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EL DINERO DEL MERCADO COMÚN

Del Plan Badajoz a la sopa de letras

F. M.España, país históricamente caracterizado por las graves desigualdades regionales, descubrió muy tarde las políticas específicas para corregir estas diferencias, por otra parte agudizadas en la década desarrollista de los sesenta. Aunque los primeros pasos datan de la ley de 7 de abril de 1952 para el Plan Badajoz y de la del 17 de julio de 1953 para el Plan Jaén, basados ambos en la transformación en regadío, colonización agraria y creación de industrias agroalimentarias, la política regional no se inicia hasta el I Plan de Desarrollo, de 1963.

Desde entonces, a pesar de la novedad que representaban dentro de la política económica española los mecanismos de desarrollo regional, ha llovido mucho en lo que se refiere a la creación de instrumentos de apoyo, subvenciones, ventajas fiscales y otras preferencias para las actividades en las regiones más desfavorecidas. En poco más de 20 años se ha generado una auténtica sopa de letras para canalizar las ayudas que, inevitablemente, con el ingreso en la CEE, han de desaparecer para unificarse.

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Por ello el Gobierno ha preparado una ley de incentivos regionales, actualmente pendiente de su aprobación por el Senado, para readaptar los mecanismos. de ayuda regional a la nueva realidad comunitaria. Las tres patas nacionales de la política regional se completarán con la estructuración definitiva de la financiación de las autonomías (Fondo de Compensación Interterritorial) y las sociedades de desarrollo regional. La CEE pondrá la cuarta.

Los instrumentos regionales se han convertido en un rompecabezas escasamente eficaz. Primero fue el polo de desarrollo, cuyo ejemplo vivo está en Oviedo, extendido después (1973) a zonas geográficamente más amplias con la figura jurídica de las grandes áreas de expansión industrial. A la vez, sobre la ley de Industrias de Interés Preferente, de 2 de diciembre de 1963, se fundamentaría una amplia panoplia de incentivos que pervive hasta hoy: zonas de preferente localización industrial (ZPLI), zonas de preferente localización industrial minera (ZPLIM), zonas de preferente localización industrial agraria (ZPLIA) y polígonos de preferente localización industrial. También otra ley de finales de 1963 creó los centros y zonas de interés turístico nacional.

En los años setenta aparecen las zonas de protección artesana y, mediante la ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 1973, las zonas de ordenación de explotaciones agrarias (ZOEA). Las sociedades de desarrollo industrial, las conocidas SODI, la primera creada en Galicia en 1973, eran la versión española de las sociedades mixtas ya ensayadas en Francia e Italia. Por último, el Gobierno socialista, con la ley de 26 de julio de 1984, incorporó un nuevo elemento: las zonas de urgente reindustrialización, que tendrán que desaparecer en un plazo de tres años.

A todo ello habría que sumar los beneficios en el campo de la lucha contra el paro, que incluyen bonificaciones del 75% en la cuota de la Seguridad Social para contratos en prácticas y de hasta el ciento por ciento en los de formación; subvención de 500.000 pesetas y bonificación del 70%-90% para minusválidos- subvención de 400.000 pesetas y bonificaciones del 50% en la cuota para trabajadores mayores de 45 años; las subvenciones del Fondo de Solidaridad del AES para formación profesional y reinserción laboral; devolución de 500.000 pesetas en el impuesto de sociedades por puesto de trabajo generado prevista en el AES, y reducción del 50% en las cuotas de la Seguridad Social por cada empleo creado entre menores de 25 años.

La propia patronal CEOE ha insistido en que para evitar competencias desiguales parecía más lógico proceder a medidas estructurales, como la reducción de la cotización a la Seguridad Social. Las empresas españolas pagan cuotas más elevadas que las del resto de Europa. Los cálculos reflejan que la reducción de un solo punto en la aportación empresarial a la Seguridad Social supone un ahorro de 60.000 millones de pesetas, cantidad equivalente a la del Fondo de Solidaridad del AES.

Control informático

El catálogo de mecanismos no se acaba aquí, porque los Gobiernos regionales, apoyados en la ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) y en las competencias que sobre la política regional tienen reconocidas en sus estatutos de autonomía, han arbitrado diversos incentivos.

Todo ello, en un marco carente de la suficiente coordinación y control, ha dado origen a que empresarios avisados hayan conseguido financiaciones de hasta el 130% del valor total del proyecto, según reconocen fuentes del Ministerio de Economía. Para evitar que este tipo de situaciones pueda repetirse en vano, la Dirección General de Planificación va a instalar una base de datos donde se registren las ayudas concedidas a las empresas o a cada proyecto surgido al amparo de tan amplia gama de beneficios.

La política regional de la Comunidad Económica Europea coordina, selecciona y pone límites a la ayudas destinadas preferentemente a las regiones más atrasadas. Aunque las ayudas comunitarias se conceden en base a programas nacionales de desarrollo regional, la CEE impone también sus criterios, además de un seguimiento y control de las inversiones realizadas. Y, lo que es más importante, admite únicamente las subvenciones a fondo perdido y bonificaciones de tipos de interés, prohibiendo expresamente los incentivos fiscales.

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