas reclamaciones por responsabilidad patrimonial”, se argumenta en la sentencia.

Los magistrados advierten desde el inicio de su sentencia de que el debate planteado en este litigio “es jurídico y no fáctico”. Es decir, que no se trata de los problemas del tráfico y sus soluciones, sino de qué mecanismo legal se ha empleado para modificar la normativa de circulación. “La utilización de un mero decreto para regular materias propias de una ordenanza municipal supone un vicio de nulidad radical”, ya que dicho cambio supone “una privación o restricción sustancial del general derecho de todo vecino a utilizar las vías urbanas”.

La sentencia precisa que “cambiando un sentido de circulación no se desnaturaliza el derecho de utilización de esas vías; instalando un semáforo tampoco”. Pero, añade que, “haciendo peatonal esa vía o, como confiesa la propia administración, reducir la movilidad del vehículo privado” para fomentar el uso de transporte público “sí se afecta general e intensamente a los derechos de los vallisoletanos y por ello, como mínimo, se ha de hacerse por ordenanza”.

Los jueces, cuya sede de trabajo está en pleno centro de la ciudad, muestran un detalladísimo conocimiento del supuesto caos circulatorio que, dicen, ha causado la normativa. “Es un hecho notorio el colapso circulatorio que ha supuesto la implantación de esas medidas, especialmente la prohibición de la circulación de vehículos en las calles Cánovas del Castillo y Fray Luis de León, la realización de los carriles bus-taxi y la realización del carril bici segregado (dobles) en el Paseo de Isabel la Católica, colapso que se manifiesta más si cabe en contraste con la casi nula utilización de esos carriles bus taxi y bici (escasa en los primeros, casi nula en los últimos)”.

La sentencia ha sorprendido al alcalde de Valladolid, Óscar Puente (PSOE, apoyado por Valladolid Toma la Palabra). El regidor ha asegurado en la mañana de este viernes que ha conocido la resolución “un minuto antes” de una comparecencia prevista por otra causa y ha pedido tiempo para “analizar” una cuestión “de gran complejidad”. Puente ha asegurado que la devolución de las sanciones no será “una gran cantidad” porque solo afecta a los conductores que invaden el carril bus, los que circulan por la calle de Cánovas del Castillo o a quienes superan el límite de 30 kilómetros por hora en ciertas vías.

Lo que sí que ha sorprendido, admite el concejal de movilidad, Luis Vélez, a EL PAÍS, son los comentarios que incluye la sentencia sobre la escasa eficacia de las medidas. Un contador instalado en una de las zonas cuestionadas ha recogido que en 2021 circularon por ese carril más de 100.000 bicicletas o patinetes y que en épocas actuales sin lluvia superan las 1.000 diarias.

Vélez explica que este pronunciamiento judicial no acarrea grandes cambios para los planes del Consistorio, pues este recurrió al tribunal autonómico una primera sentencia adversa del juzgado de lo contencioso de Valladolid. “Mientras tanto, fuimos tramitando la ordenanza para ir avanzando”, detalla. Prevé aprobarla en los plenos municipales de julio, pues actualmente la ordenanza “está en fase de exposición pública”.

Más información

Archivado En