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Ocho meses de cárcel al gerente del hospital de Alicante por la muerte de una enferma

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a la pena de ocho meses de prisión menor al doctor Alfonso Moreno de Arcos como autor de un delito de Imprudencia temeraria con resultado de muerte. Moreno de Arcos, director gerente en la actualidad del hospital Provincial de Alicante, practicó una arteriografía (radiografía de las arterias) a una enferma de 65 años, a consecuencia de lo que falleció tras estar nueve días en coma.

El tribunal ha dictado la suspensión en el ejercicio de su profesión al médico condenado, que tendrá que indemnizar a los familiares de la fallecida con cinco millones de pesetas. La sala ha desestimado la acusación, por parte de la familia, de delito por intrusismo profesional, para lo que se había solicitado una pena de seis meses y un día de prisión menor.Los hechos ocurrieron en febrero de 1982, al acudir a la consulta del doctor Moreno de Arcos, Dolores Cremades, de 65 años. El médico, que entonces no era director del hospital, tras reconocer a la paciente y detectar que era diabética, decidió aplicarle una arteriografía para precisar la anomalía cerebro-vascular que padecía.

Tras realizar la exploración y en estado de inconsciencia todavía, Moreno de Arcos, según expresa la sentencia. "indicó a los familiares que se la llevasen a su domicilio en La Romana (Alicante), insistiendo en que ya se despertaría por el camino, pese a la oposición familiar al observar el estado de la enferma".

En la sentencia se afirma que la enferma había entrado en coma, "producido por la completa obstrucción de la arteria cerebral interior izquierda, desencadenada con motivo de la arteriografía cerebral practicada, diagnóstico elemental para un especialista en aparato circulatorio".

Los familiares de la fallecida han ratificado en la vista que eldoctor Moreno de Arcos insistió en que la enferma abandonara el centro clínico, sin explorar las causas de su inconsciencia.

Para el tribunal estos hechos constituyen un delito de imprudencia temeraria, ya que "con su conducta ausente de la más elemental prudencia dió lugar a un resultado de muerte que, de mediar malicia, constituiría un delito de homicidio".Consecuencias

La sentencia señala la falta de previsión del médico en cuanto a las posibles consecuencias de la exploración practicada, pues actuó con descuido ante la gravísima lesión desencadenada a la paciente. El médico, indica el tribunal, "venía obligado a proceder a su inmediato internamiento en un hospital para tratar de evitar ,el fatal desenlace".

No obstante, en la sentencia se afirma que en la radiografías practicadas a la paciente se observaba una trombosis, "lo que reflejó en un informe manuscrito que entregó a la mañana siguente el médico, juntamente con las radiogralas obtenidas, a los familiares".

La familia de la enferma optó finalmente por trasladarla a su domicilio, donde empeoró sin llegar a recobrar la consciencia. Trasladada de nuevo a Alicante, fue internada en el sanatorio Perpetuo Socorro, donde falleció en estado de coma, el día de marzo de 1982.

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