Sesiones de yoga en San Sebastián con el ruido de una taladradora de fondo
El Tribunal Superior vasco condena a la Administración autónoma a indemnizar con 96.800 euros a la propietaria de un centro de meditación por causar ruidos que impedían seguir las clases en silencio
A Ana Basa le plantaron una máquina taladradora delante del centro de yoga y meditación que dirige en el barrio del Antiguo de San Sebastián. Cuando esa pilotadora se puso en funcionamiento en noviembre de 2018 y los operarios activaron rozadoras y arrancaron las excavadoras, la calma desapareció del lugar. El ruido y las vibraciones del suelo causadas por las obras de construcción del metro donostiarra se colaban en todas las sesiones de relajación y hacían imposible la concentración. La dueña del local se vio obligada a marcharse de allí e instalarse en otra ubicación de la ciudad porque “la situación era insoportable”, dice la afectada, y había comenzado a perder alumnos. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha condenado ahora a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea (ETS), un ente público de la administración vasca, a indemnizar con 97.792,40 euros a la dueña del centro de yoga por los daños morales y perjuicios ocasionados. La empresa generó unas molestias “por encima de lo tolerable” y no adoptó ninguna medida correctora o mitigadora, según se señala en la sentencia.
La ejecución del metro donostiarra, uno de los principales proyectos que se ejecuta en la capital guipuzcoana, tocó de lleno al Centro Awen. Frente a su sede ubicada en la Avenida de Zarautz está previsto construir una de las bocas del futuro suburbano. Los trabajos que ETS comenzó a finales de 2018 alteraron por completo la normalidad de la zona. Y uno de los principales damnificados fue el local de yoga dirigido por Ana Basa. Ahí se llevan a cabo talleres de “meditación, concentración y respiración consciente que requieren practicarse en silencio”, dice la resolución judicial, que se vieron perturbados desde el momento en que la maquinaria pesada se puso en marcha.
Dos alumnos que testificaron en el procedimiento judicial confirmaron que la situación se volvió “insoportable”, “espantosa” y “muy incómoda”. En el Centro Awen no había forma de mantener la concentración. Otros clientes se quejaron de las molestias en los correos electrónicos que enviaron a la responsable del centro y que están recogidas en la sentencia fechada el pasado 14 de diciembre: “He intentado aguantar y alguna vez ha sido soportable, pero la mayoría de las veces es imposible relajarse y menos concentrarse”. Otro testimonio en la misma línea: “El ruido de las obras se está convirtiendo muy molesto a la hora de hacer yoga y ni qué decir del momento de la meditación y relajación”.
Ana Basa, que atravesó un periodo de angustia y ansiedad por estos hechos, decidió a comienzos de 2019 cambiar de emplazamiento porque “el nivel de ruido impedía continuar con las clases”. Las obras se iban a prolongar durante 33 meses, un periodo demasiado largo para aguantar esas molestias tan intensas. Alquiló otro local más amplio y reclamó a ETS una compensación económica por los daños ocasionados y los gastos que había contraído con el traslado. Su abogada, Cecilia Nabal, del despacho Beloca, explica que “el carácter excepcional de la actividad, dedicada a la meditación, exigía una solución que ETS se negó a facilitar. Esta compañía no puso ninguna medida para reducir los niveles de ruido. Nos vimos obligados a reclamar una indemnización en los tribunales”. La responsable del centro de yoga acudió antes al servicio de atención al cliente de ETS para resolver su problema, sin conseguirlo, y agotó todas las vías amistosas antes de presentar la demanda judicial.
La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJPV considera acreditado que “la ejecución de las obras generó un nivel de ruido y vibraciones del suelo por encima de lo tolerable, incluso para el caso de ejecución de obras públicas de interés para la ciudadanía como la que aquí nos ocupa” y añade que el trastorno que estaba ocasionando “no fue mitigado o corregido por medida alguna”. Las obras causaron “un perjuicio individualizado”, sostiene el tribunal, “que la recurrente no tuvo el deber de soportar”.
Ana Basa demostró ante el tribunal que la actividad en Awen “se realizaba con normalidad antes de las obras”, frente al argumento empleado por ETS. Aportó mediciones propias y otras tomadas por agentes de la Policía Municipal de San Sebastián que excedían el límite legal y ante las que un responsable de medio ambiente de la compañía pública ferroviaria reconoció que reflejaban “puntualmente una situación desfavorable”, recoge el fallo judicial, que puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo. Los magistrados han resuelto que “la especial naturaleza de las clases impartidas en Awen exigen la tranquilidad y el silencio, si no absoluto, al menos durante la mayor parte de la actividad, y esto no concurrió durante la ejecución de los trabajos” hasta que Ana Basa decidió trasladar su negocio a otro lugar en abril de 2019.
El Centro Awen de San Sebastián, según consta en la presentación que tiene publicada en su página web, es “un lugar para desconectar del exterior y conectar con el interior, un espacio creado con mucha ilusión, conciencia y luz, para que puedas encontrar la calma en la rutina diaria y conectar contigo mismo”. La tranquilidad, el bienestar, la calma y el espíritu fluido están reñidos con el traqueteo y el zumbido que provocaban las máquinas constructoras que trabajan frente a su antigua sede.
ETS trató de endosar la responsabilidad de los daños a la empresa contratista y a la aseguradora, que en ambos casos han sido eximidos por el tribunal porque no son responsables de unos ruidos que “son inherentes al proyecto constructivo”. En cambio, imputa toda la culpa al ente público, a la que condena al pago de una indemnización por causar unas molestias que provocaron “una merma de alumnos en su centro y en su facturación” que podrían haber desembocado en “el perecimiento del negocio”. El tribunal estima parcialmente la reclamación por los daños morales ocasionados tras certificar que Ana Basa se vio afectada por “un evidente estado de zozobra, ansiedad o angustia”.
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