El nuevo lamento prohibirá molestar
Con la reunión de ayer, celebrada en la Dirección General de Seguridad, en la que se trataron los artículos referidos a los espectadores y parte de los que se dedican a la presidencia, la reforma del reglamento ha entrado. en su fase más polémica. Hay modificaciones aparentemente sin importancia, pero que en la práctica, podrían tener una enorme proyección. Entre ellas, a la serie de especificaciones por las cuales puede ser puesto un espectador a disposición de la autoridad -tirar almohadillas, hacerle perrerías al toro, insultar, etcétera- se ha añadido sutilmente: ... y, en general, que cometa cualquier acción que moleste al público o a los lidiadores.
Por ejemplo, protestar. Dirán que no, que la protesta no está de ningún modo prohibida, pero nos sobreviene la sospecha, de que, con este añadido, se va a por nucleos de afición- intransigente -la andanada 8 de Madrid, la naya de Valencia y otras parecidas-, de cuyas ruidosas e influenciadoras manifestaciones suele decir el taurinismo con rara unanimidad que molestan al público y sobre todo a los toreros. Y a los presidentes también molestan. « ¡Dimisión! » y « El palco está vacío!» son frases patentadas por la andanada, vocea das con impunidad hasta ahora, pero que podrían suponer contra vención del reglamento a partir de la modificación. La ambigüedad de la misma es peligrosa y está su jet,a a impugnación, puesto que puede convertir en delito la simple exposición de un criterio técnico, que es un derecho que le asiste al espectador y al aficionado, aunque lo haga a la voz (que, por otra parte, es procedimiento honesto y el único conocido en los toros).
En lo que respecta a los asesores, a partir de la entrada en vigor del nuevo reglamento se considerarán vacantes todos estos puestos. A continuación, las organizaciones profesionales taurinas propondrán una tema por coso y los aficionados. que lo deseen, por propia iniciativa, podrán solicitar el cargo. El gobernador civil de cada provincia, a la vista de las propuestas (y dando preferencia a los toreros retirados) designará los nuevos asesores.
En el artículo 67 no se habla de banderillas negras, sino de banderillas de castigo (cuyas características se determinarán más adelante) y entre las causas para que un toro no reciba las tres puyas reglamentarias se incluye «la poca fuerza de la res», con lo que el reglamento da carta de naturaleza al toro flojo, que, por definición, es antirreglamentario. He aquí una chapuza más entre tanto absurdo.
Se perfila, de este momento, un texto legal regresivo que no afronta los graves problemas técnicos del espectáculo en la actualidad, sino que los legaliza. Y a todo esto, aún queda por decidir si el. cambio de tercio se hará cuando lo ordene el presidente o cuando quiera el espada, pues en la reunión de ayer quedó aplazada la cuestión. Mal cariz toma el reglamento, que por la reforma va al estropicio. Los aficionados verdaderos algo tendrán que decir de este jugueteo.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.