Derecho a saber
La ley excluye la publicación de borradores previos a las decisiones. No se ha nombrado aún el Consejo de Transparencia, ni presentado el Portal ni aprobado el reglamento
Las leyes de transparencia no bastan para erradicar la corrupción, pero sin ellas no habrá un avance sostenido. Todas las estrategias de lucha contra la venalidad política pasan por abrir a los ciudadanos canales de información que permitan un escrutinio permanente de la acción pública, criterio que comparten todos los organismos internacionales empeñados en esta materia. Este miércoles 10 de diciembre entra al fin en vigor la ley 19/2013 de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
El preámbulo de esta ley dice así: “Solo cuando los ciudadanos pueden conocer cómo se toman las decisiones que les afectan, cómo se manejan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones podremos hablar de que los poderes públicos comienzan a responder a una sociedad que es crítica, exigente, y que demanda participación. Los países con mayores niveles en materia de transparencia y normas de buen gobierno cuentan con instituciones más fuertes, que favorecen el crecimiento económico y el desarrollo social”.
A la luz de este alegato resulta incomprensible que nuestros gobernantes, de uno u otro signo, hayan tardado más de 35 años en cumplir el mandato constitucional del artículo 105.b. Zapatero lo incluyó en su primer programa electoral de 2004 y se olvidó de él en el segundo. En julio de 2011 aprobó un anteproyecto in articulo mortis, en el mismo Consejo de Ministros en el que anunció el final de una legislatura a la que solo le quedaba la controvertida reforma del artículo 135 de la Constitución. Esperemos que la nueva ley impida al menos a nuestros gobernantes reservar para sus memorias la carta del BCE que precipitó aquella decisión.
El pasado nos seguirá persiguiendo hasta que se sustancien en los tribunales los sucesivos contubernios de políticos y contratistas públicos, pero la nueva ley debe servir para que los ciudadanos realicen un escrutinio minucioso de las decisiones políticas que evite al menos los delitos más groseros. Todos los estudios de la OCDE o la Unión Europea coinciden en dos puntos: la contratación pública es el gran sumidero del dinero público que los partidos desvían ilegalmente a sus cuentas y las leyes de transparencia son un instrumento imprescindible para poner coto a tales prácticas. Lástima que la nueva ley nazca con tantas excepciones y que excluya la publicación de borradores o informes previos a la toma de decisiones.
En su informe sobre corrupción política publicado por la Comisión Europea a principios de este año (primero de una serie que promete ser bianual) aparece Finlandia como un país ejemplar en materia de control de las finanzas de los partidos tras la aprobación de una ley específica en 2010 que les obliga a publicar en su web todos los datos económicos de la organización, de sus cargos electos, también de sus fundaciones (uno de los agujeros negros de nuestra normativa).
La ley contra el soborno aprobada en el Reino Unido en 2010 figura como una de las más rigurosas del mundo, que contempla la persecución de sobornos en terceros países y extiende la responsabilidad penal a sociedades mercantiles que no hayan sido diligentes a la hora de evitarlos. La jurisdicción extraterritorial (que la reforma Gallardón redujo a la nada) permite perseguir a empresas con actividad en el Reino Unido aunque estén domiciliadas en el extranjero. ¿Recuerda alguien un proceso de estas características en nuestro país? ¿Es que nuestros empresarios consiguen sus contratos en el exterior en régimen de rigurosa competencia sin apelar nunca a las coimas?
Construcción, servicios de basuras, energía, transporte, defensa y sanidad son a juicio de la Comisión Europea los sectores más vulnerables a la corrupción, con especial incidencia en la contratación local y regional. De ahí que algunos países hayan acentuado el escrutinio de las adjudicaciones locales mediante la creación de bancos de datos nacionales. En Grecia ninguna adjudicación pública de ninguna administración puede ser aplicada a menos que se inscriba en el programa denominado Claridad. Eslovaquia ha firmado un acuerdo con Transparencia Internacional para que supervise los contratos de un centenar de ciudades. Alemania ha creado organismos centrales con el mismo fin. Eslovenia ha puesto en marcha el programa Supervizor que ofrece un panorama completo de lo que cada año gasta el Estado y a quién adjudica sus contratos. Portugal hace lo propio con su programa BASE.
Nuestro país lleva un notable retraso en este ámbito, en el que se le han anticipado las democracias poscomunistas. Aparte de ser el último en aprobar una ley de transparencia, su entrada en vigor parece haber pillado de sorpresa al propio Gobierno. Para empezar, no se ha nombrado aún a los miembros del Consejo de Transparencia que presidirá Esther Arizmendi, hasta ahora directora general de modernización administrativa; ni se ha presentado el Portal de la Transparencia que debe centralizar el tráfico informativo, ni se ha aprobado el reglamento, de importancia capital para una norma de contenidos sumamente genéricos. El silencio administrativo negativo anticipa una elevada litigiosidad contenciosa que agravará el atasco en esta jurisdicción. De las preguntas formuladas en lo que va de año más de un 50% han recibido la callada por respuesta según la web Tuderechoasaber.es, un portal de referencia en el seguimiento de los temas de transparencia en España y en Europa.
En su discurso de investidura Rajoy se comprometió a presentar la ley en un plazo de seis meses. La tramitación parlamentaria y los sucesivos retrasos del Gobierno nos han situado ya en el último año de una legislatura arrasada por los escándalos, que afectan principalmente al partido gobernante, que en el sumario del caso Gürtel figura como “partícipe a título lucrativo”, valoración idéntica a la que originó la dimisión de la ministra Mato. Solo su mayoría absoluta ha salvado al PP de mayores catástrofes. Aunque la norma no entra en vigor en Ayuntamientos y comunidades autónomas hasta dentro de un año (por cierto, Madrid ni siquiera ha hecho un amago de elaborar su propia ley), cada ciudadano de este país tiene desde el miércoles 10 de diciembre la oportunidad de dirigirse a las Administraciones públicas en demanda de información. Antes de votar ejerzamos el derecho a saber.
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