Eufemiano Fuentes, entre la “sentencia ejemplar” y la absolución
El médico canario junto con su hermana Yolanda, el extrenador Ignacio Labarta y los exdirectores Manolo Saiz y Vicente Belda se enfrentan a penas de entre dos y dos años y medio de prisión por delitos contra la salud pública
El debate entre la sanción ejemplar y la absolución preside las horas previas al anuncio de la sentencia de la Operación Puerto antidopaje, cuyo juicio sentó en el banquillo por delito contra la salud pública a los doctores Eufemiano Fuentes y su hermana Yolanda, el exentrenador Ignacio Labarta y los exdirectores Manolo Saiz y Vicente Belda.
Aunque la juez Julia Patricia Santamaría escuchó peticiones de "sentencia ejemplar" que ayude a limpiar la imagen del deporte español por parte de la acusación, tampoco faltaron las de "libre absolución" de las defensas, si bien la mayoría de las solicitudes se centraron en mantener dos años de prisión e inhabilitación.
La Fiscalía y la Abogacía del Estado mantuvieron en sus conclusiones la petición de penas para los cinco acusados en el juicio, es decir, dos años de prisión en el caso del Ministerio Público y de dos años y medio en el de los servicios jurídicos del Estado, que contempló la agravante de precio. La representante del Estado consideró que Fuentes debe responder "como autor" del delito contra la salud pública, mientras que los otros cuatro lo deben hacer "como cooperadores necesarios".
La magistrada tendrá que estudiar la petición de deducir testimonio contra seis ciclistas españoles
En la fase de conclusiones definitivas solo la Federación Española de Ciclismo (RFEC) modificó la pena de prisión solicitada para los acusados, al rebajar de dos años a un año y un día de cárcel para la médico Yolanda Fuentes y los exdirectores deportivos Vicente Belda y Manolo Saiz.
Esta acusación mantuvo la petición de dos años para los otros dos acusados, el médico Eufemiano Fuentes y el entrenador José Ignacio Labarta. La AMA fue la acusación que solicitó las penas más duras para los principales protagonistas del juicio. Mantuvo los dos años para todos ellos, pero la representante de dicho organismo elevó de cinco a ocho años y tres meses la pena de inhabilitación por un delito continuado contra la salud pública con la agravante de precio.
También la Unión Ciclista Internacional (UCI) y el Comité Olímpico Italiano (CONI) elevaron a definitivas sus conclusiones, aunque esta última acusación, además de por el delito contra la salud pública, acusó a los procesados de fraude fiscal, estafa y asociación ilícita.
Estos tres últimos delitos no fueron admitidos ni por el juez que instruyó el caso ni por la magistrada que presidió la vista, por lo que el CONI presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. La AMA, el CONI y la RFEC reiteraron la petición de las bolsas de sangre incautadas por la Guardia Civil en los registros.
Por su parte, el abogado Juan Carlos Peribañez, que ejerció la acusación en nombre del exciclista Jesús Manzano solicitó una sentencia condenatoria para los "responsables de planificar y organizar de manera sistemática la medicación de deportistas con los fines de rendimiento deportivo y beneficio económico".
La juez también deberá pronunciarse sobre la petición de la mayoría de las acusaciones -la Fiscalía, la Abogacía del Estado, la AMA, la UCI, la RFEC, el CONI y el exciclista Jesús Manzano- de que entregue las bolsas de sangre intervenidas a las autoridades antidopaje.
Y la magistrada también tendrá que estudiar la petición de algunas de las acusaciones -como la UCI o la AMA- de deducir testimonio contra seis ciclistas españoles que declararon como testigos en el juicio para investigarles por falsedad y la que, en el mismo sentido, ha hecho el abogado de Yolanda Fuentes contra el exciclista Jesús Manzano.
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