El Supremo declara padre a un individuo que incumplió su promesa de matrimonio
La Sala Primera del Tribunal Supremo no ha tenido demasiados problemas para confirmar la paternidad de Juan I. I. respecto a la niña Inmaculada G. de V., tras examinar las pruebas biogenéticas realizadas por el Instituto Nacional de Toxicología y cuyos resultados arrojaron una probabilidad de paternidad del 99,96%.
La demanda sobre reconocimiento de paternidad fue entablada por la madre de la niña, Emilia G. de V. ante un juzgado de primera instancia de Burgos. La de Emilia G. de V. fue una de tantas historias de relaciones sexuales sin ningún tipo de anticonceptivos. En su caso se prolongaron desde 1982 a 1984 y durante ese tiempo, Emilia advirtió a su compañero de la posibilidad de un embarazo, a lo que él siempre contestó con el compromiso de contraer matrimonio. Cuando en marzo de 1984 Emilia confirmó que estaba embazarada y se lo notificó a su compañero, "se rompieron los contactos y cualquier tipo de relación entre ellos".Planteada la demanda de paternidad, Juan I. I. accedió, "con loable anuencia", dice el Supremo, a que se le practicaran las pruebas biogenéticas correspondientes. Tal vez esperaba salir indemne de los reconocimientos, pero el informe médico fue contundente: la probabilidad de paternidad era del 99,96% y el índice de paternidad de 2.961 a 1, parámetros que daban una "paternidad prácticamente probada".
Además, los resultados obtenidos del estudio de los antígenos eritocitrarios, antígenos de linfocitos, proteínas plasmáticas e isoenzimas eritocitrarias "no permiten excluir la paternidad de Juan I. I. con respecto a la niña Inmaculada G. de V.".
El Supremo tampoco ha tenido demasiado en cuenta la indefensión esgrimida por J.I.I. al alegar que el informe médico fue realizado por el Instituto Nacional de Toxicología y no por el Instituto de Medicina Legal como en principio se había propuesto. Para la sala, tal indefensión "parecer ser más un fundamento obstruccionista o dilatorio de la paternidad correctamente declarada y confirmada en las sentencias de instancia".
En consecuencia, el Supremo ha confirmado la paternidad de Juan I.I., con los derechos y obligaciones que de ella derivan y la inscripción en el Registro Civil de la filiación declarada.
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