Acuerdo unánime sobre la regulación del derecho de reunión y manifestación
La Constitución reconocerá el derecho de reunión pacífica y sin armas, que no necesitará autorización previa, y para las manifestaciones establecerá la comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan «fundadas razones de alteración del orden público, con peligro para personas o cosas». Así fue aprobado ayer, al final de la sesión de la Comisión Constitucional, por unanimidad, regresando al consenso puesto en peligro la jornada anterior, reanudado en la mañana de ayer y de nuevo roto en el tema del control parlamentario de los Medios de Comunicación Social del Estado.
El primer tema planteado a propósito del apartado primero del artículo veinte del anteproyecto, fue defendido por Rodolfo Guerra, del Grupo Socialistes de Catalunya. Propuso suprimir la reducción del derecho de reunión a los «españoles». Para el señor Guerra, los 36 millones de turistas que, según él, nos visitan cada año no deben quedar excluidos de un derecho como el de reunión.Por Alianza Popular, Antonio Carro advirtió que tal pretensión era incongruente con lo que establecen otros preceptos ya aprobados de la Constitución, como el artículo doce, en el que se dice que «solamente los españoles serán titulares de derechos políticos».
Sin embargo, una pausa en el debate dio ocasión a la presentación de una enmienda conjunta, en la que colaboraron UCD y el proponente de la enmienda, y que mereció la aprobación unánime.
En el debate del apartado segundo, Gregorio Peces-Barba defendió el voto particular socialista, por el que se intentaba una regulación detallada del derecho de reunión y manifestación. El argumento esgrimido por el señor Peces-Barba fue que este derecho debe tener como única fuente la Constitución y no remitirse a la ley, como pretendía el texto del anteproyecto. Señaló la conveniencia de tasar con precisión el procedimiento a seguir para el ejercicio del derecho, sin dejar a la autoridad gubernativa posibilidades de decidir discrecionalmente. Reconoció que en el fondo de la propuesta subyacía una desconfianza hacia el modo como había ejercido la autoridad franquista sus atribuciones, pero añadió que las garantías que se querían constitucionalizar no lo serían sólo para los socialistas, sino para todos.
El debate se convirtió en una polémica entre José Luis Meilán (UCD) y Gregorio Peces-Barba (PSOE), en la que se utilizaron argumentos de derecho comparado, de carácter doctrinal y de exhibición mutua de erudición sobre la materia. La propuesta de Jordi Solé Turá, en nombre de su compañero del Grupo Comunista, Fernando Soto, encaminada a sustituir el término autorización por el de comunicación, dio origen a lo que el propio señor Solé calificó de «diálogo de sordos» con el señor Meilán.
El tema se zanjó como en tantas ocasiones, mediante la negociación entre los grupos durante una pausa, fruto de la cual se halló una fórmula que obtuvo la unanimidad final de la jornada.
Sin tema legislativo sobre el que discutir, los miembros de la Comisión se enzarzaron entonces en una larga discusión sobre el programa de trabajo de la próxima semana, sobre el que fue imposible lograr el consenso.
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