La justicia confirma que la SGAE abusó de su posición de dominio en el mercado musical
La Audiencia Provincial de Barcelona ratifica el fallo que condenó a la entidad por dificultar la salida total o parcial de cientos de socios, a raíz de la demanda de Unison, una empresa privada que pretendía competir en la gestión de los derechos de autor
La SGAE presume de ser la “casa de los autores”. Es decir, un hogar abierto a cualquier creador, que promete al que desee entrar cuidado, cariño y gestión eficaz de los derechos. Otra cosa, sin embargo, es que luego uno tuviera libertad para marcharse: la Audiencia Provincial de Barcelona, en una sentencia del 16 de febrero a la que tuvo acceso EL PAÍS, confirma que la entidad dificultó la salida total o parcial de cientos de músicos. La decisión ratifica el fallo de primera instancia, de julio de 2022, que consideró demostrado que la SGAE abusó de su posición dominante en el mercado en el per...
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La SGAE presume de ser la “casa de los autores”. Es decir, un hogar abierto a cualquier creador, que promete al que desee entrar cuidado, cariño y gestión eficaz de los derechos. Otra cosa, sin embargo, es que luego uno tuviera libertad para marcharse: la Audiencia Provincial de Barcelona, en una sentencia del 16 de febrero a la que tuvo acceso EL PAÍS, confirma que la entidad dificultó la salida total o parcial de cientos de músicos. La decisión ratifica el fallo de primera instancia, de julio de 2022, que consideró demostrado que la SGAE abusó de su posición dominante en el mercado en el periodo entre 2016 y 2020. Además, condena a la entidad a pagar los daños causados a Unison, el primer operador privado que intentó acabar con este monopolio de facto y que terminó acudiendo a los tribunales para denunciar las “prácticas anticompetitivas” de su rival.
“Al menos hasta la modificación de los Estatutos en 2020, los titulares de derechos vieron limitada la cesión, revocación o retirada parcial de sus derechos al estar obligados a hacerlo de acuerdo con la categorización que de forma unilateral imponía la SGAE”, se lee en la sentencia, contra la que cabe recurso de casación. “La SGAE incurrió en abuso de posición de domino al limitar el derecho de sus asociados a darse de baja total o parcialmente”, agrega el fallo. El tribunal acepta los argumentos de Unison: la mezcla poco homogénea de derechos muy distintos entre sí en el mismo contrato o acuerdo impedía a los músicos decidir con libertad sobre su obra. Dicho de otra forma, cada creador debería poder establecer si quiere que, por ejemplo, SGAE vigile y recaude por el uso de su obra en televisión o radio mientras que Unison gestiona su difusión en internet, o en el directo. Así no fue, según la sentencia: la “paquetización” impidió a los autores mover un derecho concreto de una entidad a otra sin que eso afectara a otros.
La propia sentencia se detiene en el contexto de esos años, que considera relevante para el proceso. Por un lado, “es de general conocimiento y así lo admite la SGAE que en 2019 sufrió una grave crisis interna, ya superada, que dio lugar a un cambio en los órganos de dirección y a un expediente de vigilancia del Ministerio de Cultura”. Por otro, la inédita introducción por parte del Gobierno de cierta liberalización en el mercado del derecho de autor —donde la SGAE había ejercido hasta entonces un monopolio de facto ante la falta de alternativas, según el fallo— motivó el intento de Unison, nacida en 2014, de dar un paso al frente.
“306 socios de derechos musicales solicitaron la baja de la SGAE en 2019, con efectos a 1 de enero de 2020. De las bajas solicitadas 298 fueron totales y 8 parciales”, se lee en el fallo. La SGAE, según la sentencia, “afirma que fueron concedidas sin problemas, si bien los titulares finalmente las revocaron”. Unison, en cambio, considera que todos ellos renunciaron precisamente ante la dificultad de sacar sus derechos de la entidad, y por eso denuncia también el lucro cesante de los autores que habría contratado si la SGAE no los hubiera retenido. El tribunal confirma que a Unison le corresponde, en efecto, una compensación por el daño sufrido. Establece, eso sí, recalcularla, ya que acepta al menos uno de los argumentos de la SGAE: unos pocos socios, en concreto los editores musicales Warner Chappell Music Spain, SAU y Peermusic Española, SAU, sí revocaron voluntariamente su posible marcha, tanto que hoy ocupan puestos directivos en la entidad. Y, en todo caso, nunca mostraron una clara intención de irse a Unison.
La compañía alude en varias ocasiones, para reforzar sus argumentos, a un expediente sancionador con el que la Comisión Nacional de la Competencia condenó la SGAE a pagar 2,95 millones precisamente por abusar entre 2016 y 2018 de su posición de dominio en la gestión y explotación de derechos de propiedad intelectual. Sin embargo, la Audiencia Nacional anuló en enero la multa, algo que la SGAE se apresuró a alegar en este proceso. Pero el tribunal de Barcelona no considera que eso invalide de alguna manera el juicio ni tampoco modifica sus convicciones.
En un comunicado, Unison informa de que ya ha iniciado los trámites para la cuantificación y liquidación de los “daños” causados por la SGAE. La compañía sostiene que la justicia “corrobora que la SGAE impidió la salida masiva de clientes, sirviéndose de una serie de prácticas anticompetitivas”. Y que se “distorsionó” de una “manera grave” la competencia en la gestión de derechos de propiedad intelectual en un “momento clave e histórico de liberalización, impidiendo la entrada y desarrollo de Unison como nuevo operador”. Fuentes de la SGAE, contactadas por este diario, responden: “Hemos solicitado a la Audiencia de Barcelona que complemente (es decir, que aclare y precise) la sentencia, ya que, aunque estima parcialmente nuestro recurso, no queda reflejado en el fallo. Cuando se produzca, será el momento de analizar”. Y añaden: “SGAE completó las modificaciones estatutarias exigidas por la ley en el año 2020, por lo que desde entonces no realiza, directa o indirectamente, las conductas infractoras antes señaladas”.
Frente a ello, Unison recuerda: “En enero de 2022 la CNMC decidió abrir un segundo expediente sancionador contra SGAE, de nuevo por abuso de posición dominante en sus tarifas de televisión y radio, así como por licenciar su repertorio con carácter pretendidamente universal. Unison ya ha iniciado los trámites para la reclamación de los daños y perjuicios causados por este segundo expediente, que está pendiente de resolución por la CNMC”. O, dicho como lo harían muchas obras culturales: continuará.