Una década de espías marroquíes en España

Cuatro sentencias de la Audiencia Nacional recogen informes del CNI que destapan maniobras de los servicios secretos de Rabat

Sede del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) en Madrid.GORKA LEJARCEGI

Los servicios secretos marroquíes llevan años desplegando una intensa actividad en España más allá de las sospechas, aún sin confirmar, que se ciernen ahora sobre ellos por el caso Pegasus, según revelan cuatro sentencias de la Audiencia Nacional de los últimos 10 años. Se trata de fallos en los que la just...

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Los servicios secretos marroquíes llevan años desplegando una intensa actividad en España más allá de las sospechas, aún sin confirmar, que se ciernen ahora sobre ellos por el caso Pegasus, según revelan cuatro sentencias de la Audiencia Nacional de los últimos 10 años. Se trata de fallos en los que la justicia española rechazó conceder la nacionalidad española a otros tantos marroquíes tras recibir informes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) en los que se alertaba de que los solicitantes habían espiado para Rabat.

Hasta 2013, los informes que remitía el CNI a la justicia para justificar su posición contraria a la concesión de una nacionalidad se limitaban a señalar que el solicitante era un peligro para la “seguridad nacional”. Sin embargo, cuatro sentencias dictadas por el Tribunal Supremo entre 2011 y 2013 concluyeron que era necesaria que los documentos que el servicio secreto remitía a la justicia explicitaran, aunque fuera de manera sucinta, los hechos concretos que le habían llevado a esa conclusión para no causar indefensión al ciudadano extranjero. Desde ese momento, el servicio secreto español se ha visto obligado a revelar datos de algunas de sus investigaciones. En 2016, por ejemplo, tuvo que revelar la existencia de una red de espionaje cubano para evitar que uno de sus integrantes consiguiera el pasaporte español.

El primer caso relacionado con los servicios secretos marroquíes es del 2 de julio de 2013. Ese día, la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional dictó un fallo por el que negaba la nacionalidad a un marroquí residente en Granada que la había solicitado cuatro años antes. En el sentido del fallo fue fundamental el informe del CNI, que acusaba este ciudadano de mantener “una relación muy estrecha” con un miembro de la Dirección General de Vigilancia del Terrorismo (DGST en sus siglas en francés, el servicio secreto interior de Marruecos) destinado en Tetuán. El documento recalcaba que este agente se desplaza “con mucha frecuencia a España” y que el solicitante de la nacionalidad le daba “cobertura” en sus actividades de espionaje.

El CNI añadía que, desde su vinculación con la DGST, el residente en Granada sufrió “un cambio en su comportamiento, pasando de ser una persona confiada a mostrarse cauto y reacio a dar detalles de sus actividades y contactos”. El informe, en el que también se destacaba su “relación muy estrecha con el consulado de Marruecos en Almería”, incidía en que, en 2010, este marroquí fue invitado a la Fiesta del Trono, “evento aprovechado por el régimen para invitar a algunas destacadas personalidades residentes en el extranjero por los servicios que prestan a Marruecos”.

Dos años después, en marzo de 2015, la Audiencia Nacional revelaba las actividades del espionaje de Rabat para confirmar la expulsión de España un marroquí residente en Barcelona. Según el fallo, este ciudadano era, desde el año 2000, un “colaborador muy relevante” de un servicio de inteligencia extranjero que no concretaba, para el que elaboraba “numerosos informes periódicos”. El CNI aseguraba que, “por mandato expreso” de este servicio, “ha favorecido la difusión de ideologías extremistas religiosas”, para lo que contaba “con una red de colaboradores y confidentes distribuidos por las cuatro provincias catalanas”. Incluso afirmaba que utilizaba “sus contactos y capacidad de movilización para generar conflictos sociales vinculando inmigración y religión.” El servicio secreto concluía que constituía “una amenaza contra la estabilidad” de España.

En enero de 2020, un fallo judicial detallaba el contenido de un informe del CNI para negar una nacionalidad española a un marroquí residente en Las Palmas. El documento afirmaba que este “estaba vinculado con la inteligencia exterior” de este país a través de un familiar que, entre junio de 2008 y julio de 2016, había sido el responsable en el consulado de Marruecos en Gran Canaria de la Dirección General de Estudios y Documentación (DGDE, el servicio de inteligencia exterior dependiente de las Fuerzas Armadas marroquíes). Durante esos ocho años, el sospechoso había realizado “distintas actividades en contra de los intereses” de España.

La última sentencia es del pasado 30 de septiembre. En ella, la Audiencia Nacional confirmaba la decisión de no conceder la nacionalidad a un ciudadano marroquí que había llegado a España en 2002 presentándose como un desertor del Ejército del país magrebí, por lo que entonces se le concedió la condición de asilado. El informe del CNI revelaba que, en 2013, el servicio de inteligencia de un tercer país se había dirigido a España para comunicar que esta persona era, en realidad, un agente de la DGST. Cinco años después, otro servicio de inteligencia extranjero también informó que lo investigaba por idéntico motivo.

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