El Ivex tendrá que pagar 1,8 millones a un banco por estafa
El Supremo considera al organismo responsable subsidiario del delito de su exdirector José María Tabares, que estuvo al frente del Ivex, fue condenado por estafa y falsedad
Las maltrechas arcas de la Generalitat recibieron ayer una mala noticia que viene de lejos. El Tribunal Supremo condenó al Instituto Valenciano de la Exportación (Ivex), dependiente del Gobierno autonómico, a hacer frente a una indemnización de 1,8 millones de euros a favor de la entidad belga KBC Bank. El motivo: la estafa cometida en los años noventa por el exdirector del Ivex José María Tabares contra distintos bancos internacionales. El Supremo considera, al contrario de lo que dictó en su día la Audiencia de Valencia, que el organismo público es responsable civil subsidiario de los desmanes de su exdirector y prófugo de la justicia.
El caso Ivex fue uno de los principales culebrones jurídicos de la pasada década en Valencia. Tabares representó el papel principal. Nombrado director por el expresidente Eduardo Zaplana, el directivo dimitió poco antes de que se estallara el escándalo. Fue denunciado por sus sucesores en el instituto por haber estafado cerca de seis millones de euros en una oscura operación de descuento de letras de cambio que tenían como origen, formalmente, facilitar la exportación de vehículos Ford a Túnez. Tabares fue condenado junto a un socio francés a cinco años de cárcel y a una millonaria multa en el año 2006.
Recurrió la sentencia en todas las instancias posibles. Tuvo que declarar por otros desmanes en los que incurrió su instituto, como el contrato con el cantante Julio Iglesias. Y cuando vio que su entrada en prisión era inevitable, desapareció. Distintas informaciones apuntaron repetidamente a que vivía en Japón, un país que no cuenta con tratado de extradición con España.
Desde la época de Zaplana y la temprana denuncia contra su exempleado, la Generalitat insistió en que Tabares engañó, entre otros, al propio Ivex, y que por tanto no existía responsabilidad alguna del instituto ni del Gobierno autónomico. El argumento fue acogido por el juzgado y por la Audiencia de Valencia, que resolvieron que no procedía declarar al instituto responsable civil subsidiario, dado que era desconocedor de las maniobras de su director y no se había acreditado que el organismo sacara provecho de los efectos del delito.
El Supremo enmienda ahora esa tesis al establecer que el hecho de que Tabares “se excediera de sus atribuciones no exime la responsabilidad civil del Ivex”; basta “la relación objetiva de dependencia entre el ente y su empleado autor de la acción delictiva para poner en manos del perjudicado la garantía que supone poder cobrar del primero en defecto de la garantía patrimonial del segundo”, según resumió el Supremo en una nota de prensa.
La sentencia que condenó a Tabares y a su socio Luc Marie Lagier indicó que ambos acordaron un sistema por el cual las sociedades tunecinas del empresario francés vendían productos al Ivex que posteriormente debía revendérselas a las firmas que el comerciante galo tenía en Europa. El Ivex, sin embargo, nunca cobró. Para tapar el agujero, Tabares emitió a nombre del instituto más de 30 letras de cambio que fueron presentadas a descuento ante los bancos. Las letras, que tampoco se pagaron, no generaron desconfianza al estar avaladas por el Ivex.
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