Los policías pueden manifestarse, según una sentencia del Tribunal Supremo
La Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha anulado el acuerdo del gobernador civil de Madrid de 14 de abril de 1980, que prohibió la manifestación pública organizada y promovida para ocho días después por la Unión Sindical de Policías (USP). La sentencia declara que no existió impedimento legal para la celebración de tal acto público y condena a la Administración a aceptar dicha declaración.Para la prohibición de dicha manifestación se alegó que los funcionarios del Cuerpo Superior de Policía no pueden estar presentes en reuniones o manifestaciones como meros asistentes, por considerarse en servicio permanente y tener el deber de portar su arma.
El Supremo considera que ese motivo se traduce llanamente en privar a estos ciudadanos peculiares de un derecho fundamental. Si así fuera, los policías no podrían realizar otros actos que, estando francos de servicio y depositando previamente el arma en las dependencias policiales, pueden realizar, tales como votar -acción en la que se prohípbe ir armado-, salir al extranjero, comparecer como testigos ante jueces y tribunales, y otros.
Si los ciudadanos pueden expresar su conformidad con ciertas situaciones de hecho y de derecho a través del pacífico ejercicio del derecho de manifestación, haciendo llegar a la opinión pública su criterio y concienciándola de los problemas peculiares que les afectan, no cabe apreciar que sean ilegales los fines propuestos y eslóganes escritos y verbales, y la concreta petición de rehabilitación de policías arrestados o sanciones. «El ejercicio del derecho de libertad sindical de los policías es un hecho incontrovertible».
Otro de los motivos alegados para prohibir la manifestación era su anuncio a través de la Prensa. El Supremo considera que también esta causa alegada es rechazable, puesto que se fundamenta en el derogado artículo 16 del Fuero de los Españoles, y no se ha demostrado que la USP facilitara la noticia aparecida en la Prensa sobre la comunicación presentada por dicho sindicato.
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