La CNMV podrá vetar la publicidad masiva sobre criptomonedas y vigilar a los ‘influencers’

Las campañas dirigidas a más de 100.000 personas tendrán que pedir autorización previa al supervisor

Marquesina de Bit2Me que anuncia el bitcoin en Madrid, junto a la sede del Banco de España.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) quiere atar corto la publicidad sobre criptomonedas. El organismo supervisor ha publicado este lunes una circular, la primera sobre esta materia en Europa, que obliga a las empresas que animan a invertir en estos productos no regulados a través de campañas masivas —dirigidas a más de 100.000 personas— a solicitar autorización al menos 10 días antes de su ejecución para garantizar que la información sea “clara, equilibrada, imparcial y no engañosa”...

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La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) quiere atar corto la publicidad sobre criptomonedas. El organismo supervisor ha publicado este lunes una circular, la primera sobre esta materia en Europa, que obliga a las empresas que animan a invertir en estos productos no regulados a través de campañas masivas —dirigidas a más de 100.000 personas— a solicitar autorización al menos 10 días antes de su ejecución para garantizar que la información sea “clara, equilibrada, imparcial y no engañosa”. Esta medida, que entrará en vigor en un mes, afectará a los mensajes comerciales tanto en carteles tradicionales como en internet (webs y redes sociales). No escapan, por tanto, los protagonizados por influencers.

La revalorización desorbitada registrada durante años por el bitcoin y otras monedas virtuales —que ahora no viven su mejor momento— ha dado vuelo a la inversión en criptoactivos entre pequeños inversores no siempre cualificados, animados por la promesa de suculentas rentabilidades. Estos productos constituyen una preocupación creciente para la CNMV y el Banco de España por las expectativas desmedidas de ganancias que pueden generar y, además, por ser el origen de la mayor parte de las reclamaciones por fraude financiero que recibe la CNMV. Una muestra de la inquietud que generan fue la llamada de atención que el supervisor de los mercados dio al futbolista Andrés Iniesta en noviembre por anunciar en sus redes sociales (38 millones de seguidores en Instagram y 25 millones en Twitter) el portal de compraventa de criptomonedas Binance.

Con el objetivo de incrementar la transparencia, el supervisor se dota ahora de nuevos poderes para controlar la publicidad: “Se utilizará en ella un lenguaje sencillo y fácil de comprender y se evitará la omisión de información relevante o la inclusión de información ambigua, sesgada, incompleta o contradictoria que pueda inducir a confusión”, añade la circular, publicada este lunes en el Boletín Oficial del Estado. En todas las comunicaciones comerciales deberá incluirse este mensaje de advertencia en un lugar visible: “La inversión en criptoactivos no está regulada, puede no ser adecuada para inversores minoristas y perderse la totalidad del importe invertido”.

Sanciones

En el caso de que las campañas vayan destinadas a más de 100.000 personas, habrá además que comunicar su contenido a la CNMV con 10 días de antelación. Si se incumplen las normas, se trataría de una infracción grave y los anunciantes se enfrentarían a multas de 300.000 euros o del doble del beneficio bruto obtenido como consecuencia de los actos u omisiones en que consista la infracción, entre otras sanciones.

Los llamados influencers también estarán sujetos a esta normativa cuando sus mensajes sean retribuidos. Las opiniones no remuneradas se excluyen por la libertad de expresión, según puntualizan fuentes de la CNMV. También dependerá del tono del mensaje, si este anima a invertir en estos activos o se trata solo de una publicidad corporativa. En el caso de patrocinios, sucederá lo mismo. El regulador tendrá que revisar el contenido de las campañas una a una para decidir. Fuentes del sector señalan que la supervisión puede causar retrasos en el lanzamiento de sus campañas —”tendremos en cuenta ese factor”, explican—, pero dan la bienvenida a que todos los que publicitan servicios ligados a las criptomonedas pasen a regirse por las mismas normas para acabar con las estafas.

La CNMV lleva trabajando en esta circular casi un año, justo después de que en un comunicado conjunto con el Banco de España advirtieran del “alto riesgo” de estos productos. Jorge Soriano, consejero delegado de la plataforma de compraventa y ahorro de criptomonedas Criptan, explica que llevan un tiempo adaptándose a los cambios que se avecinaban. “Todas las campañas que tenemos y que estamos preparando se han hecho teniendo en cuenta que la gente utilice las criptos de forma sensata”, asegura. “Espero, además, que así se nos deje hacer publicidad en medios como Instagram, Facebook o Google, donde ahora no nos dejan”, añade. Las tecnológicas han sido reacias hasta ahora a incluir estos anuncios, pero desde hace algunos meses están abriendo un poco la mano para permitirlos en algunos casos.

El hecho de que no haya ninguna regulación general sobre estos productos en la UE complica las cosas. La norma para que puedan prestarse servicios de criptoactivos con respaldo legal, que ya ha pasado por el visto bueno de todos los Estados miembros, ha retrasado su entrada en vigor efectiva hasta 2024. El último borrador del reglamento MiCA (siglas de markets in crypto-assets) dilata la aplicación para la mayor parte de las criptodivisas, entre ellas, el bitcoin y el resto de las monedas digitales.

Fuentes de la CNMV han aclarado este lunes que la circular no contiene ninguna norma sobre los criptoactivos en sí mismos, ni sobre sus proveedores ni los servicios proporcionados sobre estos activos, sino exclusivamente sobre los requisitos que deberá cumplir la actividad publicitaria que persiga ofrecerlos como posible inversión. La norma establece exenciones en los casos en que los criptoactivos no sean susceptibles de ser objeto de inversión, como determinados utility tokens, que más que una inversión se trata de monedas para utilizar en determinadas plataformas.

La circular de la CNMV establece que en la publicidad se deberá evitar hacer referencias a elevadas rentabilidades pasadas, y en el caso de hacerse deberá indicar expresamente el período de tiempo al que se refiere. Un intervalo que no debe ser inferior a 12 meses. El bitcoin ha pasado de pagarse a 800 dólares a finales de 2016 a marcar un récord en cerca de los 68.000 dólares el pasado mes de noviembre, su máximo. Este lunes, sin embargo, estaba en 37.406,31 euros, una muestra de las grandes oscilaciones de la moneda.

En cuanto a la publicidad, el consejero delegado de Criptan considera que “es complicado de valorar”, pero que no cree que “nadie haya hecho nada buscando engañar o generar una mala práctica”. “Sí que es cierto que la parte de publicidad en cripto tiene mucho de estrategia y las líneas son muy finas. Tienes que mantenerte al lado del regulador, al mismo tiempo que tratas de promover el ecosistema y das a conocer tu mensaje... No resulta fácil”, reconoce.

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