Un tribunal de París deniega la extradición de 'Santi Potros'
El presunto dirigente de ETA Militar Santiago Arróspide Sarasola, Santi Potros, no puede ser extradido a España, según sentencia dictada ayer por un tribunal de París que ha tomado en consideración la jurisprudencia sentada por el Consejo de Estado francés en abril.El Consejo de Estado, máximo tribunal administrativo francés, se pronunció el primero de abril pasado contra la extradición de José María Bereciartúa, autorizada por un tribunal de Pau a pesar de contar con el estatuto de refugiado político. Aquella sentencia desmonta ahora la cadena de peticiones de extradición presentadas por la justicia española contra Santi Potros por varios asesinatos, secuestros, y especialmente por el atentado contra el supermercado barcelonés Hipercor, que produjo 21 muertes.
El tribunal parisiense remitió el primer paquete de peticiones de extradición al Ministerio de Asuntos Exteriores, que debe pronunciarse sobre la interpretación del artículo 33 de la Convención de Ginebra sobre refugiados políticos, en el que se asegura que quienes estén acogidos a esta figura no pueden ser extradidos a su país de origen. Todo indica que Exteriores se acogerá a la decisión del Consejo de Estado para no verse desautorizado posteriorraente por el alto tribunal administrativo. Santi Potros deberá esperar en prisión al fin de todos los procesos de extradición y responderá además ante la justicia francesa por tenencia ilícita de armas y banda armada en relación a su vinculación al grupo terrorista francés Iparretarrak.
La sentencia del Consejo de Estado no prejuzga la expulsión de Potros u de otras personas con estatuto de refugiado político a terceros países. No impide tampoco que el Gobierno francés pida la anulación de su docúmentación de refugiado ante la Oficina Francesa de Protección para los Refugiados y Apátridas (OPFRA) para facilitar un nuevo proceso de extradición.
La cámara de acusación del mismo tribunal vio ayer el proceso de extradición de Ignacio Pujana Alberdi, sin documentación de refugiado, y negó una parte de las causas de extradición, concretamente la acusación de participación en banda armada, que fue considerada como un delito político, no susceptible de extradición.
Tráfico de armas
La juez belga Michele Berlemont acusó ayer a un conductor de camión y al propietario de una empresa de transporte belga de haber llevado a Biarritz un cargamento de explosivos destinado a ETA militar, informa Efe. Las declaraciones se produjeron en el curso de un voluminoso sumario sobre el tráfico de armas en Bélgica, en el que estaban citadas otras 13 personas, 11 de las cuales no comparecieron. Las 13 personas están acusadas de falsificación de documentos, exportación ilegal de armas, asociación de malhechores y otras infracciones.
Henri Venegoni, conductor, e Ivon van Neroh, propietario, negaron saber que el camión transportaba explosivos y que estuviera destinado a ETA militar. Van Neroh alegó que había sido amenazado para que no hablase de ese transporte, y Venegoni que cuando iba a Marsella le ordenaron que se dirigiera a Biarritz para descargar. La juez afirmó que los dos acusados que comparecieron tratan de minimizar su papel en el tráfico de armas.
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