El Consejo de la UE defiende facilitar los castigos penales a las labores de rescate de migrantes
España vota en contra porque “rechaza criminalizar la asistencia humanitaria a los migrantes”
Nueva vuelta de tuerca en la UE la política restrictiva con la migración. Los ministros de Justicia han dado luz verde, con el voto contrario de España, a una propuesta de directiva que facilita a los Estados miembros castigar penalmente a quien ayude a los migrantes por motivos humanitarios a entrar en terreno de la Unión. Es decir, los países que así lo decidan podrán sancionar tanto a las ONG que rescatan migrantes en el mar como a los contrabandistas de una red de tráfico de personas. Lo aprobado este viernes no es definitivo porque se trataba de una posición del Consejo de la UE para negociar con el Parlamento Europeo, con lo que todavía podría suavizarse esta redacción. No obstante, en una Eurocámara en la que las posiciones ultras han ganado terreno tras las últimas elecciones, esto será más difícil.
El cambio que se ha aprobado, en el fondo, es más simbólico que real, como apuntan desde la delegación española. Ya la directiva vigente, aprobada en 2002, dejaba la puerta abierta a castigar la ayuda humanitaria, porque la cláusula vigente en esa norma no especifica claramente que no sea delito. Y, de hecho, ya ha sido con esa norma con la que se ha criminalizado a ONG. Sin embargo, en la redacción propuesta por la presidencia húngara para la directiva contra el tráfico ilícito de personas, nombre de la norma, y respaldada por la mayoría de países, esa cláusula no está incluida en el articulado. Solo en la exposición de motivos se indica que los países no están obligados a penalizar la ayuda humanitaria.
Esto, para España, era un problema por varios motivos. Uno es que al tratarse de una directiva, en realidad, se fija un suelo mínimo de supuestos a sancionar y, por tanto, abre mucho la puerta a establecer nuevas tipologías. Además, hay que tener en cuenta que la definición de qué es ayuda humanitaria y qué no está sujeto a diferentes interpretaciones. La directiva sitúa la línea entre la ayuda humanitaria y el tráfico de personas en que haya o no ánimo de lucro, pero como explican fuentes de la negociación, ¿qué pasa cuando, por ejemplo, una ONG contrata un barco para rescatar migrantes?
Otro problema es que no es lo mismo que la cláusula humanitaria esté en el articulado de una ley que en la exposición de motivos. Lo lógico es que solo sea vinculante cuando está en el articulado. Por tanto, puede ser que en algún momento pueda interpretarse que la trasposición a las leyes nacionales no está bien hecha si no contempla este delito, algo que España no piensa hacer. También Alemania y Portugal han mostrado en el debate su inquietud sobre la confusión que esto puede generar, pero se han limitado pedir que se aclare y no votar en contra.
“Existe una campaña contra las organizaciones no gubernamentales liderada por la extrema derecha a nivel europeo con el único objetivo de promover un discurso xenófobo que favorezca electoralmente a estos partidos”, han apuntado desde el Ministerio de Justicia español.
La Plataforma para la Cooperación Internacional sobre Migrantes Indocumentados (Picum), tras lo votado este viernes destaca que “existe una verdadera preocupación de que los Estados miembros aumenten los procedimientos legales contra los propios migrantes y las personas que ayudan a los migrantes”. “La legislación internacional deja claro que no se debe criminalizar a los migrantes que son víctimas del tráfico ilícito. El nuevo texto solo lo menciona en un considerando no vinculante”, advierte.
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