El Constitucional resolverá por sentencia el pulso entre el Gobierno y el Senado por el impuesto de sucesiones
El tribunal admite a trámite el conflicto entre instituciones del Estado presentado por el Ejecutivo contra la supresión del tributo, que según sus cálculos costaría 2.800 millones a las arcas públicas
El Constitucional dirimirá el conflicto entre el Gobierno y el Senado sobre el impuesto sobre sucesiones y donaciones. El tribunal de garantías ha admitido este martes a trámite la impugnación del Ejecutivo contra el acuerdo por el que la Mesa del Senado tramitó el 21 de noviembre del año pasado una proposición de ley por el que se deroga la legislación relativa al tributo. Hacienda considera que dicha decisión podría suponer una vulneración de los artículos 134.6 de la Constitución y 151 del reglam...
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El Constitucional dirimirá el conflicto entre el Gobierno y el Senado sobre el impuesto sobre sucesiones y donaciones. El tribunal de garantías ha admitido este martes a trámite la impugnación del Ejecutivo contra el acuerdo por el que la Mesa del Senado tramitó el 21 de noviembre del año pasado una proposición de ley por el que se deroga la legislación relativa al tributo. Hacienda considera que dicha decisión podría suponer una vulneración de los artículos 134.6 de la Constitución y 151 del reglamento del Senado, en relación al ejercicio de la facultad de veto presupuestario. La admisión a trámite del recurso no tiene efectos suspensivos sobre la tramitación de la proposición de ley, presentada por el PP. Se trata del primer conflicto entre instituciones del Estado que el Constitucional deberá resolver en esta legislatura, pendiente de que el PP llegue a presentar a su vez otro contra el Ejecutivo sobre la ley de amnistía, cuestión que la dirección de dicho partido tiene en estudio.
El artículo 134.6 de la Constitución en el que se apoya el Gobierno para su impugnación prevé que “toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación”. Esa conformidad nunca la obtuvo la Mesa del Senado. Por el contrario, tras el Consejo de Ministros del pasado 19 de diciembre, el ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, compareció en la rueda de prensa habitual en la Moncloa advirtiendo de que se había requerido al Senado a paralizar la tramitación de la ley que planteaba la supresión del impuesto de sucesiones a nivel nacional. Bolaños consideró que esta iniciativa implicaba una vulneración “flagrante” de la Constitución y anunció el recurso, finalmente presentado, si la Cámara alta no daba marcha atrás.
El argumento esencial del Gobierno siempre ha sido que resulta necesaria su conformidad para que las Cortes Generales tramiten cualquier norma que implique “una disminución de los ingresos presupuestarios”, como establece el mencionado artículo de la Constitución. Bolaños añadió que la medida tendría un “impacto evidente” para las arcas del Estado, que calculó en unos 2.800 millones de euros. Añadió que esta cifra era superior a la de los 2.520 millones de euros que el Gobierno destinó a becas el año anterior. También manifestó haber remitido un informe jurídico al Senado con estas alegaciones, que no surtieron efecto. Un mes más tarde, el pasado 18 de enero, la Cámara alta decidió mantener la tramitación de la citada proposición de ley.
Previamente, el Ministerio de Hacienda elaboró un informe en el que se daba cuenta de que la supresión del impuesto implicaría graves pérdidas de recaudación, en relación con un impuesto cedido a las comunidades autónomas, aunque no todas lo aplican. Ello iba a implicar que el Estado debería compensar a dichas comunidades utilizando como dato de referencia la suma obtenida en la última recaudación registrada antes de que se hubiese consumado la eliminación del impuesto. El Senado, en todo caso, consideró que debía “ignorar y no admitir a trámite” la disconformidad planteada por el Gobierno, lo que condujo a la formalización del recurso que ahora resolverá el Constitucional, tras pedir alegaciones a las partes.
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