El Gobierno de Coahuila ordena liberar a las mujeres encarceladas por abortar
El Estado acata la sentencia de la Suprema Corte y modificará su legislación sobre el aborto
Después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarara inconstitucional el delito de aborto en Coahuila, el Gobierno del Estado, encabezado por Miguel Riquelme, manifestó a través de un comunicado que la legislación local se adaptará al criterio del máximo Tribunal de no criminalizar a ninguna mujer por abortar.
El Código Penal del Estado establece en su artículo 195 y 196 que comete aborto para efectos penales “quien causa la muerte al producto de la concepción, en cualquier momento del embarazo” y estipula penas de u...
Después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarara inconstitucional el delito de aborto en Coahuila, el Gobierno del Estado, encabezado por Miguel Riquelme, manifestó a través de un comunicado que la legislación local se adaptará al criterio del máximo Tribunal de no criminalizar a ninguna mujer por abortar.
El Código Penal del Estado establece en su artículo 195 y 196 que comete aborto para efectos penales “quien causa la muerte al producto de la concepción, en cualquier momento del embarazo” y estipula penas de uno a tres años de prisión para quien cometa tal delito. Tras la decisión de los magistrados de la Corte por unanimidad, los artículos quedan invalidados y por lo tanto, dejarán de existir en la ley del Estado. “Se destierra la amenaza de la prisión sobre las mujeres y el estigma”, afirmó el ministro ponente, Luis María Aguilar, en referencia al giro de timón que acaba de dar la SCJN respecto al tema.
Al existir 10 votos en el mismo sentido, la decisión de la SCJN crea jurisprudencia y tendrá carácter retroactivo para cualquier mujer que esté presa por abortar. Este diario se ha puesto en contacto con el Gobierno de Coahuila para conocer cuántas mujeres se encuentran encarceladas en la actualidad por este motivo, pero hasta el momento de publicación de esta información, no ha recibido respuesta.
Desde 2015 en el Estado se han abierto 25 carpetas de investigación por aborto, según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. “Si hubiese alguna mujer privada de su libertad por el delito de aborto deberá ser puesta en libertad inmediatamente”, señala el comunicado. En total, en el país se han registrado en lo que va de año 432 casos tipificados como delito de aborto. “En realidad no tenemos los datos de cuántas mujeres están presas en el país por abortar porque en muchos casos fueron acusadas de otros delitos, como por ejemplo, homicidio en razón de parentesco (el asesinato de un familiar)” explica la exdiputada y política feminista Martha Tagle. “Las penas de prisión son mayores, no queda registrado como aborto y el pleito legal para defenderse será diferente”, precisa.
Con el fallo de la Corte también se impugna la prisión preventiva por la que las mujeres eran encarceladas antes de llegar a juicio. Aquellas mujeres que fueron encarceladas bajo este criterio quedarán en libertad de manera inmediata. No así las que ya cuenten con una sentencia en firme que tendrán que presentar un amparo para demostrar que de acuerdo la decisión de la SCJN, deben salir de prisión, de acuerdo al carácter retroactivo de la ley en este caso. También podrán ampararse otras mujeres que fueron sentenciadas por abortar en otros Estados. “En México ninguna ley es retroactiva, excepto cuando es en beneficio de los derechos de las personas”, agrega Tagle. La exdiputada señala que una mujer sentenciada podrá denunciar al Estado mexicano por daños y perjuicios “porque sus derechos fueron violentados”.
Todas las instancias del Poder Judicial deberán acatar el criterio emitido este martes por la Suprema Corte, sin embargo, no será obligatorio para otras autoridades. Esta disparidad requerirá de un arduo trabajo de reformas en los Estados. “Ahora va a existir una especie de vacío legal porque formalmente para el Ministerio Público, la criminalización del aborto seguirá existiendo en los Estados. Sin embargo, cuando el caso llegue ante el juez, no podrá juzgarlo porque la Corte dijo que no se puede juzgar a una mujer por abortar”, precisa Tagle. Mientras tanto, el Gobierno de Coahuila se ha apresurado a mostrar su intención de cambiar las leyes. “El Ejecutivo estatal reitera su compromiso para fortalecer el respeto de los derechos humanos y las libertades, y continuará impulsando políticas públicas a favor de los derechos de las mujeres, así como del respeto a la vida”, reza el comunicado. Hasta la fecha, Coahuila era uno de los Estados más restrictivos y punitivos respecto al aborto.
Las normas férreas respecto al aborto han ido en aumento en los Estados más conservadores. Forman parte de la estrategia de los grupos religiosos y antiderechos, después de que la Ciudad de México despenalizara la interrupción del embarazo. La oleada de reformas a las constituciones locales en los estados para “proteger la vida desde el momento de la concepción” dan fe de ello. Veracruz, Tamaulipas, Chiapas, Querétaro, Oaxaca, San Luis Potosí, Yucatán, Jalisco, Nayarit, Puebla, Durango, Guanajuato, Quintana Roo, Sonora, Colima, Baja California y Morelos blindaron la norma para obstaculizar futuros intentos de ampliar las causales o despenalizar el aborto por la vía legislativa. “Estas reformas han contribuido a promover un clima de confusión e incertidumbre jurídica entre el personal de servicios de salud y de procuración de justicia, así como entre las propias mujeres sobre la legalidad del aborto en los supuestos establecidos en la ley”, apunta GIRE en un reciente informe sobre la criminalización del aborto en México.
La organización considera que pese al objetivo inicial, las reformas señaladas no constituyen un obstáculo legal para el acceso al aborto bajo causales, ni para futuras reformas que pudieran despenalizar el aborto en otras entidades federativas.
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