Un juez condena a la sala Rekalde por dañar cuatro pinturas de Sistiaga
La sala de exposiciones Rekalde, de Bilbao, ha sido condenada a indemnizar al pintor José Antonio Sistiaga por el deterioro material de cuatro de sus obras y el "daño moral" que este perjuicio ha causado a su autor. La sentencia dictada por un juez de Primera Instancia de Bilbao establece que la sala, organizadora de una exposición antológica de Sistiaga en 1996, y el transportista responsable de acarrear las pinturas deben pagar conjuntamente al artista una indemnización de 6.375.000 pesetas.
José Antonio Sistiaga demando a la sala Rekalde y a los transportistas por el deterioro que sufrieron las pinturas Surge decreciente, Llamarada, Arpa y Maelstron, incluidas en la exposición retrospectiva que organizó la galería bilbaína, por el "negligente acondicionamiento" de las operaciones de transporte, que se realizaron "sin amarres ni defensas que protegiesen su integridad". Las obras fueron embaladas únicamente con un envoltorio de plástico especial para la protección de objetos frágiles. Además de los perjuicios materiales causados en el transporte inadecuado de las pinturas, cuya indemnización ha sido calculada en 4.375.000 pesetas, la sentencia reconoce a Sistiaga el derecho a ser recompensado por el daño moral padecido. La cifra de la indemnización ha sido aumentado en dos millones de pesetas por este concepto. Según la sentencia, dictada por el juez Antonio García Martínez, titular del Juzgado de Primera Instancia número 11 de Bilbao, el deterioro físico de las cuatro pinturas "indudablemente afectan al artista en razón al sufrimiento y lesión a su sensibilidad, al ver dañadas obras emanadas de su ingenio y actividad artística creadora". Pese a reconocer este "daño moral", el juez ha rebajado sustancialmente la reclamación de 12 millones que Sistiaga interpuso apelando al mismo. El fallo recalca que el contrato firmado por la sala organizadora de la muestra incluía la responsabilidad de devolver la obra en iguales condiciones en que fue recibida "sin otros menoscabos ni deterioros". El incumplimiento de esta premisa se produjo, añade el juez, por culpa de la sala de exposiciones, a causa "del embalaje insuficiente y estiba inadecuada de las obras transportadas". La contratación de una empresa especializada por parte de Rekalde para el embalaje y transporte de las obras no ha sido considerada eximente de la responsabilidad de la sala, ya que el contrato para la organización de la muestra fue suscrito directamente entre aquella y el pintor. El juez ha tenido en cuenta para establecer la indemnización que las obras son susceptibles de restauración, para recuperar "su unidad estética", aunque merma su valor entre un 20 y un 25%. El cálculo de la compensación económica se ha realizado sobre un precio de mercado de un millón de pesetas por cuadro, al que se sumó el coste de la restauración y el descenso por ser obras restauradas.
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