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La exconcejala socialista en Ourense Áurea Soto, absuelta de prevaricación

El juez no encuentra pruebas del delito que le atribuyó un promotor con intereses en la zona del campus universitario

La exedil socialista de Ourense Áurea Soto, en los juzgados en 2014.
La exedil socialista de Ourense Áurea Soto, en los juzgados en 2014.NACHO GÓMEZ

La exconcejala socialista de Urbanismo entre los años 2007 y 2015, Áurea Soto, ha sido absuelta, junto con un técnico municipal, del delito de prevaricación por proponer a la junta de gobierno local, en el año 2011, la licencia de ocupación de la residencia universitaria del campus ourensano cuando la mayoría de las obras de urbanización no se habían ejecutado.

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El juez adscrito a los tribunales penales de Ourense, Ricardo Pailos, sostiene en su sentencia que no se ha probado que Soto encargase al técnico municipal un informe favorable a la concesión de las licencias urbanísticas ni que ello supusiese que la propuesta, en caso de ser aprobada por la junta de gobierno, concediese “una patente contravención de la normativa urbanística”. La resolución también niega que la exconcejala retardase intencionadamente la incoación de los expedientes de reposición de legalidad urbanística. La exedil y el técnico fueron demandados por la promotora Casas Orense con intereses en la zona del campus ourensano.

La sentencia -contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial- precisa que la concesión de las licencias de ocupación y apertura no fue ajustada a la legalidad, al no haberse realizado antes las obras de urbanización del entorno de la residencia universitaria, pero subraya que “esa contravención de la legalidad urbanística no puede llevar a concluir que la conducta de los acusados sea constitutiva de los graves delitos cuya comisión les imputa la acusación particular”, la promotora con intereses en esa zona.

El juez adscrito al Penal 1 destaca que el criterio aplicado por los investigados había sido utilizado en ocasiones anteriores por el personal del Ayuntamiento de Ourense. “Nos encontramos ante una cuestión interpretativa de la norma que debe quedar al margen del derecho penal”, destaca el juez. Considera además que concurrían “las circunstancias que justificaban la aplicación de dicho criterio”, como la imposibilidad de realizar las obras de urbanización a las que se había supeditado la concesión de licencia por causa no imputable; la prestación de fianza, aval o ingreso en metálico para garantizar su realización y el cumplimiento de los trámites y requisitos exigidos.

La sentencia recoge que los acusados, “en el ejercicio de sus respectivos cargos y responsabilidades, consideraron que la ausencia de realización de las obras de urbanización, circunstancia de la que eran plenamente conscientes, no le era imputable a la promotora de la residencia universitaria”.

El equipamiento universitario estuvo cerrado desde 2013 hasta 2016 por orden de un juez contencioso que anuló la licencia. Soto y el técnico, para quienes el ministerio público pedía la absolución, fueron acusados por una promotora que reclamaba para ambos un año de prisión e inhabilitaciones. Durante el juicio, la exconcejala defendió su actuación y acusó a la promotora de mentir instando a la justicia a que actuase al respecto. Aseguró entonces Soto que, no hacerlo supondría que en Ourense “se puede intimidar y extorsionar a un concejal y a un gobierno a través de la mentira y utilizando la justicia”.

Esta es la segunda ocasión en la que la justicia absuelve a Soto de un delito de prevaricación urbanística. En enero de 2016, una juez la absolvió de la acusación registrada en 2011 por el grupo municipal Democracia Ourensana en relación en aquella ocasión con la concesión de licencia a los edificios de la Plaza de San Antonio y el aparcamiento subterráneo. El grupo político acabó retirándose de la acusación que mantuvieron la Fiscalía y la hija de un empresario local. Soto advirtió entonces que el objetivo de la querella era forzar su salida de la política municipal, como así hizo al ser procesada en cumplimiento del código ético del PSOE.

La exedil acusó en 2016 al juez decano de Ourense, Leonardo Álvarez, de prevaricar para procesarla y acabar con su carrera política. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia denegó el procesamiento del magistrado.

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