La Audiencia de Madrid archiva la causa contra el delegado del Gobierno en Madrid por el 8-M

José Manuel Franco fue denunciado por una supuesta prevaricación administrativa al no prohibir la manifestación por el coronavirus

El delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, a su salida de los juzgados de plaza de Castilla tras declarar como investigado en el 'caso 8-M', el 10 de junio.RRF (Europa Press)

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado este viernes el archivo de la causa abierta contra el delegado del Gobierno de Madrid, José Manuel Franco, por supuesta prevaricación administrativa por no prohibir la manifestación del 8-M ante un posible riesgo de propagación del coronavirus. Con esta resolución, la Audiencia madrileña avala el auto de la titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Me...

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La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado este viernes el archivo de la causa abierta contra el delegado del Gobierno de Madrid, José Manuel Franco, por supuesta prevaricación administrativa por no prohibir la manifestación del 8-M ante un posible riesgo de propagación del coronavirus. Con esta resolución, la Audiencia madrileña avala el auto de la titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, que el 12 de junio ya dio carpetazo a la causa al no ver indicios suficientes que justificaran mantener imputado a Franco por un delito de prevaricación administrativa.

Rodríguez-Medel señaló en ese auto que Franco no tuvo "un conocimiento cierto, objetivo y técnico del riesgo que para la salud de las personas entrañaba la realización de manifestaciones y concentraciones” entre el 5 y el 14 de marzo. En el escrito, la magistrada aclaró que se trataba de un archivo provisional y denegó la petición de la Abogacía del Estado de sobreseimiento libre, debido a que el delegado del Gobierno mantuvo una “permanente inactividad jurídica en relación con las concentraciones y manifestaciones y la covid-19”, que se tradujo en que “no prohibió ninguna concentración ni manifestación entre el 5 y el 14 de marzo en protección del derecho fundamental a la salud”.

Cuando se abrió la causa el pasado 23 de marzo —nueve días después de que el Gobierno decretara el estado de alarma— la instructora ya reconocía la dificultad de saber si la actitud de Franco “merece reproche penal” debido a “lo absolutamente excepcional de los hechos” y la falta de jurisprudencia. Pese a ello, decidió seguir adelante: “Resulta imprescindible incoar diligencias previas y practicar las diligencias que se dirán, a fin de clarificar si estamos o no ante hechos delictivos”, escribía Rodríguez-Medel.

La resolución —avalada este viernes por la Audiencia Provincial— incidía también en que el investigado “no recibió comunicación o instrucción sanitaria sobre este particular y tampoco la recabó de oficio de ninguna autoridad competente en el ámbito sanitario”, descartando así que los superiores de Franco en el Gobierno le empujaran a autorizar la marcha pese al riesgo sanitario. Rodríguez-Medel repetía esta idea a lo largo del auto y concluía en el mismo que “ninguna persona física o jurídica, pública o privada instó del delegado del Gobierno en Madrid a que prohibiera o restringiera de alguna forma la celebración de concentraciones o manifestaciones por razón de la covid-19”. “Si ese conocimiento lo tenían o no otras autoridades o instancias, no es objeto de este procedimiento”, señala la magistrada.

Los informes del forense también salían a colación en el escrito de la instructora. Basándose en ellos, la juez concluye que, “desde un punto de vista médico, no puede acreditarse la relación causa-efecto” entre asistir a las movilizaciones y haberse contagiado. Pero aprovechaba para añadir: “La aglomeración de personas supone incrementar el riesgo para la salud pública, pues las posibilidades de contagio de la covid-19 aumentan de no respetarse unas distancias mínimas”.

Las tres asociaciones personadas como acusación en el procedimiento (Unión de Oficiales, Asociación de Consumidores y Usuarios José María Mena y Asociación contra la Gestión del Coronavirus) recurrieron el archivo provisional de la causa.

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