Venezuela rechaza la extradición del supuesto triple asesino de Usera
El Tribunal Supremo de Venezuela alega que no se puede entregar a un ciudadano nacional para que sea juzgado en un país extranjero
Dahud Hanid Ortiz, de 48 años y supuesto autor del triple asesinato ocurrido el 22 de junio de 2016 en el distrito madrileño de Usera, no será juzgado en España. Al menos de momento. El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela ha denegado la orden de extradición cursada por el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado García. Según la sentencia a la que ha tenido acceso EL PAÍS, el Alto Tribunal alega que Hanid posee la nacionalidad venezolana y estadounidense, por lo que no puede ser entregado a las autoridades españolas para ser procesado.
El juez de instrucción cursó una orden de solicitud de extradición perfectamente motivada con los delitos de los que se le acusa a Hanid: tres asesinatos y un delito de incendios. Y le expuso los hechos que supuestamente cometió. Según este relato, el 22 de junio de 2016, sobre las 14.30 entró en el despacho del abogado Víctor Joel Salas Cobeña, situado en el número 40 de la calle de Marcelo Usera. El hombre preguntó por el letrado, que no estaba en ese momento. Pidió entonces que se le localizara porque tenía un negocio que le podía reportar un beneficio de un millón de dólares.
El varón se metió en el cuarto de baño y acto seguido se dirigió contra la compañera de despacho de Salas, la abogada Elisa Consuegra Gálvez y la seccionó el cuello con un machete. También le clavó un objeto punzante en el pecho. Después, cogió una barra de hierro y propinó "diversos y fuertes golpes en la cabeza a la otra empleada" del despacho, Maritza Osorio Riverón, a la que también mató. El supuesto autor esperó a las cinco de la tarde para ver si llegaba Salas. El que sí subió al despacho fue un cliente suyo, el ecuatoriano Pepe Castillo Vega. Acudía al despacho para recoger la documentación de un juicio que había ganado para que le concedieran la tarjeta de residencia a su esposa. Según el relato del juez, el hombre se dirigió hacia él. "Con el mismo objeto con el que había matado a Maritza, le propinó fuertes golpes en la cabeza, produciéndole la muerte", añade el escrito.
El autor provocó un incendio en el despacho "con la clara intención de destruir las pruebas que pudieran quedar en el lugar de los hechos". El fuego se extendió por toda la oficina "con claro riesgo para todos los ocupantes del edificio donde se encontraba el despacho". Instantes después, el autor salió del despacho sin que fuera identificado por nadie. Eso sí, las investigaciones del Grupo V de Homicidios y de la instrucción practicada "permiten atribuir la autoría de los referidos hechos a Dahud Hanid Ortiz", concluye el juez.
El hallazgo de una botella de agua de la marca Volvic, de origen francés y con la etiqueta verde puso a los agentes de Homicidios tras la pista de Hanid. Dentro llevaba combustible (supuestamente gasolina). El letrado la identificó como la que acostumbraba a beber la expareja de Hanid, con la que el abogado había iniciado una relación sentimental. Esta fue la que motivó los celos del militar estadounidense y su viaje a Madrid para, presuntamente, matarlo. La localización de un móvil de prepago en los alrededores del despacho de Salas y el testimonio de su supuesto compinche permitieron su identificación.
El supuesto autor huyó a Alemania, donde residía tras haber sido destinado por el Ejército de Estados Unidos (EEUU) antes de ser expulsado. Cuando las autoridades españolas intentaron detenerlo en el país germano, Hanid se fugó a Colombia y, desde allí gracias al pasaporte venezolano que le entregó su hermana, ingresó en su país natal.
La policía venezolana detuvo a Hanid a las 16.30 del 13 de octubre de 2018 en el municipio de Chacao, en el estado de Miranda. El juez ordenó su ingreso en prisión provisional mientras se recibía toda la documentación por parte de las autoridades consulares españolas y se remitía el caso a la sala de casación penal del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. Esta sala celebró una vista oral el pasado 25 de febrero.
El fiscal pidió que se declara improcedente la extradición del supuesto asesino al tener la nacionalidad venezolana y no constarle a las autoridades encargadas del registro civil que hubiera renunciado a la misma. Eso sí, solicitaba que fuera juzgado en ese país por los cuatro delitos (tres asesinatos y el de incendio) por los que era acusado. Su defensa se adhirió a ambas peticiones.
La magistrada ponente del fallo, Elsa Janeth Gómez Moreno, hace un repaso a las leyes procesales venezolanas y al tratado de extradición firmado con España el 4 de enero de 1989. Estos recogen que para entregar a un país extranjero es necesario que los delitos hayan sido cometidos en ese país (en este caso España), que estén tipificados en su código penal y en el venezolano, que no haya prescrito la acción, que no se trate de crímenes políticos o de delitos a los que se aplique la pena de muerte. Todos estos hechos se dan en el caso de Hanid, ya que ni ha sido juzgado en España ni han prescrito los delitos por los que se le persigue.
Sin embargo, la juez se detiene en el principio de no entrega a otros países de los ciudadanos venezolanos, como ocurre con el supuesto asesino: "De los datos filiatorios consignados, queda demostrado que el ciudadano Dahud Hanid Ortiz es de nacionalidad venezolana, nacido en el distrito Capital y titular de la cédula de identidad número 6.338.807".
"El principio de no entrega de nacionales se basa principalmente en la idea de que conceder la entrega de un venezolano sería sacrificar el deber de protección del Estado para sus súbditos (que es a su vez un derecho de éstos) y sustraerlos de sus jueces naturales", destaca la sentencia, citando un fallo de la propia sala de 21 de octubre de 2009.
La sala de casación penal concluye que es "improcedente" la extradición de Hanid y ordena que se le enjuicie en Venezuela. Para ello, se cursará una petición al titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid para que remita todo lo actuado e investigado, de forma que se pueda abrir un procedimiento penal en su país. En el fallo no consta que se pueda recurrir ante el propio tribunal o ante una estancia superior (Tribunal Constitucional), como ocurre en los fallos y en los autos españoles.
La acusación particular recurrirá el fallo
Víctor Joel Salas, el dueño del despacho en el que se produjo el triple asesinato y el posterior incendio, ha anunciado que recurrirá la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela ante el Tribuna Constitucional. El letrado asegura en declaraciones a EL PAÍS que se está vulnerando el principio de territorialidad, por el que los delitos deben ser enjuiciados en el lugar en el que se cometieron, en este caso, en España.
Salas considera que la sentencia del Alto Tribunal no garantiza que el supuesto asesino sea juzgado con todas las garantías y que sea condenado por los cuatro crímenes. Espera que el Tribunal Constitucional revoque la decisión venezolana y al final pueda ser extraditado a Madrid. Aquí sería juzgado por un tribunal con jurado, al tratarse de un delito contra la vida de las personas. Podría suponer una condena de unos 65 años de prisión, según consta en el escrito presentado por el juez instructor.
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