Fedea advierte sobre la reforma del contrato temporal: “Deberá reducir sus causas sin sacrificar su utilización bajo necesidades reales”

El Gobierno se ha comprometido a acabar con el abuso de la temporalidad y a unificar los tipos de contratos en tres modalidades: indefinido, temporal y de formación.

Un temporero marroquí recoge mandarinas en los cultivos de Foleli, en la isla francesa de Córcega, el 29 de octubre de 2020.PASCAL POCHARD-CASABIANCA (AFP)

El Gobierno se ha comprometido con Bruselas a atajar la elevada temporalidad del mercado laboral, un problema que existe desde los años ochenta y que ni siquiera siete reformas han conseguido reducir. El Ejecutivo se ha propuesto rebajar los tipos de contratos a tres: indefinido, temporal y de formación. Al mismo tiempo va a endurecer las penalizaciones por el ...

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El Gobierno se ha comprometido con Bruselas a atajar la elevada temporalidad del mercado laboral, un problema que existe desde los años ochenta y que ni siquiera siete reformas han conseguido reducir. El Ejecutivo se ha propuesto rebajar los tipos de contratos a tres: indefinido, temporal y de formación. Al mismo tiempo va a endurecer las penalizaciones por el abuso del contrato temporal.

En un informe publicado este lunes y titulado Contra la dualidad laboral, el economista José Ignacio Conde-Ruiz, de Fedea, y el experto en derecho laboral de la Universidad Complutense Jesús Lahera coinciden en aplaudir la unificación de contratos, pero advierten que no puede hacerse de cualquier forma: “Deberá reubicar las causas de temporalidad en un espacio más reducido sin sacrificar la utilización de contratos temporales ante necesidades transitorias reales”. Todo esto, a la espera de los detalles de la reforma, que no han sido aún cerrados por el Ejecutivo con los agentes sociales.

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La reducción de los tipos de contratos a tres intenta generalizar el contrato indefinido. Para ello el Gobierno deberá acotar los escenarios bajo los que se emplea el temporal, del que ahora se hace un uso excesivamente alto y totalmente injustificado, según los autores: “Si al final tenemos un solo contrato temporal, pero es muy flexible, dado que se pueda usar para muchas situaciones, la temporalidad apenas cambiará”.

Por otra parte, si el contrato temporal se acota en exceso, dejará de ser útil en los sectores donde es necesario. “Si por el contario se impone un contrato temporal muy restrictivo, donde apenas se puede utilizar, pero al mismo tiempo dejamos el indefinido tal como está, la reforma puede suponer un aumento importante y contraproducente en los costes laborales”, destaca el informe. Es decir, para que funcione se tendría que flexibilizar el contrato fijo.

Y los expertos sugieren tres vías: una, clarificando las causas de despido para dotarlas de una mayor seguridad jurídica. Dos, aumentando la flexibilidad interna en la empresa y aplicando los nuevos ERTE estructurales, que se deberían utilizar solo durante caídas temporales de la demanda. Y, por último, reduciendo los costes del despido en los indefinidos para repartir mejor las indemnizaciones entre fijos y temporales. En el agregado los costes por despido que soportan las empresas deberían permanecer igual, pero la nueva distribución perjudicaría menos a los temporales y se incentivaría la generalización del contrato indefinido.

Igualmente, para perseguir el abuso del empleo temporal, los autores proponen elevar de 33 días por año trabajado a 45 días la indemnización de los despidos improcedentes cuando provienen las demandas de la finalización de contratos temporales fraudulentos.

Limitar el contrato temporal

Según Conde-Ruiz y Lahera, el futuro contrato temporal debería darse únicamente ante dos causas. La primera, organizativa, con motivo de una sustitución, como bajas, permisos, vacaciones o complementos de jornadas reducidas. La segunda, productiva, por alteraciones temporales en la producción o para proyectos con autonomía de la actividad de la empresa.

Esta clase de contrato trasladaría a la ley la reciente sentencia del pleno del Supremo de diciembre, que impide el contrato por obra ligado a una contrata o a una concesión administrativa, que tiene un “notable impacto en el sector servicios”. “Las actividades habituales y permanentes, dentro del objeto social de la empresa, deberían quedar cubiertas por trabajadores fijos”, añaden los autores.

Los cambios propuestos en el informe, publicado por la Fundación de Estudios de Economía Aplicada, de la que Conde-Ruiz es subdirector, pretenden acabar con la profunda dualidad del mercado laboral español, esto es, la brecha entre fijos y temporales. Cada año hay 25 millones de contratos temporales en España, “un auténtico disparate que convierte nuestro mercado de trabajo en una auténtica anomalía en nuestro entorno económico”, señala el informe.

Además de la injusticia que supone para los trabajadores, Conde-Ruiz y Lahera afirman que la dualidad castiga a la sociedad española desde múltiples flancos: “En primer lugar, no existen incentivos a la acumulación de capital humano ni por parte del trabajador, ni por parte del empresario, que no le compensa formar a un trabajador que solo va a trabajar temporalmente en su empresa. En segundo lugar, incentiva la creación de proyectos empresariales para los cuales la temporalidad no resulta un problema, sino una ventaja competitiva, es decir actividades de bajo valor añadido y sin perspectivas de crecimiento de largo plazo. Ambos hechos son un lastre para la productividad, la gran olvidada de las últimas décadas”.

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