La justicia permite reabrir los bares en el País Vasco al considerar que no suponen un riesgo grave
El Tribunal Superior de Justicia vasco considera que la actividad hostelera no es un elemento de peligro “cierto para la salud pública”, en contra del criterio del Gobierno de Urkullu
Los bares y restaurantes del País Vasco podrán reabrir desde mañana miércoles, pese a la orden del Gobierno vasco de cerrar estos locales en aquellos municipios con una alta incidencia de contagios de la covid-19. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha aceptado este martes la petición de las asociaciones de hostelería de suspender cautelarmente la medida, al entender la Sala de lo Contencioso-Administrativo que su actividad “no aparece en este mom...
Los bares y restaurantes del País Vasco podrán reabrir desde mañana miércoles, pese a la orden del Gobierno vasco de cerrar estos locales en aquellos municipios con una alta incidencia de contagios de la covid-19. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha aceptado este martes la petición de las asociaciones de hostelería de suspender cautelarmente la medida, al entender la Sala de lo Contencioso-Administrativo que su actividad “no aparece en este momento como un elemento de riesgo cierto y grave para la salud pública”, como defendía el Ejecutivo autónomo al ordenar el cierre.
La resolución judicial supone un revés para el Gobierno vasco, que entre sus medidas más restrictivas adoptadas a mediados de enero pasado incluyó la prohibición de abrir los bares y restaurantes en las localidades con una incidencia acumulada igual o superior a los 500 casos por cada 100.000 habitantes. En esta situación se encontraban 84 municipios, 46 de más de 5.000 habitantes (incluidas las capitales, Vitoria, Bilbao y San Sebastián), y 38 de menos de 5.000 vecinos.
Las tres asociaciones de hostelería de Bizkaia, Álava y Gipuzkoa presentaron ante el Tribunal Superior vasco un recurso contra el decreto del lehendakari, Iñigo Urkullu, aprobado el 10 de diciembre (y prorrogado el 22 de enero), que entre otras restricciones impedía la actividad hostelera en los municipios que se encuentran en alerta roja. La resolución adoptada este martes, tras recibir un día antes las alegaciones del Gobierno vasco, permite de forma cautelar reabrir los bares y restaurantes. El tribunal sostiene que con las limitaciones de aforo y con medidas sanitarias como el uso de mascarillas y la distancia social, la actividad hostelera “no parece un elemento de riesgo cierto y grave para la salud pública”.
El Ejecutivo vasco argumenta que a partir del pasado 27 de diciembre, en plenas Navidades, se produjo una escalada en la propagación del virus que ha llevado a una alta incidencia en la actualidad, por lo que estaba justificada la restricción impuesta a los establecimientos de la hostelería. El auto del tribunal concluye que “no aparece con claridad la influencia de la apertura de los establecimientos hosteleros con el elevado nivel de incidencia del virus tras la celebración de la Navidad”.
Nada más conocerse la decisión judicial, el portavoz del Gobierno vasco, Bingen Zupiria, ha asegurado que la resolución carece de “seguridad jurídica” para adoptar las medidas necesarias. Ha opinado que se abre de nuevo el debate sobre la “capacidad real” que tienen los poderes autonómicos para adoptar medidas para frenar la expansión de la pandemia. También ha querido precisar que el auto “no entra en el fondo de la cuestión”, que será algo que el tribunal deberá aclarar después.
Por la tarde, Zupiria ha convocado a los medios de comunicación para comunicar que los servicios jurídicos van a estudiar si recurren un auto judicial que “se respeta pero no se comparte”. El portavoz del Ejecutivo ha considerado “especialmente grave” que los jueces hayan entrado a valorar “cuestiones sanitarias” adoptadas por epidemiólogos, microbiólogos y responsables de salud pública que asesoran al lehendakari en la toma de decisiones para frenar la expansión del virus. “Esta resolución debilita las herramientas del Gobierno vasco para preservar la salud en una situación tan delicada y vulnerable como la actual”, ha dicho. Los servicios jurídicos van a estudiar el auto judicial y “su impacto o alteración en las competencias que Euskadi tiene para abordar el objetivo de lucha contra la pandemia”.
El tribunal señala que la apertura de los negocios no es “incondicional” y, por ello, hace constar que los hosteleros podrán atender a sus clientes respetando la limitación del 50% del aforo en el interior y la distancia de al menos un metro y medio entre las personas sentadas en sus mesas (no se puede consumir en barra o de pie), sin permitir los grupos de más de cuatro personas. Los bares y restaurantes pueden entregar sus pedidos hasta las 21.00 y tienen hasta las 22.00 para realizar el reparto de los encargos a los domicilios.
Los jueces tienen en cuenta que, con la orden que estaba en vigor, en los municipios donde la incidencia del coronavirus es muy alta y se encuentran en la zona roja el cierre de la actividad hostelera es “total”, por lo que “al carecer de ingresos se genera un grave quebranto económico”. “Es notorio y resulta muy difícil la reparación ante la realidad del cierre definitivo de un número no desdeñable de negocios, de forma tal que una posible indemnización futura, de producirse, no restablecería la situación fáctica actual”, señalan los tres magistrados.
El Gobierno de Urkullu tiene desde el miércoles cinco días de plazo para impugnar la resolución judicial. Esta es la tercera vez que los jueces echan atrás otras tantas decisiones tomadas por el lehendakari durante la pandemia. En agosto de 2020, el alto tribunal vasco suspendió la norma que obligaba a cerrar a la una y media de la madrugada los locales de ocio nocturno. Dos meses después, en octubre, la misma sala no autorizó la limitación a seis personas de los encuentros sociales en lugares públicos y privados al considerar que vulnera derechos fundamentales y no tiene cobertura legal. Esto llevó a Urkullu a solicitar al presidente del Gobierno que decretara un nuevo estado de alarma que diese cobertura jurídica a las restricciones de los Ejecutivos autonómicos.