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La Corte IDH rechaza la solicitud de Petro de ordenar al CNE cesar de investigarlo por la posible financiación ilegal de su campaña

El tribunal internacional considera que la autoridad electoral colombiana no restringe los derechos políticos del presidente, quien ha denunciado un supuesto ‘golpe blando’ en su contra

Gustavo Petro ondea la bandera de Colombia durante su cierre de campaña en Bogotá en 2022
Gustavo Petro ondea la bandera de Colombia durante su cierre de campaña en Bogotá, el 22 de mayo de 2022.Iván Valencia
Santiago Triana Sánchez

La narrativa del presidente de Colombia, Gustavo Petro, de un supuesto “golpe blando” contra él y su Gobierno ha recibido un revés significativo: la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a la que el mandatario acudió ante el anuncio del Consejo Nacional Electoral (CNE) de investigarlo por violar los topes financieros en su campaña presidencial, ha desestimado la petición. Según indica el tribunal internacional, la máxima autoridad electoral de Colombia no tiene potestad para inhabilitar o restringir los derechos políticos del jefe del Estado, ni de ningún funcionario que haya sido elegido por voto popular. En resumen, no representa una amenaza real para la continuidad del primer Gobierno de izquierdas de la Colombia contemporánea.

El presidente y su equipo jurídico enviaron la solicitud al tribunal en octubre pasado, días después del anuncio del CNE de investigar y formular cargos a la campaña presidencial del Pacto Histórico de 2022. Los señalados como presuntos responsables en la ponencia de la autoridad electoral fueron el propio Petro; el gerente de la campaña y actual presidente de Ecopetrol, Ricardo Roa; la tesorera, Lucy Aydée Mogollón; los auditores, María Lucy Soto y Juan Carlos Lemus; y los partidos Colombia Humana y Unión Patriótica (UP). Los abogados del mandatario argumentaron ante la Corte IDH que esa investigación limita implícitamente la competencia de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes como única instancia capacitada para investigar penalmente a un presidente. De esa manera, decían los juristas, se corría un “grave riesgo” de vulneración de los derechos políticos del mandatario y sus electores.

La investigación del CNE contra Petro, que el presidente ha incluido en los hechos que ha llamado un “golpe blando” en su contra, se basa en la omisión de varios aportes o gastos de la campaña en la primera vuelta electoral: el de Fecode, el sindicato de profesores, por 500 millones de pesos; el de la Unión Sindical Obrera (USO), por 379 millones de pesos; un préstamo solicitado por el partido Polo Democrático Alternativo por 500 millones de pesos; los pagos a testigos electorales que sumaron en total 921 millones de pesos; y los pagos al movimiento Colombia Humana por 500 millones de pesos. Aparte de eso, el CNE indicó que agremiaciones como las mencionadas Fecode y USO no tienen permitido hacer aportes monetarios a ninguna campaña política.

Para la segunda vuelta, el CNE también encontró varias irregularidades: la omisión del pago al Movistar Arena de Bogotá en el que se celebró el triunfo del 19 de junio de 2022 por 100 millones de pesos; y la ausencia de los reportes de pago a los testigos electorales (por 177 millones de pesos), de transporte aéreo (926 millones de pesos), a Colombia Humana (530 millones de pesos) y, de nuevo, aportes hechos por la USO (379 millones de pesos). En total, dice una autoridad electoral criticada hace décadas pro el origen partidista y político de sus miembros, las irregularidades de la campaña de Petro en ambas vueltas presidenciales sumadas llegan a un total de 5.355 millones de pesos (algo más de 1,2 millones de dólares).

La postura de la Corte IDH es particularmente significativa para Petro, quien ha acudido al sistema interamericano en otras ocasiones en busca de protección de sus derechos políticos. La más recordada de ellas fue cuando, en diciembre de 2013, el entonces procurador general, Alejandro Ordóñez, lo destituyó de su cargo como alcalde de Bogotá por haber incurrido en supuestas irregularidades en el sistema de recolección de basuras. Meses después, la Comisión Interamericana (un órgano del mismo sistema, que investiga los casos y sirve de filtro que determina cuáles llegan a la Corte) ordenó restituirlo de forma cautelar. Años más tarde, la Corte ratificó la decisión.

Esta vez, Petro no corrió con la misma suerte. No solo la Corte ha negado cualquier tipo de similitud entre los dos casos, sino que además indicó: “De la información aportada en esta solicitud de medidas provisionales no surge que el órgano administrativo en cuestión tenga la facultad de inhabilitar o restringir los derechos políticos de un funcionario electo popularmente”. En esencia, señala que mientras que la Procuraduría sí tenía la atribución de separar de su cargo a funcionarios elegidos por voto popular, y demás la había ejercido, el CNE ni siquiera tiene esa posibilidad.

Antes de la decisión de la Corte IDH, el Consejo de Estado ya le había pedido declarar improcedente la petición de Petro. En la opinión de ese alto Tribunal, con el que el presidente mantiene un fuerte choque, debía dársele al Estado colombiano la oportunidad de ocuparse de la controversia y de buscarle una solución antes de recurrir a los estrados internacionales. La más alta corte nacional en la materia, y quien estudiaría cualquier demanda judicial contra una decisión del CNE, señaló que la autoridad electoral abrió la investigación sobre los topes financieros en ejercicio de sus atribuciones legales y con “apego a la normativa constitucional”. El CNE, por su parte, argumentó que tiene facultades para investigar administrativamente a las campañas políticas y, con ellas, al candidato, quien “por ley” es responsable de la presentación de los informes de ingresos y gastos de su aspiración.

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Sobre la firma

Santiago Triana Sánchez
Periodista de EL PAÍS en la edición América Colombia. Ha pasado por la sección de Cultura y por la redacción del Diario AS, en Madrid. Es egresado de Periodismo de la Universidad Javeriana y Máster en la Escuela de Periodismo UAM-EL PAÍS.
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