La crueldad con los animales entra en el Código Penal
«Los que maltrataren cruelmente a los animales, con ofensa de los sentimientos de los presentes, serán castigados con la pena de multa de diez a sesenta días», según establece el artículo 675 del nuevo Código Penal, remitido por el Gobierno a las Cortes.Esta nueva falta penal, inexistente en el código vigente, no incide, sin embargo, en las corridas de toros, ya que -afirma la memoria que acompaña al proyecto del nuevo código- «la llamada fiesta nacional no queda en absoluto afectada por esta infracción, puesto que la asistencia voluntaria y aun entusiasta de los espectadores excluyen cualquier ofensa a sus sentimientos».
Como justificación del citado artículo, informa Europa Press, la memoria dice: «No parecen necesarias muchas palabras para justificar esta contravención, de clara raigambre progresista.»
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