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El Gobierno estudia un nuevo texto de la Función Pública que generaliza los nombramientos a dedo

Luis R. Aizpeolea

El Gobierno planea una generalización de sistema de libre designación de los funcionarios. El texto del anteproyecto de Estatuto de la Función Pública que el secretario de Estado de la Administración Pública, Francisco Villar, entregó la pasada semana a los diputados de la Comisión de Administraciones Públicas del Congreso se queda corto. El Ejecutivo maneja otro en el que la discrecionalidad en el nombramiento de los funcionarios aumenta respecto al que fue presentado la pasada semana en la comisión del Congreso, de tal manera que desaparece el concurso como forma normal de provisión de los puestos funcionario. Dicho de otra forma, se generaliza la designación a dedo.

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Francisco Villar, en su comparecencia el pasado miércoles ante la Comisión de Administraciones Públicas del Congreso, admitió que el Gobierno había preparado varios borradores del Estatuto de la Función Pública, pero ocultó que hay otro posterior al que manejaban los parlamentarios en el que se aumenta aún más la discrecionalidad en el nombramiento de los funcionarios. El nuevo texto tiene 76 folios, seis más que el anterior, y presenta algunos cambios esenciales.Un portavoz del Ministerio de Administraciones Públicas argumentó ayer que el Gobierno maneja numerosos textos y que aún no hay ninguno definitivo porque "se pretende negociar con las comunidades autónomas y con los sindicatos". Hoy se reúne una representación del Ministerio de Administraciones Públicas con los representantes de las comunidades.

Precisamente ha sido una autonomía del PP, Galicia, la que ha desempeñado un papel decisivo en el nuevo borrador de la Función Pública. Este, al que ha tenido acceso EL PAÍS, consagra tres procedimientos de provisión de puestos de trabajo en la Administración: concurso ordinario, concurso específico y libre designación.

Una desaparición clave

En este nuevo texto desaparece la consideración del concurso como sistema normal de provisión, pese a que sí consta en la Ley 30/84, sobre las Medidas para la reforma de la Función Pública, actualmente vigente, así como en el anterior borrador del Gobierno que los parlamentarios poseen desde la pasada semana. Este borrador, en su artículo 39, señalaba que "la provisión de puestos de trabajo en cada Administración pública se llevará a cabo por el procedimiento de concurso ordinario", y a continuación establecía alguna excepción.A su vez, la ley 30/84, aún vigente, que derogará el proyecto de Estatuto de la Función Pública del Gobierno del PP, consagrados modelos de provisión: el concurso y la libre designación. Del concurso dice que es el "sistema normal de provisión". Los criterios a valorar en el concurso son: grado personal, valoración del trabajo desarrollado, cursos de formación y perfeccionamiento, antigüedad y méritos adecuados a las características de trabajo. La duración del nombramiento de los funcionarios es indefinida y la remoción es excepcional, "previo expediente contradictorio mediante resolución motivada". Este proceso de designación afecta a unos 220.000 funcionarios de la Administración central.

La libre designación, según la legislación aún vigente, la ley 30/84, tiene un ámbito limitado a subdirectores generales, delegados y directores provinciales, secretarias de altos cargos y "aquellos otros de carácter directivo o de especial responsabilidad para los que así se determine en las relaciones de puestos de trabajo (RPT)". Afecta a unos 6.500 altos funcionarios.

El proyecto de Estatuto de la Función Pública, que maneja el Gobierno, introduce en su artículo 37, además del concurso y la libre designación, el concurso específico. Esta nueva figura supone que un 50% de la valoración depende de "la libre apreciación de la autoridad convocante", lo que viene a suponer una nueva forma de libre designación. Su ámbito de aplicación es el de los subdirectores generales, puestos directivos y "puestos de especial dificultad técnica". La indeterminación de este último concepto -"puestos de especial dificultad técnica "permite una amplia generalización de la libre designación, si bien un portavoz del Gobierno matiza que a partir de ahora los subdirectores generales serán elegidos parcialmente (50% de valoración) por concurso.

Precisamente, la libre apreciación de la autoridad convocante, en un 50% de la valoración para "puestos de especial dificultad técnica" es otra de las principales novedades que introduce el texto que ahora maneja el Gobierno respecto al que disponen los parlamentarios de la Comisión de Administraciones Públicas del Congreso. Los expertos consultados lo equiparan a una generalidad de la libre designación.

Otra de las novedades que el Gobierno establece, en el apartado 4 de su artículo 37, consiste en que los nombramientos de los funcionarios tendrán una duración mínima de tres años, "salvo que concurra alguno de los supuestos de remoción del puesto de trabajo". Esta novedad aparece en el texto entregado a los parlamentarios, pero no consta en la legislación vigente. Ésta, la ley 30/84 establece que los nombramientos tendrán carácter indefinido.

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