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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Bronceadores cancerígenos

Desde hace algún tiempo los compuestos derivados del psoraleno vienen utilizándose en algunos países europeos como ingredientes de cremas bronceadoras, dada su capacidad para absorber luz e incrementar la pigmentación durante algunos días después de su uso tópico. Sin embargo, estudios realizados con estas sustancias han demostrado que la posible ventaja de un ligero incremento de la pigmentación como respuesta a la luz ultravioleta es insignificante si se compara con la capacidad carcinogénica del psoraleno (el famoso factor de protección de las cremas solares) y sus derivados: el 5-metoxipsoraleno (5MOP), publicado en la prestigiosa revista científica Nature por un grupo de investigadores canadienses. Estos compuestos poseen unas tremendas propiedades mutagénicas y clastogénicas. Concretamente el 5-MOP, el más empleado en perfumería, obtenido a partir del aceite del citrus bergamia, más conocido como aceite de bergamota, produce efectos letales en células de háinster o en fibroblastos humanos en cultivo, entre otras, cuando se utiliza unas concentraciones de 40 microgramos de 5-MOP por milímetro.Las concentraciones de 5-MOP presentes en las preparaciones de perfumería europeas (no así en las de EE UU, cuyo uso está prohibido) varían entre 12 y 50 mierogramos por mililitro, con lo que el baño molecular que verosímilmente se produce en la piel humana antes de la formación de melanina (pigmento de la piel) sobrepasa cualquier posible beneficio.

Como nota de atención, cabe mencionar el desafortunado intento de tratar a pacientes que sufren la enfermedad conocida como xeroderma pigmentosum con 8-MOP. El resultado fue un incremento del cáncer de piel en estas personas.

Así, ante la profunda transformación de la industria farmacéutica anunciada por el ministro de Sanidad, Ernest Lluch, y la aprobación de una ley de Defensa del Consumidor por las Cortes, pensamos que debería revisarse la utilización de estos productos con fines meramente estéticos, ya que constituyen un riesgo innecesario, máxime si se tiene en cuenta que la población en riesgo también incluye a aquellos bañistas que comparten piscinas públicas, utilizadas por uisuarios o consumidores habituales.de este tipo de cremas solares.-

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