Un proyecto de ley amenaza la supervivencia de un centenar de grupos indígenas aislados en Brasil
El texto prevé que entidades privadas como compañías mineras o grupos evangelizadores puedan contactar con ellos con permiso del Gobierno en casos de “utilidad pública”
En Brasil hay aproximadamente 114 grupos indígenas ajenos al juego político de Brasilia. A sus aldeas, ubicadas en las profundidades de la Amazonia, no ha llegado la noticia sobre la aprobación del Proyecto de Ley 490/2007 por parte de la Comisión de Constitución y Justicia y Ciudadanía de la Cámara de los Diputados este martes. También desconocen el término “bancada ruralista”, que, junto con la base gubernamental, fue la re...
En Brasil hay aproximadamente 114 grupos indígenas ajenos al juego político de Brasilia. A sus aldeas, ubicadas en las profundidades de la Amazonia, no ha llegado la noticia sobre la aprobación del Proyecto de Ley 490/2007 por parte de la Comisión de Constitución y Justicia y Ciudadanía de la Cámara de los Diputados este martes. También desconocen el término “bancada ruralista”, que, junto con la base gubernamental, fue la responsable de sancionar la iniciativa, que representa un retroceso para los derechos de todos los pueblos originarios de Brasil. Aunque desconocen los trámites legislativos, para estos 114 grupos indígenas aislados la aprobación del proyecto de ley podría suponer su extinción, según expertos consultados por EL PAÍS. Estas comunidades, por voluntad propia, no tienen contacto con la sociedad desde hace siglos, aunque viven presionados por el avance de las empresas madereras, los mineros ilegales y la agroindustria. El texto tiene que aprobarlo el pleno de la Cámara antes de pasar al Senado.
La redacción del proyecto abre la posibilidad a que estos pueblos sean contactados contra su voluntad. “En el caso de los pueblos indígenas aislados, el Estado y la sociedad civil deben respetar absolutamente sus libertades y medios de vida tradicionales, y debe evitarse al máximo el contacto, salvo para prestar asistencia médica o intermediar una acción estatal de utilidad pública”, dice el texto, sin especificar qué sería esa “acción estatal de utilidad pública”. Juliana de Paula Batista, abogada del Instituto Socioambiental, explica el cambio: “La Constitución de 1988 garantiza a los indígenas sus usos y costumbres. Por eso, desde la redemocratización del país, la política con los pueblos aislados es la de no establecer contacto, ya que ellos eligen deliberadamente permanecer apartados”. Según Batista, “lo que hace el proyecto de ley es poner fin a esta política y prever contactos forzosos a través de un concepto abstracto y genérico como la ‘acción estatal de utilidad pública’, que puede abarcar cualquier cosa”.
Este contacto no deseado por parte de los pueblos aislados abre la puerta a su “genocidio”, señala Batista. Al vivir aislados, son comunidades sin memoria inmunológica, por lo que son susceptibles a cualquier tipo de enfermedad. “Son contactos muy arriesgados. Tenemos relatos históricos anteriores a la Constitución de 1988 de grupos que fueron diezmados por la gripe y otras epidemias menos de 48 horas después de ser contactados”, explica. Actualmente existe un protocolo sanitario específico y una normativa para acercarse a los grupos aislados, en caso de producirse un contacto accidental o si estos indígenas manifiestan su deseo de establecer contacto. “Esta aproximación sigue una serie de precauciones sanitarias y antropológicas y cuenta con un equipo multidisciplinar”, explica la abogada. Cualquier iniciativa de este tipo debe pasar por la Secretaría Especial de Salud Indígena del Ministerio de Sanidad.
Pero con la aprobación del proyecto de ley, el contacto podrían hacerlo “entidades privadas, nacionales o internacionales”, siempre que el Estado las contratara para ese fin. “Eso podría dar lugar a que el contacto lo establecieran instituciones sin experiencia. De esta forma, en teoría, un grupo evangélico radical interesado en evangelizar a estos grupos o una empresa minera que quiera explotar sus tierras podrían ser quienes se acercaran a los indios aislados”, dice Batista. Ya hay registros de misiones evangélicas que quieren catequizar a los indígenas y avanzar en el proyecto de urbanización de varias partes de la Amazonia.
En Perú, existe una legislación similar al Proyecto de Ley 490 que permite que empresas privadas entren en contacto con los indígenas aislados. El resultado es un coste humano muy elevado, que incluso a empujado a algunos indígenas peruanos a huir a la Amazonia brasileña, especialmente en la región del Estado de Acre. “Imagínese que Eletrobras, responsable de la central hidroeléctrica de Belo Monte, fuera la encargada de acercarse a los pueblos aislados. Sería desastroso”, dice Carolina Santana, abogada del Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas Aislados y Recién Contactados, que trabajó durante 10 años en la Fundación Nacional del Indígena. “No creo que un contacto forzado, que no se produzca por iniciativa de estos pueblos, les aporte ningún beneficio”, afirma.
El proyecto establece un marco jurídico temporal para demarcar las tierras indígenas. Los pueblos originarios tendrían que demostrar que ocupaban la región reclamada antes de la fecha de promulgación de la Constitución Federal de 1988, lo que representaría un problema para los pueblos aislados si se les contactara. “¿Cómo podría demostrarlo un indígena aislado? No tienen contacto con la sociedad nacional, ¿cómo podrían atestiguar su presencia en un lugar antes de 1988?”, cuestiona Batista.
El Supremo Tribunal Federal también podría rechazar este proyecto de ley. En las próximas semanas, analizará el caso de la demarcación de tierras del pueblo xokleng en el Estado de Santa Catarina, que también está relacionado con el problema del marco temporal y podría afectar al Proyecto de Ley 490, ya que la decisión se aplicaría a todos los casos similares. El magistrado Edson Fachin ya ha anunciado su voto a favor del pueblo xokleng.
El Proyecto de Ley 490 no es el primer precepto tramitado durante el Gobierno de Bolsonaro que debilita a los pueblos indígenas aislados. En julio de 2020, el presidente sancionó la Ley 14.021, que, en uno de sus artículos, permite la permanencia de misioneros en tierras de pueblos aislados, siempre que cuenten con la aprobación de equipos médicos. “Las misiones de carácter religioso que ya estén en las comunidades indígenas [aisladas] deberán ser evaluadas por el equipo sanitario responsable y podrán quedarse con la aprobación del médico responsable”, dice el texto. El Supremo Tribunal Federal debe analizar en breve una Acción Directa de Inconstitucionalidad presentada por la Articulación de Pueblos Indígenas de Brasil contra esta ley.
Suscríbase aquí a la newsletter de EL PAÍS América y reciba todas las claves informativas de la actualidad de la región.