La Audiencia Nacional rechaza el intento de Camps de apartar al magistrado De Prada de su causa
El ‘expresident’ valenciano puso en duda la imparcialidad del juez en el caso de la adjudicación a una empresa de la Gürtel del expositor de la Comunidad Valenciana en Fitur
La Audiencia Nacional ha rechazado el intento del expresident de la Generalitat Valenciana Francisco Camps de apartar al magistrado José Ricardo de Prada —uno de los firmantes de la sentencia del caso Gürtel— de la causa en la que él será juzgado por otra de las ramas de esa investigación.
En concreto, Camps presentó un incidente de recusación contra De Prada en el procedimiento relativo a la adjudicación a la empresa ...
La Audiencia Nacional ha rechazado el intento del expresident de la Generalitat Valenciana Francisco Camps de apartar al magistrado José Ricardo de Prada —uno de los firmantes de la sentencia del caso Gürtel— de la causa en la que él será juzgado por otra de las ramas de esa investigación.
En concreto, Camps presentó un incidente de recusación contra De Prada en el procedimiento relativo a la adjudicación a la empresa de la trama Gürtel Orange Market del expositor valenciano en la feria de turismo Fitur de Madrid en 2009, al considerar que existen “dudas más que razonables” sobre su imparcialidad por su presunta afinidad con el PSOE y Unidas Podemos.
Pero el instructor de este incidente en la Audiencia Nacional, José Antonio Mora, en un auto al que ha tenido acceso Efe, rechaza los argumentos esgrimidos por el expresidente valenciano y apunta que sus acusaciones “no pasan de ser meras suspicacias”, puesto que “no consta dicha relación personal del señor De Prada con alguna de las partes en el proceso”.
Camps exponía tres razones para apartar a De Prada, entre ellas su participación en el juicio de la primera etapa de la trama Gürtel, que se saldó con importantes condenas, con la certificación de que el PP se lucró de la trama y con un relato de hechos que daba por probada la existencia de una caja b en el partido.
La Audiencia desestima ese argumento y responde que “la expresión de un juez en resolución judicial escrita es el resultado de una valoración profesional” y “no puede pretenderse la recusación de un Juez por el mero hecho de tener criterio jurídico en una sentencia anterior, en relación a la cual no concurre ni identidad personal ni objetiva de los hechos enjuiciados, más allá de tratarse de hechos conexos enjuiciados en piezas separadas”.
Otro de los motivos se apoyaba en lo que los medios de comunicación publicaron sobre su candidatura al Consejo General del Poder Judicial a propuesta de PSOE e Unidas Podemos.
La Audiencia razona el sistema de elección de miembros del CGPJ está avalado por el TC y añade que Camps “palmariamente confunde el legítimo interés profesional de todos los participantes en dicho proceso de selección con el interés personal o político”.
Por último, el expresidente valenciano aducía que de Prada fue designado miembro externo de la comisión asesora para restablecer la justicia universal en 2018, ya con gobierno socialista. Tampoco ese argumento convence a la Audiencia, que entiende que “la pretensión del apoyo del magistrado a un determinado planteamiento de la justicia universal no guarda en modo alguno una relación directa o indirecta con los concretos postulados ideológicos que la sostienen”.