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Marcial Dorado, condenado a seis años por blanqueo

La Audiencia Nacional le impone una multa de 21 millones por lavar dinero del narcotráfico desde los años ochenta La sentencia es histórica por el valor de la fortuna intervenida

Marcial Dorado, durante el juicio en la Audiencia Nacional.
Marcial Dorado, durante el juicio en la Audiencia Nacional.EFE

Casi siete meses después de celebrarse el juicio, la Sección Primera de la Audiencia Nacional notificó ayer la condena impuesta al narcotraficante Marcial Dorado Baúlde de seis años y un día de prisión y multa de 21,5 millones de euros por el delito de blanqueo (nueve menos de los que pedía la Fiscalía) y le absuelve de los delitos contra la Hacienda Pública y violación de secretos.

El fallo —que aplica a los condenados la atenuante de dilaciones indebidas— supone el mayor varapalo judicial de la historia del narcotráfico gallego por el valor del patrimonio y del dinero intervenido, que fue localizado en cuentas bancarias de Suiza, Islas Vírgenes Británicas, Panamá, Belice, Liechtenstein, Portugal y Bahamas y que supera los 20 millones de euros. Todos los esfuerzos de la defensa y los acusados por demostrar durante los dos meses de juicio que la enorme fortuna intervenida a Dorado procedía del contrabando de tabaco desde los años noventa fueron alegatos inútiles para la Sala, que además de desmontar esta versión de los hechos ordenó el decomiso de todos sus bienes, incluido su chalé de A Illa de Arousa. Los bienes figuran a nombre de nueve sociedades extranjeras y 19 españolas.

También la Sala condena por blanqueo a Otilia Ramos, la pareja de Marcial Dorado, y a su hija y letrada María Dorado, al también abogado de Madrid Félix Pancorbo, al gestor Eduardo Macho Pedrosa, a José Miguel Trias Rovira y a Ángel Ríos Pérez, a la pena de tres años, dos meses y un día de prisión y multa 21,5 millones de euros a cada uno. El tribunal acordó absolver a sus hijos Marcial y Lidia Dorado Fariña, acusados de beneficiarse de lotería premiada; a la abogada María Stampa Rodríguez; al aduanero Eugenio Fontenla Vázquez; y a los presuntos testaferros María Isabel Comesaña Mancebo y Alberto Toledo Gutiérrez. Por último, el fallo del tribunal, presidido por Manuela Fernández Prado y compuesto por Javier Martínez Lázaro (ponente) y Nicolás Poveda Peñas, condenó al guardia civil José Manuel Sánchez Zabala y a su mujer, ambos arrepentidos en esta causa, pero les rebaja la pena a un año y seis meses de prisión, imponiéndoles la misma multa que al resto de los condenados.

Dorado, al que el fallo considera el jefe de una organización criminal para el blanqueo, está cumpliendo una condena de 10 años por narcotráfico. Su leyenda como contrabandista volvió a saltar a la actualidad hace año y medio al revelar este periódico la estrecha amistad que mantuvo en la década de los noventa con el actual presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, entonces alto cargo del Gobierno de Manuel Fraga.

En noviembre de 2005 Dorado fue condenado por cohecho a dos años y cinco meses de prisión y multa de 50.000 euros. Un año antes el Ministerio Público de la Confederación Helvética (MPC) inició una investigación contra él por blanqueo de dinero como consecuencia de las denuncias de los bancos UBS SA y Ferrier Lullin, un capítulo que ha sido primordial en este proceso y con el que la defensa trató de demostrar que los fondos suizos procedían de la actividad “legal” de Dorado como tabaquero. La sentencia de la Audiencia Nacional recoge que el tribunal helvético concluyó que las actividades de Vicenzo Liparulo, un gestor de fortunas que se ocupaba de administrar los capitales de Dorado en Suiza, permitió al narcotraficante arousano ocultar la procedencia de al menos 1.700 millones de pesetas entre junio de 1998 y 2003. Aquel sumario en Suiza determinó la absolución de Liparulo porque no se probó que el origen de los fondos proviniese del narcotráfico —las pesquisas solo pusieron de manifiesto que Dorado fue en aquellos años un importante traficante de cigarrillos—, pero el fallo de la Audiencia destaca su “origen oscuro”.

“El principal problema que se plantea desde el punto de vista probatorio”, dice la Sala, “es la determinación de si esas ingentes cantidades de dinero introducidas en España, en su mayor parte desde Suiza, de origen (…) oscuro, provienen del narcotráfico” (…) pero “son en parte coincidentes”. Y añade que “los hechos que se juzgan se remontan a muchos años antes, cuando Marcial Dorado comenzó a acumular su fortuna a finales de los años ochenta y principio de los años noventa del siglo pasado, hace 25 años. Obviamente, el tiempo transcurrido plantea importantes obstáculos probatorios”, y aunque “es cierto que tenía en España una actividad empresarial en ningún momento ha podido justificarse que los ingresos de las cuentas suizas procediesen de dicha actividad”.

“No hay ingresos de otras empresas o que se correspondan a actividades o negocios concretos, aunque [Dorado] manifestó que provenían de lo que denominó duty free o comercio libre del tabaco, en el juicio oral, modificando así su declaración ante el juez instructor en la que declaró que sus ingresos provenían del contrabando de tabaco, pero no hay constancia de que proceda de dicha actividad”, señala el fallo, que dedica 102 folios solo a razonamientos jurídicos y otros muchos a describir ampliamente cada una de las sociedades y operaciones financieras del grupo de Dorado en España, Portugal y Marruecos.

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