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El fiscal recurre por “ilógica” la absolución de Sandro Rosell por blanqueo de capitales

La acusación pública considera que el tribunal valoró las pruebas de manera incorrecta

El expresidente del Fútbol Club Barcelona Sandro Rosell, a su llegada a la Audiencia Nacional para comparecer en el juicio que se sigue contra él el pasado mes de marzo.
El expresidente del Fútbol Club Barcelona Sandro Rosell, a su llegada a la Audiencia Nacional para comparecer en el juicio que se sigue contra él el pasado mes de marzo. Javier Lizón (Efe)
Fernando J. Pérez

La Fiscalía ha presentado este jueves un recurso contra la sentencia de la Audiencia Nacional por la que el expresidente del FC Barcelona, Sandro Rosell, y otras cinco personas fueron absueltas de delitos de blanqueo de capitales y organización criminal en relación con supuestas comisiones por los derechos audiovisuales de 24 partidos amistosos de la selección brasileña de fútbol y el contrato de esponsorización con Nike de la canarinha. El ministerio público considera que el tribunal que enjuició los hechos, y que acabó exculpando al antiguo mandatario culé, valoró erróneamente las pruebas del juicio y solicita a la Sala de Apelación de la Audiencia que ordene repetir la vista oral con otros tres magistrados.

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Rosell y su socio Joan Besolí pasaron 21 meses en prisión provisional por esta causa antes de ser absueltos el pasado 24 de abril. Se trata de uno de los periodos de privación cautelar de libertad más prolongados que se tienen constancia para unas personas que luego han sido declaradas inocentes. La Fiscalía de la Audiencia Nacional reclamaba para el expresidente azulgrana en el juicio seis años de cárcel, después de haber solicitado inicialmente una pena de 11 años.

En su recurso, el fiscal considera que el fallo absolutorio de Rosell y sus compañeros de banquillo estaba incorrectamente motivado, y dice que la absolución solo procede cuando existen “dudas razonables” sobre la autoría del delito, no cuando hay “cualquier clase de duda”. En este caso, el ministerio público considera que “la falta de lógica económica” en los negocios de Rosell debía llevar a una sentencia condenatoria. Rosell estaba acusado de encabezar una compleja red de sociedades que supuestamente permitió a Ricardo Terra Teixeira, presidente de la Confederación Brasileña de Fútbol entre 1989 y 2012, embolsarse 19,9 millones de euros en comisiones ilegales.

“Los hechos que se dan por probados en la sentencia relatan una serie de negocios absolutamente irregulares y carentes de sentido”, señala la Fiscalía en una nota remitida este jueves. El ministerio público habla de “contratos en fechas correlativas a la constitución de las empresas que los firman, dinero que va y viene sin sentido por cuentas de personas que no intervienen en dichos negocios, vuelta del dinero a su origen”, entre otras supuestas irregularidades. La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Nacional señalaba que estos negocios son lícitos. “La inferencia lógica es considerar que dichos negocios, lejos de ser lícitos, lo que pretenden es blanquear el dinero ilícitamente obtenido”, afirma la nota.

“La acusación pública no encuentra lógico dar por probado que se crearon sociedades pantalla en paraísos fiscales, se simularon contratos, se efectuaron numerosas transferencias en Andorra con personas cercanas y sin causa, para concluir que se trate de negocios lícitos”, recoge el documento.

Una de las principales discrepancias de la Fiscalía con la sentencia de primera instancia es el hecho de que esta no percibía la existencia del requisito de un “delito antecedente” que hubiera generado los beneficios económicos que se pretendían blanquear. “Ha existido un elemento normativo del delito de blanqueo, es decir, una actividad delictiva cometida en Brasil, de la que la acusación aportó prueba suficiente, aunque no haya habido condena previa”, sostiene el ministerio público.

La fiscalía valora que los magistrados, en la sentencia, consideraban “razonable” que la policía y la Guardia Civil, y la juez Carmen Lamela, entonces en la Audiencia Nacional, iniciaran una investigación sobre Rosell al llegarles desde Estados Unidos la noticia de que hay personas que han recibido sobornos y tener constancia de movimientos de capitales sospechosos. También apreciaban como “razonable” la hipótesis acusatoria por blanqueo y organización criminal.

Rosell y Besolí permanecieron en prisión provisional 643 días, un plazo casi rayano con el máximo legal ordinario de dos años y que duplica ampliamente la estancia media en este régimen, que es de 298 días, según fuentes de Instituciones Penitenciarias. La fiscalía, según la nota, “valora la utilidad de la prisión provisional acordada durante el procedimiento al cumplir la finalidad de garantizar la presencia de dos de los acusados de los que se podía temer un riesgo de fuga”.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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