La polícia impidió a los periodistas fotografiar a "Billy el Niño"
Antonio González Pacheco, conocido por Billy eI Niño, miembro destacado de la policía política del franquismo y, posteriormente, ayudante del comisario Conesa en la Brigada Especial de Operaciones, declaró ayer como testigo, a instancias de los abogados de la acusación particular, ante el juez que instruye el sumario por la matanza de Atocha.
El anuncio de la declaración del policía González Pacheco había producido expectación después de no haber acudido a declarar en dos ocasiones anteriores, alegando razones de servicio, y de la resistencia reiterada de dicho funcionario a presentarse ante la autoridad judicial en diligencias incoadas en años anteriores por querellas interpuestas contra él por presuntos malos tratos. En esta ocasión el juez instructor envió la citación al testigo con suficiente antelación para que, en caso de que previera algún servicio el día de la declaración, pudiera ser sustituido de acuerdo con la decisión de sus superiores.El testigo se presentó en el juzgado con hora y media de retraso sobre la hora fijada para la declaración, que era las 9.30 de la mañana. Aparentemente sereno y fresco en el comienzo del interrogatorio, el testigo finalizó su declaración, que se prolongó durante dos horas y media, sudando abundantemente.
Completamente vestido de azul: traje azul claro de verano, camisa de rayas azules y blancas y corbata azul, el testigo tenía al término de la declaración abundantes manchas de sudor en su traje. Llevaba gruesas gafas de miope y una melena larga que casi cubría sus hombros.
Antes de la hora fijada para la declaración, los alrededores del juzgado habían sido tomados por numerosos periodistas, sobre todo fotógrafos, dispuestos a aprovechar una de las raras ocasiones en que podían fotografiar a González Pacheco. Sin embargo, el aparato policial puesto al servicio de González Pacheco frustró los intentos de los fotógrafos, utilizando métodos expeditivos y la astucia.
Poco después de las 9.30 llegó en un Seat-124 un grupo de policías, entre los que parecía que se encontraba, a juicio de los periodistas, González Pacheco, aunque ésta apreciación resultó ser falsa. Los fotógrafos comenzaron a disparar sus máquinas, si bien los policías lo impidieron con frases de amenaza y hasta con la detención de algunos de ellos, concretamente de dos redactores, uno gráfico y otro literario, del diario Informaciones. Los dos fueron llevados a la Dirección General de Seguridad, se les confiscó el carrete de película y fueron puestos en libertad tras ser fichados.
Posteriormente, a las doce de la mañana, un comisario de policía obligó a los periodistas que cumplían su deber profesional a abandonar la calle, por orden del director de la Seguridad del Estado, Alberto Salazar Simpson. Cuando poco después de la 1.30, González Pacheco salió de declarar, las inmediaciones del juzgado estaban vacías de periodistas y fotógrafos. La Federación de Información de UGT hizo público más tarde un comunicado de protesta por la detención de los dos periodistas de Informaciones y, al mismo tiempo, de solidaridad con los profesionales que «mantuvieron hasta el límite de lo posible el derecho a que la información sobre la declaración del testigo fuera conocida por la opinión pública».
Presuntas relaciones con los ultraderechistas procesados
Mientras se producían estos hechos, González Pacheco lograba entrar en el juzgado a las once de la mañana, por una puerta lateral del mismo. Los abogados de la acusación particular protestaron por lo que calificaron de « desconsideración reiterada» del testigo, que venía a confirmar su retraso. El testigo argumentó que no sabía la hora exacta de la citación (la providencia de citación señalaba las 9.30 de la mañana) y que había estado dando vueltas alrededor del juzgado por razones de seguridad.
El interrogatorio, amplio y detallado, se centró sobre las presuntas relaciones del testigo con algunos de los procesados por la matanza de Atocha, tanto antes como después de la detención de los mismos en una operación policial dirigida por el actual jefe superior de Policía de Madrid, Francisco de Asís Pastor. Al parecer, el testigo negó cualquier relación y conocimiento con los procesados, a pesar de que se le planteaban en las preguntas datos concretos de lugares y fechas.
Al término de la declaración, algunos abogados de la acusación particular dieron algunos datos sobre el desarrollo del interrogatorio. «Ha aportado datos que confirman nuestras sospechas de que los autores del crimen no eran un grupo aislado», declaró José María Mohedano. Por su parte, Jaime Sartorius manifestó: «Ha declarado con un nerviosismo tremendo. Tanto que el traje azul que vestía estaba sudado hasta la cintura. »
Beneficiado por la amnistía
Antonio González Pacheco, Billy el Niño, tiene un amplio dossier de diligencias judiciales por querellas por presuntos malos tratos interpuestas contra él en los últimos años del franquismo. En 1974 fue condenado, junto a otros tres policías, por el Juzgado Municipal número 19, de Madrid, por una falta de malos tratos y otra de coacciones al estudiante Francisco Lobatón, hechos ocurridos en la facultad de Ciencias Políticas de Madrid. Fue condenado a dos pequeñas multas. Por otra parte, González Pacheco se benefició de la ley de Amnistía promulgada por el Parlamento democrático en octubre de 1977. Desde 1973 tenía pendiente una querella por lesiones, que tardaron en curar noventa días, y por malos tratos a Enrique Aguilar Benítez de Lugo, detenido a raíz de la muerte de un inspector de policía durante una manifestación celebrada el 1 de mayo de 1973 en las cercanías de la plaza madrileña de Antón Martín. El juez instructor, el entonces titular del Juzgado de Instrucción número 7, de Madrid, concluyó seis veces el sumario y otras tantas veces fue revocado por la Audiencia Provincial por faltar la declaración del querellado. Este compareció ante el juez poco antes de que fuera promulgada la ley de Amnistía, que también se extendió a «los delitos y faltas que pudieran haber cometido las autoridades, funcionarios y agentes del orden público con motivo u ocasión de la investigación y persecución de los actos Incluidos en esta ley».
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