Reducción de las incompatibilidades para los médicos y gradualismo en su entrada en vigor
Los médicos y el personal sanitario de la Administración podrán compatibilizar dos puestos de trabajo, uno hospitalario y otro extrahospitalario, o dos extrahospitalarios, siempre que no lo impidan los horarios o las demás circunstancias objetivas, según una enmienda al artículo del proyecto de ley de presupuestos generales del Estado sobre incompatibilidades del personal sanitario.Esta enmienda, que fue dada a conocer ayer por fuentes del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social, supone no sólo una ampliación de las compatibilidades, sino también un gradualismo en la entrada en vigor de las disposiciones. La enmienda estima en tres años el período necesario de transitoriedad para evitar que la aplicación de las incompatibilidades produzca un vacío de asistencia sanitaria. Las vacantes a que diera lugar la aplicación de la nueva ley se cubrirán obligatoriamente en un 20% de las mismas el primer año; en un 30%, el segundo, y en un 50%, el tercero.
Cuando la compatibilidad prevista por la enmienda se refiera a dos puestos de carácter no hospitalario, éstos deberán corresponder a centros dependientes de distintas administraciones públicas, Seguridad Social, empresas estatales u otras del sector público, incluyéndose en este apartado los centros asistenciales concertados.
La remuneración por desempeño del segundo puesto de trabajo consistirá en una cantidad equivalente a un porcentaje del 75% del sueldo base o inicial, a percibir en concepto de gratificación, sin devengo de pagas extraordinarias y ningún otro concepto retributivo, a excepción del grado correspondiente a dicho puesto de trabajo, en el caso de que existiera. La enmienda, según fuentes de Sanidad, sólo pretende racionalizar la aplicacion del principio de incompatibilidades.
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