Las defensas eluden confirmar si pedirán el indulto en el ‘caso ERE’
Pocos condenados afirman de manera pública que seguirán los pasos de Griñán, aunque el voto particular les abre el camino para recurrir en amparo ante el Constitucional, una vía que también agotará el expresidente de la Junta
Conocidas las razones jurídicas en las que los magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo apoyan la condena a 15 ex altos cargos de la Junta —entre ellos, dos expresidentes y cuatro exconsejeros― por el caso de los ERE, sus defensas optan por la cautela a la hora de confirmar cuáles serán los pasos que sigan a partir de ahora. Pocos abogados son los que, como en el caso de la familia del antiguo jefe del Gob...
Conocidas las razones jurídicas en las que los magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo apoyan la condena a 15 ex altos cargos de la Junta —entre ellos, dos expresidentes y cuatro exconsejeros― por el caso de los ERE, sus defensas optan por la cautela a la hora de confirmar cuáles serán los pasos que sigan a partir de ahora. Pocos abogados son los que, como en el caso de la familia del antiguo jefe del Gobierno andaluz, José Antonio Griñán, han seguido su ejemplo de contar públicamente su estrategia judicial. Ello a pesar de que el voto particular de dos de las juezas contra la opinión mayoritaria de sus compañeros, ha allanado el camino para presentar recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional por vulneración de derechos fundamentales.
Algunos de los condenados en la pieza política de los ERE aún no tienen claro o prefieren no desvelar que se vayan a sumarse a la petición de indulto que planteó la familia de Griñán antes de que se conociera el contenido de la sentencia. Las conclusiones de las magistradas en su voto particular ofrecen una base a la defensa del expresidente de la Junta y de quien fuera su viceconsejera de Economía y Hacienda, Carmen Martínez Aguayo, para que, de manera paralela a la medida de gracia, agoten la vía judicial y presenten un incidente de nulidad ante el Supremo y recurran en amparo después al Constitucional
El voto particular a la sentencia mayoritaria de la Sala Segunda del Supremo afirma que ni Griñán, ni su viceconsejera Carmen Martínez Aguayo, ni el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo, ni su viceconsejero, Jesús Rodríguez, ni Miguel Ángel Serrano, ex director general de la Agencia IDEA, deberían haber sido condenados por malversación por “haberse vulnerado el derecho fundamental a la presunción de inocencia”.
Las magistradas sostienen que los acusados son ajenos a la Consejería de Empleo, en donde ellas ubican los actos fraudulentos que determinan la existencia de ese delito, y “en ningún momento” se señalan “pruebas sólidas —más allá de meras especulaciones— que permitan acreditar que conocían de forma fehaciente que las ilegalidades prevaricadoras en que incurrían determinaban que otras personas estuvieran cometiendo los actos de menoscabo del patrimonio público propios del delito de malversación.
“Siendo lo cierto que ninguno de los cinco acusados referidos intervino en esos actos fraudulentos del tramo final de la ejecución del presupuesto, ni tampoco tuvo conocimiento de que estaban siendo realizados por autoridades y funcionarios de la Consejería de Empleo. A pesar de lo cual, y sin base probatoria para ello, se les condenó por delito de malversación en virtud de un supuesto dolo eventual que en ningún caso quedó acreditado”, concluyen.
Esa discrepancia sobre los hechos probados es la que impulsa al abogado de Griñán, José María Calero, a apelar al Constitucional. “El voto particular se refiere a una cuestión sobre la prueba de los hechos y nos parece muy relevante porque evidencia que en el tribunal colegiado ha habido dudas sobre la realidad de esos hechos”, explica. “Hay dos miembros del tribunal que dan por probado que no tuvieron conocimiento de irregularidades en esa fase final”, abunda. Primero presentará un incidente de nulidad ante el Tribunal Supremo para poder recurrir luego en amparo ante el Constitucional.
“Por su puesto que vamos a pedir el indulto”, subraya Víctor Moreno Catena, letrado de Aguayo, quien también quiere estudiar bien los más de mil folios de la sentencia del Supremo para concretar el recurso de amparo. “De una rápida lectura apreciamos que, por parte del Tribunal Supremo, se han vulnerado derechos en la sentencia y que incluso va mucho más allá en sus conclusiones que la Audiencia de Sevilla”, señala, apuntando a la parte del voto particular en la que las juezas denuncian que sus compañeros han llegado a una “desmesurada y desbordante conclusión”, para justificar la participación en la malversación de los responsables de las áreas de Economía e Innovación de la Junta.
Juan Carlos Alférez, de Constitución 23 Estudio de Litigación, que representa al ex director general de IDEA Jacinto Cañete, prefiere no desvelar si su defendido, absuelto de malversación en la Audiencia sevillana y condenado por prevaricación, se acogerá a la medida de gracia y tampoco confirma si recurrirá al Constitucional, aunque se infiere de su valoración de la sentencia del Supremo: “Respetando el sentir mayoritario de la Sala, un primer estudio de la Sentencia revela que el voto particular introduce un análisis jurídico de enorme talla, altura y brillantez que sin duda atisba una clara lesión al derecho fundamental a la presunción de inocencia de los cinco condenados a los que se refiere. La cuestión es de enorme relevancia y trascendencia constitucional y desde una perspectiva eminentemente jurídica, estimo que los eventuales recursos de amparos podrían tener altas probabilidades de ser estimados”.
Al margen de los antiguos altos cargos de la Junta para los que el voto particular pide su absolución por malversación, hay otros cinco dirigentes de la Administración andaluza a los que el Supremo mantiene las condenas por ese delito, si bien, en el caso de Juan Márquez Contreras, ex director general de Trabajo, el alto tribunal ha atendido a su petición de rebaja de la pena de cárcel de siete a tres años. Con todo, Márquez tendría que entrar en prisión y por eso su abogado, Manuel Pérez Cuajares, también está planteándose solicitar el indulto, según ha confirmado a este diario.
La defensa del expresidente Manuel Chaves, condenado a nueve meses de inhabilitación por prevaricación, está a la espera de analizar la sentencia en profundidad para determinar si solicitará el indulto, aunque su condena no implica la entrada en prisión. Mientras, su consejero de la Presidencia, Gaspar Zarrías, descarta esa opción: “No vamos a pedirlo porque no nos consideramos culpables de nada”, asegura su abogado Gonzalo Martínez, que sí agotará todos los recursos judiciales.
En manos de la Audiencia y del Constitucional
Las peticiones de indulto se presentarán a lo largo de la semana que viene. Aguayo presentará la suya el lunes o el martes. La Audiencia, que condenó en primera instancia a la cúpula de la Junta, determinará ahora si suspende la ejecución de la condena.
El Tribunal Constitucional también tiene potestad para acordar la suspensión de la ejecución de la pena en la tramitación de los recursos de amparo. La doctrina general, sin embargo, apunta a que esa decisión únicamente se adopta para penas inferiores a cinco años, un límite que superan la práctica mayoría de condenados a penas de cárcel por malversación. “En circunstancias excepcionales sí se ha acordado la suspensión con condenas superiores y este caso es excepcional y son esos precedentes los que vamos a invocar”, señala el abogado de Aguayo.