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Interior podrá expulsar al agente que vaya a la huelga, según el borrador

El Ministerio del Interior ha introducido en un borrador del Reglamento Orgánico de la Policía la sanción de separación del servicio definitivo a los agentes que participen en huelgas, "en acciones sustitutivas de las mismas o en actuaciones concertadas con el fin de alterar el normal funcionamiento de los servicios". La Plataforma Unitaria de Policías (PUP), sindicato minoritario de carácter progresista, ha criticado la limitación en los derechos sindicales de los agentes que el borrador presenta.La participación de policías, en huelgas -prohibida por la ley orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad- y acciones sustitutivas está conceptuada en el borrador como falta muy grave, con sanción de tres años de suspensión de funciones como mínimo, y como máximo la expulsión del cuerpo. En el anterior Reglamento policial, de julio de 1984, se consideraba falta grave "la participación en actos ilegales concertados de paralización o alteración de los servicios". La falta grave estaba sancionada con suspensión de cinco días a tres años.

El borrador señala que "el régimen disciplinario [de la policía] se ajustará a los principios de subordinación, jerarquía y disciplina", entre otros. El texto indica, además, que "las manifestaciones de crítica a los superiores -aun cuando sean hechas en uso de la calidad de representante sindical y en defensa de los intereses del sindicato- deberán ser realizadas con la mesura necesaria para no incurrir en la vulneración al respeto debido a los superiores".

Para la PUP, el borrador del Reglamento supone la "militarización de la práctica funcional y disciplinaria del nuevo cuerpo de Policía Nacional". La organización sindical ha criticado, mediante un comunicado público fechado ayer, "el uso de términos castrenses tales como empleo, divisas, unidades, saludo en posición defirmes, etc.

Por otro lado, añade la PUP, se prohibe el derecho constitucional de petición colectiva y se anula prácticamente la libertad de expresión y de crítica de las organizaciones sindicales, vaciando de contenido operativo las posibilidades de la acción sindical".

En este sentido, el borrador sanciona como falta grave "las

manifestaciones públicas de crítica y disconformidad respecto a las decisiones de los superiores".

Las faltas graves estan sancionadas en el borrador del Reglamento con la suspensión de funciones por menos de tres años, el traslado, la inmovilización en el escalafón por un período no superior a cinco años y la pérdida de 5 a

20 días de remuneración.

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