La ponencia del Senado propone escasas modificaciones de fondo a la ley de Divorcio
La ponencia del Senado encargada de informar el proyecto de ley de Divorcio terminó ayer sus trabajos. En su informe, la ponencia propondrá escasos cambios importantes sobre el fondo de la ley, aunque sí numerosos retoques técnicos. Tampoco se han producido grandes desacuerdos entre los dos grupos que formaban la ponencia: centristas y socialistas. No obstante, estos últimos se oponen a la recuperación de la llamada «cláusula de dureza» -facultades del juez para denegar el divorcio- y aún no se han pronunciado sobre el nuevo texto que UCD ha presentado para la disposición adicional sexta, que regula el procedimiento de divorcio y separación por mutuo acuerdo.
Este nuevo texto ha sufrido menos modificaciones de lo que en principio proyectaba UCD (véase EL PAIS de ayer). En este sentido, la nueva redacción, aparte de precisiones y perfeccionamientos técnicos, sólo sufre dos alteraciones de fondo. Por una parte se faculta al juez para que, cuando existan hijos menores o incapacitados, pueda ordenar una investigación mediante pruebas, pero sólo a los efectos de que el convenio que regula la separación o el divorcio ampare suficientemente a los hijos.La segunda modificación importante es la introducida en el último párrafo de la disposición adicional, por la que se exige que en el procedimiento de mutuo acuerdo «será preceptiva la intervención de abogado y procurador», aunque ambos cónyuges podrán valerse de una sola defensa y representación.
Esta exigencia, según fuentes del Senado, es fruto de activas gestiones corporativas de los abogados profesionales. Tanto los senadores de UCD como los del PSOE, según fuentes consultadas de ambos grupos, están de acuerdo en la inclusión de esta exigencia, que en el texto aprobado por el Congreso no figuraba.
En resumen, el procedimiento de separación o divorcio por mutuo acuerdo sería el siguiente: los cónyuges deberán formular su petición por escrito, acompañada de la certificación de la inscripción en el Registro Civil del matrimonio, y de los hijos si los hay, así como la resolución del juez estimatoria de la demanda de separación, o cualquier otro documento que acredite el derecho al divorcio de los peticionarios.
En el plazo de cinco días desde la presentación, «el juez convocará a los cónyuges e intentará la reconciliación». Si ésta no se obtiene, de nuevo el juez requerirá a las partes, esta vez para que se ratifiquen por separado en la petición, en plazo de tres días. El juez admitirá la petición, o la denegará si faltan los documentos requeridos, dando un plazo de diez días para entregarlos.
Si existen hijos menores o incapacitados, el juez dará audiencia al fiscal, y en su caso a los hijos, sobre el convenio regulador relativo a éstos. Si considera que tal convenio no ampara suficientemente a los hijos, en un plazo de cinco días pedirá a las partes y al fiscal un nuevo texto, y acordará que le propongan los medios de prueba de que intenten valerse para su aprobación.
Practicada esta prueba, en plazo de diez días el juez podrá ordenar la práctica de cualquiera otra que considere necesaria. Concluido el período probatorio, el caso quedará visto para sentencia, que deberá ser dictada en plazo de cinco días.
Cláusula de dureza
También por iniciativa de UCD, y con la oposición del PSOE, la ponencia ha recuperado el artículo 87, tal como estaba su texto cuando fue suprimido en el Congreso. Según este artículo, cuando el divorcio se funde en el cese efectivo de la convivencia conyugal, durante cinco años, o por seis meses si es libremente consentido, el juez podrá denegarlo si se acredita que causa perjuicio extraordinario para los hijos o el otro cónyuge.
Asimismo los socialistas se opusieron al mantenimiento en la ley del matrimonio secreto, por considerar que es una figura arcaica. Los ponentes del PSOE también proponen que se cambie la alusión a «las normas del derecho canónico», que reconoce legalmente el procedimiento de la religión católica, por otra a la «forma religiosa», que se refiere a todas las religiones en general. Ambas cosas se mantienen en el proyecto con los votos favorables de UCD.
En cambio, los ponentes fueron unánimes en su postura de rechazar todas las enmiendas de Vicente Bosque Hita y Carlos Pinilla, independientes conservadores; del centrista Carlos Calatayud y del independiente de izquierda Pedro Portabella. Todas estas propuestas de modificación, según los ponentes, rompen completamente con los principios inspiradores de la ley, que ambos grupos desean mantener en términos generales.
La ponencia también ha introducido algunas modificaciones de menor importancia, la mayoría de ellas técnicas. Así, en el artículo 52 se ha introducido que el alcalde, a falta del juez encargado del Registro Civil o el delegado, podrá autorizar el matrimonio del que se halle en peligro de muerte. En el texto del Congreso se aludía sólo al encargado del Registro Civil.
El ministro de Justicia, Francisco Fernández Ordóñez, declaró ayer a nuestra corresponsal Mar¡ Carmen Raneda que sobre el tema del divorcio prefiere no opinar, y que ha optado por no acudir a las sesiones de la Cámara alta: «Que el Senado actúe. Luego nosotros estudiaremos los cambios introducidos, porque en definitiva la última palabra la tiene el Congreso de los Diputados, que con su votación ya mostró cuál era su parecer».
El ministro añadió que, no obstante, tiene la impresión «de que se está reconduciendo el tema de las enmiendas del Senado. Hay que comprender que se trata de una ley que ha sido totalmente asumida por la sociedad española, que, como se ha visto, se ha desgarrado por esta ley».
Propuestas de veto a la cuenta del Estado de 1976
La Comisión de Presupuestos del Senado rechazó ayer dos propuestas de veto contra el proyecto de ley de aprobación de la Cuenta General del Estado de 1977. Los vetos habían sido presentados por el independiente Ramiro Cercós y el grupo Cataluña, Democracia y Socialismo, y fueron rechazados con los votos de UCD.
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