El alcalde de Esplugues, inhabilitado por ocho años
La Audiencia de Barcelona ha condenado al alcalde de Esplugues de Llobregat, Antoni Pérez Garzón (PSC), a ocho años de inhabilitación como autor de un delito de prevaricación cometido en 1995 al firmar dos decretos que permitieron instalar un negocio muy rentable de venta de vehículos de ocasión a una sociedad de la que era administrador y accionista su hijo. La sentencia dictada por la sección tercera contiene duras alusiones a la conducta de Antoni Pérez, de quien se dice que "olvidó las obligaciones que asumió frente a sus electores y, aprovechando las funciones propias de su cargo, actuó en beneficio de intereses particulares". La pena impuesta por el tribunal es superior a la que solicitó el fiscal al final del juicio -seis años y un día de inhabilitación- y coincide con la que reclamaba la acusación particular, ejercida por el grupo municipal de Iniciativa-Els Verds (IC-EV), que fue el que denunció el caso. Durante la instrucción de la causa, el fiscal llegó a solicitar en dos ocasiones la absolución de todos los acusados. Además de Antoni Pérez, la sentencia condena también a sendas penas de tres meses de arresto y multa de un millón de pesetas al hijo del alcalde, Ignacio Pérez Sardá, y a los otros dos socios de la empresa, Sergio Escolá López y José Francisco Arboledas Carrizo, por un delito de tráfico de influencias. La empresa Arboledas Escolá, SL, fue constituida el 2 de mayo de 1995 y el 19 de junio de ese mismo año solicitó del Ayuntamiento de Esplugues, gobernado con mayoría absoluta por el PSC, la licencia para poder instalar el negocio de venta de vehículos.
Terrenos de equipamientos
Los solares estaban y aún están calificados de terrenos de equipamientos deportivos y parque metropolitano y su titularidad era compartida entre los citados ayuntamientos, el Instituto Catalán del Suelo y unos particulares. El 1 de agosto de 1995 el alcalde dictó un decreto por el que concedía a la empresa la licencia solicitada y hacía constar que existía un informe favorable de la Comisión de Urbanismo de Barcelona, dependiente de la Generalitat, "lo cual no era cierto afirma la sentencia. El 15 de septiembre, la Dirección General de Urbanismo solicitó al Ayuntamiento que suspendiera la licencia, pero el alcalde dictó otro decreto el 18 de septiembre igual al anterior del que sólo se eliminó la existencia del citado informe favorable. Cinco días después el negocio se abrió y sigue funcionando en la actualidad "con gran éxito", como lo demuestra el hecho de que se han vendido más de 5.000 vehículos en poco más de dos años. El tribunal considera que "el beneficio económico ha tenido que ser millonario" y, en este sentido, recuerda que, en contra de lo manifestado por el alcalde en el juicio, no consta que la empresa Arboledas Escolá pague el canon de cuatro millones de pesetas por el uso y disfrute de los terrenos.
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