El Supremo anula el fallo que avaló los derribos de Tabacalera
El Alto Tribunal obliga a aceptar pruebas pedidas sobre la protección del conjunto El TSJ deberá dictar una nueva sentencia y pronunciarse también sobre la permuta
Las naves laterales del conjunto histórico de Tabacalera en Valencia ya no existen porque fueron derribadas por el Ayuntamiento, pero el conflicto judicial en torno a esa decisión se ha reabierto en los tribunales. La sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que avaló en 2010 los derribos de dos naves del antiguo edificio de Tabacalera ejecutados tres años antes. En el procedimiento debieron analizarse pruebas documentales que los magistrados no admitieron y esa documentación pedida en su momento por Salvem Tabacalera, contraria a la operación urbanística impulsada por la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, deberá estudiarse ahora para dictar una nueva sentencia sobre el caso.
El tribunal valenciano tendrá que pronunciarse tanto sobre la protección del conjunto de edificios de Tabacalera como el convenio urbanístico del Ayuntamiento con la constructora Guadalmedina, que la oposición al PP consideró un pelotazo en favor de la empresa inmobiliaria, que por medio de una permuta un edificio municipal y el suelo de las naves derribadas en Tabacalera.
El Alto Tribunal ha estimado varios de los motivos del recurso presentado por Salvem Tabacalera contra la sentencia del TSJCV que bendijo la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), de 30 de junio de 2006, que permitió derribar parte del antiguo edificio Tabacalera. El Supremo anula la resolución valenciana y obliga a retrotraer las actuaciones al momento de la entrega de documentación en la fase de pruebas del contencioso.
El fallo no entra a valorar la legalidad de las obras, del convenio o de la modificación del plan, sino que ordena admitir los informes solicitados por Salvem para que su análisis y valoración forme parte de una nueva sentencia.
La plataforma Salvem Tabacalera ha calificado de "positiva" la sentencia y ha asegurado que continuará "insistiendo" para que se reconstruya la parte derribada y así "poder dejar a las futuras generaciones este recuerdo de la joya más importante del patrimonio industrial valenciano".
El colectivo destaca que el Supremo "avala todos los planteamientos" que la asociación expuso en el recurso, "principalmente" que es necesarios "entrar a valorar el convenio urbanístico y la permuta", que Salvem tilda "de auténtica operación inmobiliaria".
Igualmente, defiende Salvem, se podrán aportar al procedimiento "las pruebas necesarias para concluir que la Tabacalera era el mejor referente del patrimonio industrial valenciano, que por una decisión arbitraria de Ayuntamiento y Generalitat fue demolida parcialmente, generando plusvalías privadas a la mercantil Guadalmedina que adquirió el edificio a Altadis, a pesar de estar protegido en su totalidad y con uso industrial y consiguiente pérdida de patrimonio público, monumental y económico de la ciudad de Valencia".
Salvem Tabacalera recuerda que surgió precisamente "con el único propósito de mantener la Tabacalera íntegra, para que una vez rehabilitada mantuviera el esplendor tal como fue concebida, con todas sus naves laterales y traseras".
Asimismo, lamenta que el proceso "ha causado también unas importantes pérdidas al erario público" y considera que la revisión del convenio urbanístico del Ayuntamiento con la constructora y Altadis así lo demostrará.
"Mutilación en toda regla"
El Grupo Municipal Socialista ha felicitado a la plataforma por la sentencia y ha resaltado que “el caso de la operación inmobiliaria de la Tabacalera es un claro ejemplo de expolio al patrimonio". El concejal Vicent Sarrià ha destacado que “nadie ha explicado, ni desde el Ayuntamiento ni desde la Generalitat, las poderosas razones por las que una vez que la mercantil Guadalmedina compra la Tabacalera a Altadis, se inicia un proceso inmobiliario y se abandona la idea de la protección” del complejo, con el resultado de “una mutilación en toda regla de un edificio emblemático” de la ciudad.
En su momento, los socialistas denunciaron la operación con Guadalmedina ante la Fiscalía Anticorrupción. El grupo municipal estimó que la permuta arrojó para la mercantil un beneficio que superaba los 120 millones de euros, ya que le permitía derribar un edificio municipal con vistas al Jardín del Turia para construir pisos y también le daba el suelo de las naves laterales de Tabacalera derribadas para su negocio inmobiliario. La Fiscalía no vio trato de favor a Guadalmedina.
Sarrià se ha felicitado de que el Tribunal Supremo “ponga las cosas en su sitio y obligue al TSJCV a entrar en el fondo de la cuestión” tanto del valor histórico y patrimonial de Tabacalera como el convenio urbanístico con la constructora del grupo Ballester.
Por su parte, el portavoz del grupo municipal de Esquerra Unida, Amadeu Sanchis, ha considerado “muy positivo” que el Tribunal Supremo haya decidido estimar el recurso de Salvem Tabacalera. EU se opuso “desde un principio” a la operación.
Para Sanchis, el fallo deja en evidencia que la modificación puntual del PGOU a las que se sometió a Tabacalera y el edificio municipal de la permuta “coincidían en los tiempos con las prisas e intereses de los promotores privados, en concreto, la mercantil Guadalmedina, a costa de la protección que la ley obligaba”.
El Ayuntamiento “debe proceder inmediatamente a aportar todas las nuevas pruebas que le sean solicitadas, ya que la sentencia del Tribunal Supremo deja claro que el conflicto jurisdiccional queda abierto pero que no se podrán ignorar ni las pruebas que se vayan a solicitar ni tampoco afirmar con qué partida presupuestaria ejecutará la sentencia en el caso de que prospere la demanda”, según ha declarado el concejal.
Por el contrario, para el vicealcalde del Ayuntamiento, Alfonso Grau, “lo que hace el Supremo es anular la sentencia del TSJ por razones exclusivamente formales y, por lo tanto, en ningún caso prejuzga un contenido desfavorable respecto a la legalidad de las actuaciones realizadas, tanto en lo que se refiere al convenio urbanístico como en lo que se refiere a las intervenciones sobre el edificio municipal de Tabacalera”.
Para Grau, tanto la asociación Salvem Tabacalera como la oposición confunden sus pretensiones y sus deseos con la realidad de la sentencia. “La sentencia del Tribunal Supremo se refiere única y exclusivamente a que por parte del TSJ se admitan los documentos que en su día fueron rechazados y que se valoren, sin entrar a prejuzgar en ningún caso la legalidad de las actuaciones realizadas”.
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