Desestimada una demanda judicial por cláusula de conciencia
Benito Raboso, juez de lo social número 22 de Madrid, ha desestimado la demanda contra el diario Ya que fue presentada por un periodista que dimitió de su puesto en dicha publicación e invocó la cláusula de conciencia, al entender que los actuales propietarios habían modificado la orientación ideológica del rotativo, desde el humanismo cristiano al "ultraderechismo" que el demandante atribuye a la línea actual.
Francisco Escobar, ex subdirector del Ya, ha visto denegada su demanda porque la presentó una vez que había extinguido su relación laboral con la empresa editora, cuando para poder ejercer acciones debía haber permanecido en su puesto. Sólo son excepciones para este requisito los casos de "grave atentado a la integridad física del trabajador o vejaciones de tal entidad contra su dignidad personal que hayan necesaria la inmediata cesación de la actividad laboral", según la sentencia.
El magistrado reconoce que la cláusula alegada puede dar lugar a una situación "incómoda y angustiosa". Pero subraya que "en nigún caso es comparable a los supuestos excepcionales de extrema gravedad que justificarían la ruptura previa del contrato de trabajo, con anterioridad a que el juzgador decida sobre la cuestión religiosa". Escobar ha sido el primer periodista que invoca la ley orgánica que regula el derecho de los profesionales de la información a la cláusula de conciencia desde que entró en vigor, en junio de 1997.Madrid EFE
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