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La fiscal reduce drásticamente la petición de pena en el caso del mendigo muerto a patadas en Bilbao

Las defensas, de acuerdo en la nueva calificación de homicidio

La sorpresa saltó ayer en la Audiencia de Bilbao. La fiscal del caso del mendigo asesinado a patadas redujo la petición de pena de 88 a 36 años para los cuatro acusados alentender que la víctima podía haber huído o haberse defendido. A pesar de que Silverio Aragonés, la víctima, se encontraba dormido cuando fue agredido y tenía un índice de alcoholemia de 2,29, el ministeriopúblico apreció a los atacantes abuso de autoridad en vez de alevosía. Las defensas suscribieron la petición de la fiscal, quien sustituyó la calificación de asesinato por homicidio.

La fiscal pide, en total, seis años de prisión menor para cada uno de los dos menores y 12 años de reclusión menor, respectivamente, para los otros dos acusados. Los abogados solicitaron el cumplimiento de la pena en un centro de reeducación.La fiscal del caso mantuvo el duro relato de la agresión. que acabó con la vida de Silverio Aragonés, de 55 años, en la madrugada del 14 de diciembre de 1991. Los cuatro jóvenes acusados atacaron dos veces al mendigo tras beber durante varias horas en el casco viejo de la capital vizcaína cerveza mezclada con absenta, whisky y kalimotxo y consumir varios nolotiles y esnifar poper. En su informe recordó que tras el primer ataque -en el que "cada uno pegó donde pudo"-, los jóvenes volvieron a patear al indigente. Reiteró que los rockers actuaron conjuntamente, que propinaron "múltiples golpes " a la víctima y que de todo ello se deducía un "ánimo de matar" y no sólo de lesionar.

Pero aún así hizo rebaja. En su calificación provisional, el ministerio público había acusado a los cuatro jóvenes de " asesinar" al mendigo a golpes. Los rockers actuaron con nocturnidad y alevosía y por eso pedía para Luis Mariano Cabriada el loco, de 23 años, e Ignacio Javier Díez, de 21, sendas penas de 26 años, 8 meses y un día de reclusión mayor. Para Aingeru Zabala y Ricardo Zorrilla, ambos de 18 años, apreciaba una atenuante de minoría de edad y rebaja la pena a 17 años, 4 meses y un día de reclusión menor. En total 88 años de prisión. A pesar de reconocer la superioridad numérica, la nocturnidad y el estado ebrio del mendigo, concluyó que esto "no eliminaba la capacidad de defensa o huida [del vagabundo] aunque sí la debilita".

Las defensas de los cuatro acusados recogieron el testigo de la rebaja. Alguno incluso defendió que las penas ejemplares están alejadas de la justicia y lejos de ayudar a acabar con este tipo de delitos "a veces los agudizan". A preguntas del tribunal, los acusados prefirieron guardar silencio y la presidenta de la sección segunda de la Audiencia de Bilbao dejó el caso visto para sentencia.

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